Mostrando entradas con la etiqueta Horario. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Horario. Mostrar todas las entradas

Reduccion horaria por festivos locales del año 2022 para el personal de Justicia de Aragón


21 jun 2022


Aparece publicada en la Intranet de Justicia en Aragón una Nota informativa de la Dirección General de Justicia de Aragón, en relación con el horario del personal de Aragón durante la celebración de las fiestas tradicionales del año 2022. VER NOTA

Conforme establece dicha Nota, en las fechas correspondientes a cada una de dichas localidades, la jornada a realizar por el citado personal será la comprendida entre las 9 y las 14 horas. En previsión de que, por cualquier motivo, la jornada de trabajo se iniciara antes de las 9 ó se prolongara más allá de las 14 horas, debe tenerse en cuenta que, a efectos del sistema de control horario, se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 8,30 y las 15,15 horas. En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y las 14, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15.


Las fechas y localidades a las que aplicará la reducción horaria serán las siguientes:
Alcañiz: 8, 12 y 13 de Septiembre. 
Barbastro: 5, 6 y 7 de Septiembre. 
Boltaña: 25 de Agosto. 
Calatayud: 5, 6, 7 y 9 de Septiembre. 
Calamocha: 8, 9, 10, 11 y 12 de Agosto. 
Caspe: 12 de Agosto. 
Daroca: 17 de Junio. 
Ejea de los Caballeros: 29, 30, 31 de Agosto, 1 y 2 de Septiembre. 
Fraga: 10 y 11 de Octubre. 
Huesca: 9, 11 y 12 de Agosto. Jaca: 23, 24, 27, 28 y 29 de Junio. 
La Almunia de Doña Godina: 23, 27, 28 y 29 de Septiembre. 
Monzón: 20, 22 y 23 de Septiembre. 
Tarazona: 29, 30, 31 de Agosto y 1 de Septiembre. 
Teruel: 4, 5, 6, 7 y 8 de Julio. 
Zaragoza: 10, 11, 13 y 14 de Octubre.
Leer más...

Horario reducido de Semana Santa para el personal de Justicia de Aragón


23 mar 2021


El punto 3.5 de la Resolución de de 20 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Administración  
de Justicia, por la que se regula el calendario laboral y la distribución de la jornada y horarios del personal funcionario de Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón, establece que "con motivo de la Semana Santa, la jornada de trabajo de obligada presencia del funcionario tendrá una duración de cinco horas diarias de nueve a catorce horas, entre el lunes anterior y posterior al Jueves Santo".

En desarrollo de dicha Resolución, la Dirección General de Justicia de Aragón ha publicado una nota informativa por la que se concreta dicho horario. VER NOTA INFORMATIVA SEMANA SANTA 2021

Conforme dicha Nota la jornada obligatoria a realizar por dicho personal durante los días 29, 30 y 31 de marzo y 5 de abril de 2021, será la comprendida entre las 9 y 14 horas.

En previsión de que, por cualquier motivo, la jornada de trabajo se iniciara antes de las 9 ó se prolongara más allá de las 14 horas, debe tenerse en cuenta que, a efectos del sistema de control horario, se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 8,30 y las 15,15 horas.

En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y 14, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15 horas.
Leer más...

Aprobada la Ley para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia


16 sept 2020



APROBADO HOY EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS EL PROYECTO DE LEY DE MEDIDAS PROCESALES Y ORGANIZATIVAS PARA HACER FRENTE AL COVID-19 EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (PROCEDENTE DEL REAL DECRETO-LEY 16/2020, DE 28 DE ABRIL)

Este Real Decreto-Ley, que contenía medidas tales como la jornada de tarde, la movilidad forzosa dentro del municipio o la habilitación del mes de Agosto, ha sido modificado en su tramitación urgente como Proyecto de Ley mediante enmiendas en el Congreso y en el Senado, desoyendo el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios las principales propuestas que CCOO les habíamos solicitado

El texto de la Ley finalmente aprobada, y que entrará en vigor tras su publicación en el BOE, en lo que afecta a las condiciones de trabajo del personal de Justicia incluye las siguientes disposiciones:

Artículo 21, que prorroga hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad actual de que “los secretarios coordinadores provinciales podrán asignar a los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras UPAD, Juzgado o Tribunal”. Si no hay personal voluntario esta movilidad podrá ser forzosa y siempre dentro del mismo orden jurisdiccional y localidad

Artículo 22, que prorroga también hasta el 20 de junio de 2021 la posibilidad de establecer jornadas de mañana y tarde en las mismas condiciones en que se hace en la actualidad

Estas medidas, que permanecen con la misma redacción que en el RD Ley 16/2020 fueron duramente contestadas por CCOO (Ver las siguientes notas informativas)

24 de abril - CCOO no aceptara imposiciones del ministro de Justicia que no garanticen por encima de todo la salud del personal de Justicia

26 de abril - CCOO vuelve a exigir al ministerio de justicia la negociación colectiva para que la jornada de tarde y la movilidad sean siempre voluntarias y se garanticen los medios de protección

29 de abril - El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia

CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración

Señalamos también algunos artículos de este texto aprobado que afectan a nuestro trabajo diario en los juzgados, tribunales y fiscalías:

- El Artículo 14 sobre la celebración de actos procesales mediante presencia telemática

- El Artículo 16 sobre las exploraciones médico-forenses y de los equipos psicosociales

- El Artículo 18 sobre la atención al público

- La disposición adicional primera sobre ampliación de plazos en el ámbito del Registro Civil

- La disposición adicional cuarta sobe los actos de comunicación del Ministerio Fiscal

- La disposición adicional quinta sobre creación de 100 nuevas unidades judiciales en el plazo de 3 años

- La disposición final cuarta que modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia

El texto aprobado hoy en el Congreso puede verse en el siguiente enlace. A partir de la página 3 figura el texto aprobado inicialmente en el Congreso con las enmiendas del Senado que han sido aprobadas hoy

Leer más...

