La DGA está discriminando al personal de la Administración de Justicia. Así de claro resulta de la exigencia de recuperar las horas no trabajadas el martes pasado a las personas que debido a las inclemencias del tiempo no pudieron llegar a sus puestos de trabajo o llegaron tarde, mientras que en otros sectores de la DGA no se exige recuperar tiempo alguno.
El ejemplo más claro está en Sanidad: el Director de Recursos Humanos de Salud de Aragón, en una nota interior (ver enlace) , entiende concurrente la causa de justificación establecida en el artículo 19.4 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y por tanto, constatado que el/la empleado/a no pudo acudir al centro de trabajo debido a las inclemencias del tiempo, establece que "no procede, por este motivo, exigir la recuperación del día no trabajado, ni compensar con un día de libre disposición o aplicar descuento salarial alguno". El viernes pasado, en Justicia, se nos seguía diciendo que si teníamos que haber previsto el mal tiempo, que si la gente tenía que haber cogido trenes, etc.
Salvo que la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón no sea aplicable al personal de Justicia de Aragón, si en Sanidad no es preciso recuperar el día no trabajado, compensar con día de libre disposición o vacaciones, o aplicar descuento salarial alguno, en Justicia debería ser igual. Si no fuera así, la DGA estaría tratando de forma desigual dos situaciones idénticas, y eso es contrario a la Ley. Esperaremos una respuesta de la DGA a lo largo del día.
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