Ayer a las 10:00 horas asistimos a una reunión a la que estábamos citados las representaciones sindicales con el Jefe de Servicio de Personal en su despacho (Moisés Alcalá Gago) a los efectos de presentarnos el aplicativo que se va a usar para participar en el proceso de ACOPLAMIENTO. Reunión que se prolongó mas allá de las 14:00 horas
Os informamos previamente de otras cuestiones de interés del Colectivo.
DISFRUTE DE ASUNTOS Y VACACIONES.
Nos trasladan que se acuerda la prorroga, solo en el partido judicial de ZARAGOZA de los días de asuntos y vacaciones para su posible disfrute hasta el próximo 31-3-2026.
De momento, no acceden a la misma prórroga para los partidos judiciales de HUESCA y TERUEL (se amparan en que la previsión de que el proceso de Acoplamiento sobre el papel esté terminado y publicado antes de Navidad, aproximadamente sobre el día 15 de diciembre)
CC.OO. ha reiterado, y argumentado de forma firme que la citada prorroga ha de hacerse extensiva también a los partidos judiciales de Huesca y Teruel. ( CC.OO. ya ha establecido contacto tras la reunión con quien decide. Es previsible que cambie de opinión, lo veremos en la Instrucción o Nota Informativa al respecto en los próximos días, o previamente a la misma si cambian de criterio)
Ojo, lo tienen que publicar, mientras tanto no rige.
TELETRABAJO.
El teletrabajo será renovado el próximo 1-1-2026 en sus propios términos. Pero como preveíamos nos informan:
Que como consecuencia del proceso de Acoplamiento, se SUSPENDERÁ esta modalidad laboral en:
Huesca y Teruel desde el 12-enero al 2-febrero 2026
En Zaragoza desde el 26-enero al 16-febrero 2026
CC.OO. ha trasladado que salvo que la aplicación no permita por cuestiones técnicas acceder a poder realizar esa modalidad, y dado que no nos informan del porque, y por tanto no dan una razón objetiva, NOS OPONEMOS a dicha Suspensión por no estar debidamente justificada. Bueno ya veremos al final como queda.
Ojo también tienen que publicarlo, mientras tanto no rige.
PLAZAS QUE OFRECERÁN A LOS aprobados del Cuerpo de Tramitación Procesal en la O.E.P. de Estabilización “solo de méritos”
La previsión es que se publique el ofrecimiento de plazas en el BOE del próximo 21 de noviembre. Solo podemos trasladaros que conforme al criterio de CC.OO. mantenido desde el siglo pasado, la Administración ha cambiado de parecer, y no solo ofrecerá las plazas justas de aprobados que haya, sino que en esta OEP y en las sucesivas ofrecerá, s.e.u.o. por su parte, todas las DESIERTAS que existan.
FORMACIÓN EN AVANTIUS:
Como consecuencia del cambio del modelo organizativo, se publicaran Acciones Formativas de obligada asistencia, cuya programación y fechas son las siguientes:
Para las Oficinas Judiciales de los partidos judiciales de Zaragoza, Huesca y Teruel 25 de noviembre y 10 de diciembre
Para las Agrupaciones de Paz, e inminentes OJMunicipales de los mismos partidos judiciales 2 y 12 de diciembre
PREVISIÓN PLAZO PUBLICACIÓN RESOLUCIÓN/ACOPLAMIENTO
Su previsión (una vez valoren, decidan y aclaren cuestiones solicitadas, para su posible modificación en el aplicativo) es el siguiente
PUBLICACIÓN este viernes o sábado próximo
PLAZO 10 DÍAS HÁBILES (modificaciones hasta el último día)
En consecuencia la previsión es que el plazo comience el día 17-noviembre y finalice el 28 de noviembre.
Se publicará en la Intranet y en la Web de la D.G.A.
CC.OO. ha trasladado que no lo vemos, que ha sido un tremendo error dilatar la apertura del plazo para interesar plazas singularizadas, pues esto, que es lo que más puede costar, ya podría estar terminado. Que va a tener que correr mucho la Comisión de Valoración para proponer candidatos a ocupar las plazas Singularizadas. Comisión de Valoración en la que CC.OO. ya anunció oficialmente en Mesa Sectorial del pasado 11-9-2025 que no iba a designar a nadie ni tampoco a participar en la designación que pudieren efectuar el resto de representaciones Sindicales.