Resolución del Ministro de Justicia sobre el horario del Registro Civil


29 may 2020



Publicamos la Resolución de 29 de mayo de 2020, del Ministro de Justicia, por la que se deja sin efecto la Resolución de 23 de marzo de 2020, restableciendo el horario de trabajo ordinario en el Registro Civil, que nos ha sido remitida hoy por el Ministerio de Justicia.

Leer más...

BOE de 23 de mayo de 2020: publicada la Orden de incorporación a la Fase 2 de toda la Administración de Justicia. Se reanudan los plazos procesales y administrativos


23 may 2020



BOE de 23 de mayo de 2020: se publica la Orden de incorporación a la Fase 2 de toda la Administración de Justicia

Se reanudan, además, los plazos procesales y administrativos desde el 4 de junio y el 1 de junio respectivamente 

CORTES GENERALES

Estado de alarma. Prórroga

Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo

PDF (BOE-A-2020-5240 - 3 págs. - 225 KB)   Otros formatos

Entre las medidas que incluye esta Resolución:

Noveno.

Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional segunda del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos procesales. Se alzará la suspensión en esa misma fecha.

Décimo.

Con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas



MINISTERIO DE JUSTICIA


Estado de alarma. Administración de Justicia


Orden JUS/430/2020, de 22 de mayo, por la que se activa la Fase 2 del Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19

PDF (BOE-A-2020-5241 - 3 págs. - 226 KB)   Otros formatos


En esta orden se incluye, entre otras cuestiones, de las que hemos venido informando desde la noche del jueves pasado, 21 de mayo:

Primero

Se activa la Fase 2 del Plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 establecido en el anexo II de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19.

Dicha activación tendrá efectos desde el 26 de mayo de 2020.


Los criterios para la implantación de esta Fase 2 se establecen en el anexo de la presente orden ministerial

Uno. El apartado 1 del punto 8 del anexo I de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, queda redactado como sigue:

«1. El uso de mascarilla será obligatorio en los casos que la autoridad sanitaria determine.»


ANEXO


Criterios de aplicación de la Fase 2

1. Presencia en turnos. El porcentaje de personal que atenderá los turnos en esta fase (60-70%) se calculará sobre la plantilla efectiva de cada órgano o servicio, incluyendo a los funcionarios de gestión procesal y administrativa, los funcionarios de tramitación procesal y administrativa y los de auxilio judicial.

2. Establecimiento de turno de tardes

Se establecerán turnos de tarde cuando el número de funcionarios que acuda a cubrir el turno de trabajo impida garantizar el mantenimiento de las medidas de seguridad.

Los turnos de tarde se establecerán en las condiciones previstas en el anexo III de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo.

En los centros de destino en los que no se establezca turno de tarde y estén garantizadas las medidas de seguridad, la jornada horaria será la misma que se viniera realizando con anterioridad a la declaración del estado de alarma.


4. Exclusión formal de participación presencial en turnos.
No podrá ser llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por patologías susceptibles de agravarse por efecto del COVID-19, en tanto no se verifique por el servicio de prevención en qué condiciones puede prestar servicio en situación de seguridad

Tampoco será llamado a formar parte de los turnos presenciales el personal que tenga reconocidos permisos por razón de deber inexcusable, sin perjuicio de su preferencia para formar parte de los turnos de tarde, si ese horario se ajusta a sus necesidades

El permiso por deber inexcusable durante esta fase afectará a los empleados con hijos/hijas menores de 14 años, o con personas mayores de esta edad dependientes a su cargo que necesitasen atención para realizar actividades básicas de la vida diaria, y que no pudieran flexibilizar su horario de trabajo con las alternativas existentes en su ámbito territorial, o que no pudieran desarrollar su actividad ordinaria en la modalidad de teletrabajo.

Corresponderá a cada administración competente determinar la forma de acreditación y justificación de las circunstancias sujetas a estos criterios de exclusión formal.


5. Realización de funciones mediante teletrabajo. Los funcionarios voluntariamente acogidos a la modalidad de teletrabajo participarán en los turnos presenciales cuando sea imprescindible para completar los porcentajes de prestación de servicios en régimen presencial


CCOO ya avanzó nuestra tremenda preocupación ante las consecuencias de la aplicación desde el 26 de mayo de esta nueva orden en toda la Administración de Justicia, sin haber realizado con carácter previo las correspondientes e imprescindibles evaluaciones de riesgo, pues no existen garantías en muchos centros de trabajo de que las medidas preventivas se vayan a cumplir con la consiguiente consecuencia de una eventual rebrote de los contagios en la Administración de Justicia:

EL MINISTERIO DE JUSTICIA INSISTE EN INICIAR EL PRÓXIMO DÍA 26 LA FASE 2 DE LA DESESCALADA, CON INCORPORACIÓN PRESENCIAL DE ENTRE EL 60 Y EL 70% DE LA PLANTILLA, EN TODOS LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

CCOO ha vuelto a señalar como una irresponsabilidad que esta desescalada no se haga de forma asimétrica por provincias o comarcas igual que para el conjunto de la ciudadanía

Hemos reclamado que, aunque de forma oficial la fase 2 se inicie finalmente el día 26, la incorporación del 60 al 70% de la plantilla no se haga efectiva en cada centro de trabajo hasta que se evalúe por personal técnico el aforo máximo de esa oficina, manteniéndose mientras tanto la plantilla presencial actual de entre el 30 y el 40%

CCOO HA ADVERTIDO QUE SI SE ORDENA LA INCORPORACIÓN DE UN 60-70% DE PLANTILLA EN CENTROS DE TRABAJO SIN HABERSE REALIZADO LA EVALUACIÓN DE RIESGOS Y SIN HABERSE COMPROBADO QUE LOS DATOS DE CONTAGIO SON FAVORABLES, DENUNCIAREMOS NUEVAMENTE AL MINISTERIO DE JUSTICIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y EXIGIREMOS LAS RESPONSABILIDADES QUE CORRESPONDAN A QUIEN DE FORMA TEMERARIA SIGA PONIENDO EN RIESGO LA SALUD DEL PERSONAL INCUMPLIENDO DELIBERADAMENTE LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Enlace a la información de CCOO sobre la negociación de esta Orden, publicada la noche del 21 de mayo
Leer más...

CCOO consigue que la jornada de tarde no se implante hasta que se evalúe la capacidad de todas las oficinas para garantizar la distancia de seguridad


6 may 2020



  • Continúan las negociaciones con el Ministerio de Justicia sobre jornada en turnos de mañana y tarde y primera fase de la desescalada.


CCOO ADVIERTE AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE NO FIRMARÁ NINGÚN ACUERDO QUE SUPONGA RECORTES EN LOS DERECHOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA, PARTICIPACIÓN Y NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL, TAMPOCO SI NO SE ASEGURAN TODAS LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA GARANTIZAR LA SALUD DE TODO EL PERSONAL

CCOO ha conseguido que la jornada de tarde no se implante hasta que se evalúe la capacidad de todas las oficinas judiciales para garantizar la distancia de seguridad de 2 metros, por lo que se demorará varias semanas

Hoy ha tenido lugar una nueva reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con las organizaciones sindicales. Se han producido nuevos avances y estamos a la espera de que el Ministerio nos remita sendos documentos escritos sobre jornada de mañana y tarde y primera fase de la desescalada, cuya negociación finalizará mañana, jueves, en una nueva reunión. Sobre la guía de medidas preventivas, hoy ha sido la primera reunión e informaremos en hoja adicional.

Tras la reunión de hoy la situación actual de las negociaciones es la siguiente:

TURNOS DE MAÑANA Y TARDE

CCOO ha exigido insistentemente, la jornada de tarde solo se implante cuando se elabore un informe que contenga, para cada oficina, el máximo número de personal posible que garantice la distancia de 2 metros entre los/as trabajadores/as y con el público, lo que se alargará más allá de la entrada en vigor de la fase 1 de la desescalada prevista para el próximo martes.

El turno de mañana será el turno general, con un porcentaje del 70 al 80% de los efectivos presenciales que correspondan a cada una de las fases, mientras que el turno de tarde será entre el 20 y el 30% de esos efectivos.

La jornada de tarde se ofrecerá con carácter voluntario. Si hay más personas voluntarias que plazas disponibles el orden de preferencia será para quien tenga responsabilidades para el cuidado de menores o mayores y seguidamente la antigüedad en el destino. Si no hay personas voluntarias suficientes, el ministerio insiste en turnos rotatorios obligatorios.
  • CCOO ha recordado al Ministerio que en el acuerdo firmado por los sindicatos hace dos días con el Gobierno en el ámbito de la Administración General del Estado la jornada de tarde exige el consentimiento expreso de la persona afectada, y hemos vuelto a exigir que esa misma voluntariedad se aplique en la Administración de Justicia.
  • Los permisos para cuidado de menores y mayores deberán justificarse de forma fehaciente para impedir fraudes.
  • Se podrá renunciar al turno de tarde avisando con una semana de antelación.
El horario será de 6,30 horas en la jornada de mañana y 4,30 horas en la jornada de tarde, con flexibilidad en las horas de entrada y salida y con una hora de diferencia entre turno y turno para limpieza, desinfección y ventilación.
  • CCOO ha vuelto a exigir que la limpieza exhaustiva entre turno y turno sea de obligado cumplimiento y que no se inicie la actividad del turno siguiente si no se ha podido limpiar, desinfectar y ventilar las instalaciones tras la salida del turno anterior.

En la jornada de tarde no habrá atención al público ni profesionales, no quedando claro si habrá o no señalamientos de juicios y comparecencias.
  • CCOO ha exigido que el personal de Auxilio Judicial tenga previamente determinada su jornada de tarde o de mañana, y que los señalamientos, si los hay, se adapten a la jornada del personal de Auxilio, de forma que solo puedan hacerse señalamientos por la tarde o por la mañana si previamente existe personal de este cuerpo desempeñando estas jornadas.

FASES DE LA DESESCALADA

El Ministerio propone:

  • Que en la fase 1 se incorpore presencialmente entre el 30 y el 40% de la plantilla, en la fase 2 entre el 60 y 70% y en la fase 3 el 100%. La fase 1 comenzaría el próximo martes, día 12 de mayo, y la duración de cada fase dependerá de la evolución de la pandemia.
  • El personal con permiso para cuidado de menores y mayores y los grupos más vulnerables quedará exento de esta presencialidad hasta que lo determine la autoridad sanitaria. El personal con teletrabajo también tendrá que asistir a los turnos presenciales en la primera y segunda fase. En la tercera fase, con el 100% de la plantilla, está aún por determinar esta circunstancia.
  • En el Registro Civil se incorporará desde la fase 1 el 100% de la plantilla.
  • Los porcentajes de plantilla se aplicarán en cada órgano o servicio, salvo en el caso de LAJ y Auxilio, en que se aplicará entre todos los centros de trabajo de la misma jurisdicción.

Por parte de CCOO hemos rechazado la nueva propuesta sobre el Registro Civil, solicitando que esta medida no se establezca con carácter general sino teniendo en cuenta las cargas de trabajo.

Para el resto de temas relacionados con la fase 1 de la desescalada hemos reiterado nuestras propuestas que son:


1. La fase 1 de la desescalada debe adaptarse a los criterios del Gobierno y ser asimétrica por provincias o comarcas.

Comenzará la fase 1 en Justicia solo en las provincias en las que el Gobierno así lo acuerde para el conjunto de la ciudadanía, permaneciendo el resto en la situación actual de fase 0.

Si las autoridades sanitarias decidieran con carácter general o provincial la vuelta a situaciones anteriores, en la Administración de Justicia se pasará a la fase anterior que corresponda.

2. Solo se accederá a la fase 1 y se pasará de una fase a la siguiente una vez comprobado que los datos semanales de contagios en la Administración de Justicia se corresponden o mejoran los datos de la tendencia marcada en el conjunto de la población, lo que se determinará con carácter previo en la comisión paritaria de seguimiento Ministerio-sindicatos.