Al parecer estará la Administración, con 4 integrantes, y un compañero designado por STAJ, nombres y apellidos que tendrán que publicarse.
EN CUANTO APLICATIVO EN CUESTIÓN.
TTO
Para aquellos que hayáis presentado alguna vez un escrito de forma electrónica a la DGA, ya lo conoceréis, pues utilizaremos un aplicativo similar al de:
Presentar Escrito Electrónico DGA
Por lo que cuando se active el PLAZO para participar, ya se podrá usar y el enlace es el siguiente:
Desde allí, o desde el enlace que finalmente implementen, deberemos identificarnos con un Certificado Electrónico o con Cl@ve, e iremos avanzando en el aplicativo rellenando los campos que nos afecten.
Costará un rato, especialmente a los compañeros que también quieran optar a una plaza SINGULARIZADA.
CC.OO. traslado que en ningún caso, con la presentación del aplicativo, se hará co-participe con la Admón. de los posibles fallos que pueda tener el aplicativo cuando este se ejecute.
A Juicio de CC.OO. no era precisa la presentación del aplicativo, pero si contarnos las consecuencias de la configuración del mismo, que es precisamente lo que no han terminado de aclarar. Pues la interpretación de la Administración respecto a la aplicación de la norma que ejecutara el aplicativo en cuestión ha variado: de lo que dijeron, a lo que dicen.
Cuando se abra el plazo los cuerpos generales de los 3 partidos judiciales afectados DEBEREMOS PARTICIPAR TODOS (titulares, interinos y adscritos de forma temporal), sino lo hacemos, la resolución de Acoplamiento, advierte de las consecuencias. Resolverán primero Teruel y Huesca, posteriormente Zaragoza.
* Cierto Compañeros tenemos publicada la Disposición Transitoria Primera de nuestro Reglamento de Ingreso que establece las pautas que deben de regir el Acoplamiento.
R.D. 1451/2005. Disposición Transitoria Primera
* Cierto también Compañeros, tenemos publicada Resolución de la DGA, que dimana de la anterior, respecto de las pautas de Acoplamiento que rigen para la implementación de los Tribunales de Instancia en los partidos judiciales de Zaragoza, Huesca y Teruel.
Resolución DGA "Pautas Acoplamiento"
Y a esto, escrupulosamente, de momento debemos atenernos, a la norma publicada, pues, como se ha demostrado “del dicho al hecho hay un trecho”
Pero como primero dijeron una cosa, y luego dicen otra, pues se les ha interesado Nota Informativa aclaratoria para que el Colectivo, antes de participar sepa con claridad que ocurre en determinados casos.
* Para CC.OO. hay 2 cuestiones importantes que ante los cambios de interpretación de la Admón. o errores en la transmisión anterior debería de comunicar por Nota Informativa (otras representaciones sindicales dicen que son 4 ó 5):
Primera Cuestión.- ¿Que ocurre con las respectivas Guardias?
Esta claro que si pedimos la confirmación al S.C.T. de Huesca o de Teruel, o en su caso al Area de Penal del SCT del T.I. de Zaragoza, bien seremos confirmados en dicho Servicio y tendremos el acrónimo de GU, o bien, si no somos confirmados, seremos redistribuidos y desde ese Centro de Destino asignado tendremos el Derecho a continuar realizando Guardias, de momento con la misma frecuencia (salvo renuncia, jubilación, concurso)
Pero qué ocurre si NO pedimos la Confirmación al S.C.T. del Tribunal de Instancia de Huesca o de Teruel, o en su caso, del Área Penal del SCT del T.I. de Zaragoza. ¿mantendremos el derecho a la Guardia? como se traslado en su día.
O que ocurre, si marcamos la opción al S.C. de Ejecución de Huesca o Teruel o al Área Penal del S.C. de Ejecucion de Zaragoza del respectivo Tribunal de Instancia. ¿mantendremos el derecho a la Guardia? como se traslado en su día.
Esto lo tiene que aclarar la Administración, ¿y sino lo hace?: pues si queremos asegurarnos la respectiva Guardia, bien para tener el acrónimo GU en nuestra RPT, bien para tener el derecho a realizarla si no somos confirmados, deberemos SI o SI interesar ser confirmados en el respectivo SCT que nos absorbe, o en el caso de Zaragoza, en el Área Penal del SCT.