3. Deben establecerse, antes de iniciar la fase 1, por los servicios de prevención y con la participación de los/as delegados/as de prevención, las medidas preventivas, tanto individuales como colectivas, de obligado cumplimiento en cada puesto de trabajo, y garantizarse que la ausencia de las mismas conlleve la paralización temporal de la actividad, de forma obligatoria, hasta que se subsanen las deficiencias.

4. Antes de iniciarse la fase 1 debe garantizarse en todos los ámbitos competenciales la existencia de Servicios de Prevención debidamente dotados para el cumplimiento de sus funciones. Se informará por escrito a las organizaciones sindicales de la situación actual de los Servicios de Prevención (medios personales de que se dispone en el caso de los servicios propios y, en caso contrario, copia del contrato suscrito con las entidades privadas comprensivo de los servicios que deben atender)

5. Durante las fases 1 quedará prohibida la práctica de actos de comunicación y ejecución que no estén encuadrados entre los servicios esenciales y que no puedan practicarse por medios telemáticos. También durante estas dos primeras fases solo se permitirá la presentación de escritos por medios telemáticos, salvo los relativos a servicios esenciales.

6. Exigencia a todas las CCAA con competencias transferidas de la implantación, previa negociación colectiva, de sistemas de teletrabajo, cumpliendo así lo dispuesto en la disposición final primera, punto cuatro del RDL 16/2020. Se trata de fomentar el teletrabajo voluntario como fórmula para evitar presencia física excluyendo a quienes teletrabajen de los turnos de presencia –de mañana o de tarde- salvo para acudir físicamente a los centros de trabajo para realizar alguna cuestión puntual referente a su teletrabajo. Por tanto, el sistema de adjudicación del teletrabajo debe ser voluntario y con criterios objetivos

7. Se procederá al abono con carácter retroactivo de las indemnizaciones por las guardias que no se hayan podido realizar a causa de la pandemia en los casos de contagio, aislamiento y grupos más vulnerables, incluidos mayores de 60 años, si se justifica de forma fehaciente esta situación

8. Se negociará la contratación de nuevo personal para los equipos psicosociales de menores, familia y de atención a las víctimas de violencia sobre la mujer.

9. La dotación de efectivos no podrá superar el porcentaje que se establezca sobre la plantilla real y no sobre la plantilla orgánica teórica, ya que, en algunos territorios, existían plazas sin cubrir de la plantilla orgánica que ahora no pueden ser computadas para establecer los porcentajes de presencialidad.
Leer más...

COVID-19: El Ministerio de Justicia se aviene a negociar tras las presiones de CCOO


4 may 2020


  • Nueva reunión por videoconferencia del Ministerio de Justicia con los sindicatos sobre las nuevas medidas en relación con el COVID-19

EL MINISTERIO DE JUSTICIA  ACEPTA POR FIN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA QUE CCOO VENIMOS EXIGIENDO DESDE EL INICIO DE LA CRISIS SANITARIA Y OFRECE A LOS SINDICATOS LA POSIBILIDAD DE UN ACUERDO SOBRE LA JORNADA EN TURNOS DE MAÑANA Y TARDE (QUE INCLUIRÁ LO RELATIVO A LA MOVILIDAD A OTRO CENTRO DE TRABAJO), EL NUEVO PROTOCOLO DE MEDIDAS PREVENTIVAS Y LA FASE 1 DE LA DESESCALADA QUE SE HARÁ CON UNA PRESENCIALIDAD APROXIMADA DEL 33% DE LAS PLANTILLAS

CCOO ha vuelto a reiterar que tanto la jornada de tarde como la movilidad a otro centro deberá ser inexcusablemente voluntaria

Hemos sido convocados a una nueva reunión para el miércoles, día 6 de Mayo, a la que CCOO asistiremos con la máxima voluntad de alcanzar acuerdos siempre y cuando se garantice la salud del personal (con medidas preventivas suficientes y obligatorias) y se respeten escrupulosamente las condiciones laborales

Tras este compromiso de negociación del Ministerio de Justicia y todos los sindicatos mayoritarios, la reunión se ha circunscrito a las propuestas sobre la jornada en turnos de mañana y tarde, con el siguiente resultado:

El ministerio sigue sin aceptar, por ahora, que la jornada de tarde solo se lleve a efecto de forma voluntaria, lo que CCOO vamos a seguir exigiendo, entendiendo el ministerio que van a ser muy pocos los casos en que haya que recurrir a la obligatoriedad porque confían en la responsabilidad del personal a través de la “autoorganización” en cada centro de trabajo.

Se acepta la propuesta de CCOO de que la jornada de tarde sea más reducida que la de mañana. Sin quedar definitivamente fijado, el turno de mañana podría ser de 6,5 horas y el de tarde de 4,5 horas aproximadamente.

Se acepta en parte la propuesta de CCOO de que por las tardes se trabaje “a puerta cerrada” sin atención al público, pero no aceptan que no haya vistas ni comparecencias por las tardes alegando que eso es decisión de cada Juez o Jueza.

  • Hemos exigido que el turno de mañana o de tarde del personal del cuerpo de Auxilio Judicial no esté supeditado en cada momento a los señalamientos que exijan su presencia, sino que estos señalamientos deben adaptarse y efectuarse durante el turno de mañana o tarde que previamente haya sido asignado al funcionario o a la funcionaria de Auxilio, propuesta a la que también estamos a la espera de contestación.

Aceptan la propuesta de CCOO de que, en el caso de que haya más personal voluntario que el necesario, tengan preferencia en primer lugar para elegir turno quienes tengan menores o mayores a su cargo y seguidamente el personal con más antigüedad en su destino actual.

También han aceptado nuestra propuesta de que el personal de permiso por deber inexcusable para cuidado de menores o mayores pueda reincorporarse al trabajo voluntariamente solo para uno de los turnos de mañana o de tarde.

Se acepta parcialmente la propuesta de CCOO de que no sea obligatorio establecer jornada de tarde donde no sea necesario porque el espacio físico sea suficiente para mantener la distancia de seguridad de dos metros solo en jornada de mañana. No obstante, rechazan, por ahora, nuestra propuesta de que también en este caso pueda el personal acogerse voluntariamente a la jornada de tarde. A preguntas de CCOO nos informan que serán las CCAA transferidas y el ministerio en su ámbito quienes determinen los centros de trabajo en que será obligatoria la jornada de tarde para lo que hemos vuelto a reclamar que se efectúe mediante informe de los Servicios de Prevención y con la intervención, información y participación de los/as delegados de prevención.

También incorporarán nuestra propuesta de posibilidad de renuncia al turno de tarde por causas justificadas y a recoger permisos específicos para la asistencia a actividades formativas en la jornada de tarde que estuvieran previamente contratadas.

El horario de prestación de los turnos de mañana y tarde no está aun concretado. CCOO hemos efectuado en ese sentido la siguiente propuesta a las que esperamos contestación en la próxima reunión:

  • Que el horario se establezca mediante la negociación colectiva en cada CCAA con competencias y en el ámbito no transferido.
  • Que se garantice, con tiempo necesario entre la salida de un turno y la entrada del siguiente, la ventilación, limpieza y desinfección entre cada turno (entre el turno de mañana y el turno de tarde de un mismo día y entre el turno de tarde y el turno de mañana del día siguiente), incluida la de pomos y tiradores, barandillas, pulsadores, aseos y elementos de uso común (fotocopiadoras, escáner, sistemas de videoconferencia, etc.). Su no realización supondrá la paralización temporal de la actividad del siguiente turno hasta que se corrijan las deficiencias.
  • Que además del tiempo necesario para la limpieza y desinfección entre turno y turno y para evitar acumulaciones en las puertas de acceso, la hora de entrada y salida tendrá una flexibilidad de, al menos, media hora.
  • Que, en la medida de lo posible, las personas integrantes del turno de tarde serán siempre las mismas evitando rotaciones que puedan generar más riesgo de contagio por contacto con personas distintas.

Para la conciliación de la vida personal y laboral, CCOO hemos efectuado las siguientes propuestas a las que también esperamos contestación en la reunión del miércoles:

  • La realización de la jornada de tarde será comunicada al personal afectado al menos con una semana de antelación.
  • Quien tenga descendientes menores de 14 años o personas dependientes a su cargo no estará incluido en los turnos de tarde salvo que lo solicite voluntariamente, independientemente de la situación de su pareja o de la otra persona progenitora o cuidadora.


MOVILIDAD

En otro orden de cosas, el ministerio se negaba en un principio a tratar el tema de la movilidad de uno a otro centro de trabajo, aspecto que finalmente, y ante la insistencia de CCOO, va a ser también incluido en estas negociaciones.
El ministerio ha informado que solo se pondrá en marcha este mecanismo cuando por motivo de los permisos para cuidado de menores y mayores o por formar parte de colectivos vulnerables no haya suficiente plantilla en un órgano para atender la presencialidad exigida en cada momento. Solo en ese caso procedería el cambio de centro de personal que estuviese en otro órgano en situación de disponibilidad.

Seguiremos insistiendo en que este cambio de centro tenga que ser siempre voluntario.


TELETRABAJO

Informa el ministerio que las personas que estén teletrabajando también quedarán incorporadas a los turnos presenciales de mañana o tarde y podrán seguir trabajando voluntariamente desde su domicilio en los días en que estén en situación de disponibilidad. En sucesivas reuniones seguiremos también negociando el futuro del teletrabajo en la Administración de Justicia.
Leer más...

CCOO exige al Ministerio de Justicia que en las reincorporaciones del personal se garantice la protección de su salud y que la jornada de tarde sea siempre voluntaria


30 abr 2020


  • Nueva reunión por videoconferencia con el Ministerio de Justicia

EL MINISTERIO DE JUSTICIA COMUNICA A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES SU PROYECTO DE DESESCALADA Y LA ORGANIZACIÓN DE LA JORNADA DE TARDE

La reunión continuará el próximo lunes y CCOO ha reiterado nuestras principales propuestas:
- No permitiremos la reincorporación del personal si no está garantizada la protección de su salud
- La jornada de tarde será siempre voluntaria

Las propuestas del Ministerio para la desescalada, no definitivas aun, son las siguientes:

  • Fase 0: Es la situación actual con un 10% aproximado de plantilla presencial.
  • Fase 1: La plantilla presencial rondará el 33%, del que en torno a un mínimo del 60% lo hará en turno de mañana y un máximo del 40% en jornada de tarde.
  • Fase 2: La plantilla presencial rondará el 66%, con los mismos porcentajes de 60/40 para los turnos de mañana y tarde.
    Durante esta fase 2 se irá levantando de forma paulatina la suspensión de plazos procesales, comenzando por los asuntos prioritarios a que se refiere el RDL 16/2020 (protección de
    menores, despidos y ERTES, algunos procedimientos concursales, etc.)
  • Fase 3: La plantilla presencial tenderá al 100% en turnos de mañana y tarde, con los mismos porcentajes en cada turno que los señalados en las anteriores fases.
  • Fase 4: Vuelta a la normalidad solo en turno de mañana.
El personal en situación de IT por contagio, aislamiento o formar parte de los grupos vulnerables, junto a quien esté de permiso por deber inexcusable para cuidado de menores o mayores dependientes, continuará en esa situación hasta que lo determinen las autoridades sanitarias.

No hay fecha definitiva para el comienzo de cada una de las fases aunque se apunta el 11 ó el 12 de mayo para el inicio de la Fase 1. La Fase 3 se desarrollará en los tres meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma.

La duración de cada una de las fases será de una o varias semanas dependiendo de los criterios generales de desescalada que establezca el Gobierno y de las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

Para los turnos de tarde se propone la autoorganización en cada centro de trabajo como criterio de voluntariedad, y si no fuese posible, se establecerán turnos obligatorios y rotatorios para cubrir las necesidades de plantilla. El Ministerio rechaza en principio, con la firme oposición de CCOO, la consideración del principio de conciliación de vida laboral y familiar como garantía del personal para no tener que asistir de forma obligatoria al turno de tarde.