CCOO lo tiene claro y así se lo expuesto debidamente argumentado de forma electrónica al Director General, quien lo valorara. Recordemos, esto no es un proceso voluntario, sino totalmente OBLIGATORIO, las pautas de acoplamiento son criterios y/o preferencias para determinar por el orden publicado como nos van asignando a los nuevos Centros de Destino. Es decir, el "derecho" a la realización de la Guardia debe de permanecer en todos los casos, independientemente de donde nos asigne el proceso de acoplamiento (sin tener en cuanto si hemos participado en el proceso marcando la opción de querer ser confirmado, o no, o pedimos otro centro de destino, con la excepción de haber obtenido una plaza singularizada) Reiteramos, la participación en el proceso, NO ES VOLUNTARIA, sino OBLIGATORIA.
Segunda Cuestión.- También en relación al tema de las Guardias, pero esta vez al contrario. ¿Que ocurre?, que parece que dudan, si por ejemplo en Huesca o en Teruel (donde la cuantía de las Guardias y su tipología es diferente) ningún titular interesa ser confirmado en los respectivos SCT del Tribunal de Instancia respectivo, sencillamente porque no quieran realizar guardias.
Es evidente, que si no hay voluntarios titulares que interesen ser confirmados, la Administración debe de asegurarse la dotación y la confirmación se hará de oficio, pero claro, ¿a quienes confirmarán de forma forzosa?
Para CC.OO. está claro, si no hay voluntarios titulares, el siguiente paso es confirmar a los funcionarios interinos que lo hayan interesado voluntariamente, y si tampoco hay suficientes, deberá de confirmar la Administración de forma forzosa en primer lugar a los interinos atendiendo al menor tiempo transcurrido desde la fecha de su nombramiento en su actual puesto de trabajo.
Pero da la impresión que esta opción a la Administración no le gusta… (Quizás si la penosidad fuere menor y mayor la compensación económica por estas guardias el problema no existiría)
Está claro, que si queremos asegurarnos seguir realizando la Guardia (en este caso en Huesca y Teruel) tenemos que interesar la confirmación, y si por el contrario, no queremos realizarla, la única opción es no solicitar ser confirmados, a la espera de que decide finalmente la Administración respecto a quien confirmará de forma forzosa en los respectivos SCT de estos inminentes Tribunales de Instancia.
Bueno, el LIO comienza. El Proceso de Acoplamiento del nuevo Modelo Organizativo parece que ya va a iniciarse.
Modelo organizativo con el que CC.OO. no está de acuerdo, y que llevamos enfrentados al Ministerio ya desde finales del año 2022, y así seguiremos: pues empeora nuestras Condiciones Laborales sin ningún tipo de contraprestación. CC.OO. no ha firmado ningún Acuerdo con el Ministerio de Justicia, oponiéndose a la reforma pues ademas del perjuicio al colectivo, no va a mejorar los tiempos de respuesta a la Ciudadanía, sin embargo, si que lo han firmado el resto de Sindicatos dando vía libre a la aprobación de la Ley y a sus consecuencias, será a ellos, si lo consideráis oportuno, a quienes tendréis que preguntar PORQUE y especialmente a CAMBIO DE QUE.
Deberemos recordar, si queremos, el porqué de este modelo y quienes no han estado a la altura durante el proceso negociador del mismo.
Deberemos también, cuanto antes mejor, acostumbrarnos al nuevo modelo organizativo implementado por la Empresa y que ya es Ley.
Deberemos, que es nuestra obligación, cumplir con profesionalidad las funciones que nos asignen siempre dentro de la legalidad.
Y Deberemos como ya hemos expresado en otras ocasiones, RELATIVIZAR, respirar, esto es sólo la actividad laboral, y ser felices todo lo que podamos durante la misma, pero especialmente fuera de ella.
ESPERAREMOS ESA POSIBLE NOTA INFORMATIVA ACLARATORIA DE LA ADMINISTRACIÓN, y sino llega, esto es lo que hay.
Seguiremos Informando,
Un saludo,
ccoojusticia@aragon.es
Imprimir artículo