La propuesta inicial del Ministerio es que se establezca turno de mañana y tarde en todos y cada uno de los centros de trabajo, aunque se ha mostrado receptivo a estudiar la propuesta de CCOO y otros sindicatos para que solo se haga donde así sea necesario para garantizar la distancia de seguridad.

CCOO va a volver a remitir nuestras propuestas antes de la próxima reunión del lunes que, en lo que atañe a la desescalada, se resumen en:

  • La obligatoriedad de que estén garantizadas todas las medidas preventivas antes de la reincorporación.
  • La suspensión temporal de la actividad donde no existan o sean insuficientes las medidas preventivas, hasta que se subsanen las deficiencias.
  • La evaluación previa de todos los edificios judiciales para garantizar que puede cumplirse la distancia de seguridad de dos metros entre el personal y con el público en todas las fases, no debiéndose permitir la presencia de más plantilla que la que posibilite mantener esta distancia.

En cuanto a la jornada de tarde, exigimos que sea en todos los casos voluntaria y que el horario permita la limpieza y desinfección de las instalaciones entre cada turno de mañana y tarde y entre el de tarde y mañana.


EL MINISTERIO SIGUEN NEGÁNDOSE A INFORMARNOS SOBRE EL NÚMERO DE CONTAGIOS QUE SE HAN PRODUCIDO EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DATO QUE NO NOS FACILITA DESDE EL PASADO 8 DE ABRIL

En el caso de que los contagios entre nuestro colectivo hayan evolucionado de forma menos favorable que los del conjunto de la población exigiremos el incremento de las medidas preventivas, no consentiremos una mayor incorporación presencial del personal y denunciaremos a quien ha incumplido con su obligación legal de defender nuestra salud: el Ministerio de Justicia

CCOO ha vuelto a exigir el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que establece que es responsabilidad de la empresa (el Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias transferidas en nuestro caso) velar por la seguridad y salud de sus trabajadoras y trabajadores. Que deben evaluarse los riesgos en todos los puestos de trabajo, adoptar las medidas preventivas que correspondan en cada caso y comprobar posteriormente si han sido efectivas, corrigiéndose si no han dado resultado, Y QUE LA LEY OBLIGA A LA PARTICIPACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS EN TODO EL PROCESO DE DEFENSA DE NUESTRA SALUD.

Por último, y en otro orden de cosas, CCOO ha exigido una respuesta y una solución a los siguientes asuntos que tenemos planteados:

  • Que se dé orden a la MUGEJU para que abone los subsidios por IT a partir del sexto mes de baja.
  • Que hasta que se levante la suspensión de los plazos procesales se prohíban los actos de comunicación que no puedan realizarse por medios telemáticos.
  • Que se proceda al pago de las indemnizaciones por guardia a quienes no hayan podido realizarla por estar afectado por contagios o aislamiento domiciliario, o por permisos plenamente justificados, motivados por el Covid-19.
  • El refuerzo con más plantilla de personal laboral de los equipos psicosociales para atender los asuntos que han sido declarados prioritarios o esenciales en materia de menores y familia y nuestro rechazo a la contratación de personal privado a través de los colegios profesionales

Leer más...

El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia


29 abr 2020


EL GOBIERNO IMPONE UNA IMPORTANTÍSIMA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE JUSTICIA QUE EL MINISTRO SE HA NEGADO A NEGOCIAR CON LAS ORGANIZACIONES SINDICALES

El RD-Ley tendrá que ser validado en las próximas semanas y CCOO estamos ya proponiendo enmiendas a los grupos políticos para que se garanticen realmente las medidas preventivas para evitar contagios y para que tanto la jornada de tarde como la movilidad sean siempre voluntarias

CCOO ofrece al ministro Juan Carlos Campo la posibilidad de rectificar y le exigimos nuevamente que cumpla la legalidad con la convocatoria inmediata de la mesa negociación como establece el Estatuto Básico del Empleado Público y permitiendo la intervención de la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras en la protección de la salud laboral tal y como le obliga la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

El RD-Ley, aprobado ayer por el Gobierno establece, como hemos venido informando:

Artículo 26. Actuaciones dentro de un mismo centro de destino.

1. Durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, los Secretarios Coordinadores Provinciales podrán asignar a los Letrados de la Administración de Justicia y demás funcionarios al servicio de la Administración de Justicia destinados en cualquiera de las unidades procesales de apoyo directo a órganos judiciales, la realización de cualquiera de las funciones que, siendo propias del Cuerpo al que pertenecen, estén atribuidas a cualesquiera otras unidades.

2. En los partidos judiciales en que no se encuentren aprobadas las correspondientes relaciones de puestos de trabajo, la asignación de funciones, en el mismo periodo establecido en el apartado anterior, podrá realizarse entre el personal destinado en cualquier órgano unipersonal o colegiado.
3. En la asignación que regulan los dos apartados anteriores se dará preferencia a los Letrados y Letradas de Administración de Justicia y demás personal al servicio de la Administración de Justicia que accedan voluntariamente y en ningún caso implicará variación de retribuciones.

La decisión de asignación se adoptará, en todo caso, mediante resolución motivada que se fundamentará en que la medida resulta imprescindible para garantizar la correcta prestación del servicio.

Asimismo, dicha asignación solo podrá realizarse entre unidades u órganos que radiquen en el mismo municipio y que pertenezcan al mismo orden jurisdiccional en el que el Letrado o funcionario venga realizando su actividad profesional.

Artículo 27. Jornada laboral.

1. Durante el estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, se establecerán, para los Letrados de la Administración de Justicia y para el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia, jornadas de trabajo de mañana y tarde para todos los servicios y órganos jurisdiccionales.

2. El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia establecerán la distribución de la jornada y la fijación de los horarios de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Aunque el RDL entra en vigor mañana aun no está determinado en ninguna disposición legal el horario de entrada y salida de los turnos de mañana y tarde, ni cuántas ni quiénes serán las personas que tienen que asistir en cada turno, ni cuáles serán los órganos que verán reducida su plantilla y cuáles serán reforzados, ni qué personal se verá afectado, ni qué criterios han de aplicarse para seleccionarlo si no hay voluntarios/as.

El ministro se comprometió con las organizaciones sindicales, en la reunión que mantuvimos con él el pasado día 23, a negociar todos estos aspectos, y, a pesar de que las medidas entran en vigor mañana, aun no hemos sido convocados para comenzar esas negociaciones. Esperamos que el ministro, al menos, cumpla su compromiso en este aspecto y no permita que se impongan criterios arbitrarios tal y como nos aseguró en dicha reunión.


CCOO denunciamos además que la administración no ha cumplido con su obligación de evaluar los riesgos de contagio en cada una de las oficinas judiciales y fiscales para poder determinar las medidas preventivas.


EN LA REUNIÓN DEL PASADO DÍA 23 DE ABRIL, ANTE LAS RECLAMACIONES DE CCOO EL MINISTRO ASEGURÓ QUE “SI NO SE GARANTIZAN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS NO SE VA A OBLIGAR A NADIE A ACUDIR AL TRABAJO”. ES SU COMPROMISO Y TAMBIÉN TIENE QUE CUMPLIRLO SI VERDADERAMENTE, COMO AFIRMA, LA SALUD DEL PERSONAL ES SU PRINCIPAL OBJETIVO

Leer más...

Forma de validar la ausencia debida al temporal de nieve en Aragón


30 ene 2020


Como continuación de las gestiones realizadas por CC.OO. para que las ausencias laborales que se produjeron el pasado día 21-1-2020 como consecuencia de que las carreteras no se encontraban en condiciones para poder acudir a desempeñar la actividad laboral, y esta ausencia no hubiera que validarla con un día de Asuntos Propios o recuperando las horas dentro de la jornada flexible, os informamos:

Tras establecer contacto con la Dirección General nos dicen que tendréis que hacerlo a través de la opción P040 relativa a Otras Situaciones Convenio Acuerdo.

No será preciso, que adjuntéis el certificado de empadronamiento, pues la Administración lo comprobará de Oficio, y en su caso, al ser este el requisito unido al estado concreto de la carretera respectiva, validará la petición.

Si alguno de vosotros ya valido el día de ausencia a través de un Día de Asuntos Propios, que lo haga constar a través de nota adjunta para que se lo reintegren.

CC.OO, agradece nuevamente el cambio de opinión de la Directora General.

Recordamos, el Sector de CC.OO. de Aragón, nunca va a pedir peras al olmo. Pero seguirá peleando con legalidad hasta el final, cuando consideremos que una propuesta o petición que hagamos sea justa.

Hay que implicarse, hay que pelear………

Si peleas, puede que pierdas, pero, si no lo haces, ya has perdido.

CONCIENCIATE, MOTIVATE, IMPLICATE, AFILIATE,

TODOS SOMOS NECESARIOS.



Seguiremos informando,
Leer más...

La DGA acepta conceder permiso excepcional, sin necesidad de recuperar horario de trabajo, a quienes acrediten de forma singular su lugar su residencia y por tanto su imposibilidad de acudir a trabajar como consecuencia de la nieve


27 ene 2020


La Directora General de Justicia de Aragón ha respondido a la reclamación de CCOO, relativo a que no se exija recuperar las horas no trabajadas a quienes no pudieron llegar a su puesto de trabajo el pasado martes como consecuencia del estado de las carreteras. La Directora General entiende que no se puede exigir a nadie trabajo compensatorio en circunstancias tan excepcionales como las sufridas, y que por tanto simplemente acreditando  su lugar de residencia se puede solicitar el permiso por causas excepcionales quien resulte afectado y le haya sido imposible ir a su puesto de trabajo. Permiso que hay que solicitar de forma individual, sin que quepa su concesión de forma genérica. 

CCOO agradece la respuesta de la Directora General de Justicia. 
Leer más...

Jornada reducida de 5 horas para el Personal de Justicia de Aragón durante la semana santa


26 mar 2018


Recordamos a todo el personal de la Administración de Justicia de Aragón que durante los días 26 a 28 de marzo y 2 de abril nuestra jornada de trabajo es de 5 horas, a cumplir entre las 9 y las 14 horas. Trabajando estas 5 horas se cumple la jornada de trabajo (el saldo de tiempo será cero).  

No obstante, conforme establece la nota de la Dirección General de Justicia de Aragón que se adjunta como enlace, se computará todo el tiempo que se trabaje entre las 8.30 y las 15.15 horas, es decir, que el tiempo de trabajo añadido a las 5 horas antes citadas que el personal de justicia realice computa como tiempo de trabajo en el horario flexible, como saldo positivo de horas. 

Las personas que tengan flexibilidad horaria por hijos o personas dependientes tienen que trabajar diariamente las 5 horas, pudiendo hacer 4 horas entre las 9 y las 14 horas, y la hora restante entre las 8.30 horas y las 15.15 horas. 
Leer más...

Horario de Semana Santa del Personal de la Administración de Justicia de Aragón: recuerda, son 5 horas.


6 abr 2017


La jornada obligatoria es de 5 horas, de 9 a 14 horas, y la jornada flexible se podrá realizar entre las 8,30 a 9 horas  y las 14 horas y las 15,15 horas. 

La duración de dicho horario será durante los días 10,11,12 y 17 de abril.

En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15 horas.

Leer más...

Festivos locales en Aragón en que el Personal de Justicia tendremos jornada reducida durante el año 2017. Este año los agraciados son…. Teruel y Ejea de nuevo. Fraga, ni un día.


5 abr 2017


Aparece colgada en el portal de la Dirección General de Justicia de Aragón una Nota Informativa por la que se establecen los criterios y periodos relativos a la jornada reducida durante las fiestas tradiciones del año 2017 de los funcionarios de Justicia de Aragón. Podéis tener acceso a dicha nota a través del siguiente link: Nota de festivos locales con jornada reducida 2017.

Durante las festividades tradicionales de cada localidad que establece dicha Nota se establece una jornada de trabajo reducida de 5 horas diarias, debiendo cumplirse el horario de nueve a catorce horas. La Resolución de Jornadas y Horarios establece un máximo de cinco días por localidad de fiestas tradicionales con jornada reducida, máximo que como luego se verá agota la Dirección general en pocos casos, pues hay muchos casos en que los festivos locales son cero, uno o dos días tan sólo. En Aragón esto tiene un nombre: rancio.

Las fechas de las festividades tradicionales en serán de aplicación dicha jornada reducida de trabajo son las siguientes (entre paréntesis se ponen los días reales laborales a que afecta dicha reducción):

Alcañiz: 8, 12 y 13 de Septiembre (3)
Barbastro: 4, 5, 6 y 7 de Septiembre (4)
Boltaña: 24 de Agosto (1)
Calamocha: 14 de agosto (1)
Calatayud: 6 y 7 de Septiembre (2)
Caspe: 14 de Agosto (1)
Daroca: 14 y 16 de junio (2)
Ejea de los Caballeros: 28, 29, 30 y 31 de agosto, 1 de septiembre (5)
Fraga: No se ha hecho constar ningún día (0)
Huesca: 9, 11 y 14 de Agosto (3)
Jaca: 26, 27 y 28 de Junio (3)
La Almunia de Doña Godina: 26, 27, 28 y 29 de Septiembre (4)
Monzón: 20 y 22 de Septiembre (2)
Tarazona: 29, 30 y 31 de Agosto y 1 de septiembre (4)
Teruel: 3, 4, 5, 6 y , 7 de Julio (5)
Zaragoza: 9, 10 y 11 de Octubre (3)

Durante las fechas en las que disfrute la jornada de trabajo reducida, la jornada a realizar es la comprendida entre las 09.00 y las 14.00 horas. 

En previsión de que por cualquier motivo fuese necesario permanecer en el puesto de trabajo fuera del intervalo previsto en el párrafo anterior, se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 8.30 y las 15.15 horas. 

En caso de flexibilidad horaria por hijos o personas dependientes deberá realizarse un mínimo de 4 hors entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 08.30 y las 15.15.

Un año más la Dirección General de Justicia actúa con auténtica discreccionalidad y trata de forma desigual a unas localidades y otras. Resulta incomprensible que Teruel y Ejea tengan 5 días de jornadas reducidas (casualmente poblaciones muy vinculadas a quienes ostentan la máxima responsabilidad de gobierno en Justicia en Aragón), Fraga ni una y numerosas localidades sólo 1 ó 2 días.


Leer más...

Horario de Semana Santa


15 mar 2017


En el Portal del empleado se ha colgado por la Dirección General de Justicia  Nota informativa sobre el horario de Semana Santa. para los funcionarios de la Administración de Justicia en aragón.

La jornada obligatoria será de 5 horas, de 9 a 14 horas, y la jornad aflexible se podrá realizar entre las 8,30 a 9 horas  y las 14 horas y las 15,15 horas. 

La duración de dicho horario será durante los días 10,11,12 y 17 de abril.

En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15 horas.

Leer más...

Reunión de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas


30 jun 2016



  • CCOO reclama que se retome cuanto antes el diálogo social en las Administraciones Públicas.
  • El Gobierno ha reconocido errores en la atribución de los resultados de las elecciones sindicales en las Administraciones Públicas y va a revisar todos los datos, tras la denuncia de CCOO.
  • En la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas celebrada ayer, el secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, ha reconocido la necesidad de retomar el diálogo social sobre las condiciones laborales de las empleadas y empleados públicos.

CCOO ha incidido en que es necesario empezar a negociar sobre su propuesta de una oferta de empleo público excepcional de 356.000 plazas sin incremento presupuestario, para consolidar de manera estable todas aquellas plazas presupuestadas pero no cubiertas o cubiertas con contratos que no garanticen la estabilidad y continuidad en el empleo; eliminar la tasa de reposición de empleo público; recuperar los derechos arrebatados que arrancan con el recorte del 5% de salario en 2010, las 35 horas semanales o la cobertura al 100% de la Incapacidad Temporal; desarrollar el Estatuto Básico del Empleado Público; y recuperar la negociación colectiva en este sector
Asimismo, CCOO ha planteado la necesidad de eliminar las normas básicas que están limitando las negociaciones sobre empleo público en ámbitos autonómicos y locales. Beteta se mostró favorable a esta propuesta, afirmando que en los peores momentos de la crisis hubo que aprobar medidas muy restrictivas pero que ahora ya no estamos en ese escenario.


Por otro lado, Beteta ha reconocido errores en la atribución de los resultados de las elecciones sindicales en las Administraciones Públicas y se ha comprometido a revisarlos, tras la denuncia de Comisiones Obreras

Este sindicato se dirigió el pasado 23 de junio al ministro en funciones de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, para denunciar que faltaban por contabilizar 4.736 delegadas y delegados, un 13% del total, de cara a la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas constituida ayer

CCOO ha aceptado la formación de la mesa —que otorga cinco representantes a CCOO, como primer sindicato de las AA.PP., otros cinco a UGT, tres a CSIF, uno a ELA y uno a CIG—, si bien queda a la espera de que se revisen los porcentajes de representación para su modificación, que para CCOO son los siguientes para las tres principales organizaciones sindicales: CCOO 38,15%, UGT 34,88% y CSIF 21,25%, frente a las cifras ofrecidas por el Ministerio de Hacienda el 17 de junio, pendientes de revisar y corregir por su parte (CCOO 37,35%, UGT 33,91% y CSIF 22,14%)
    
- Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas (artículo 36.1 del EBEP): según los últimos registros oficiales de julio de 2015, corresponde a la negociación de las condiciones laborales de 2.542.787 trabajadores, el 100% del empleo público.
- Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (artículo 36.3 del EBEP): representa a todo el personal de la AGE, que suman 226.783 personas (212.298 de la AGE, más 14.485 de la Administración de Justicia), el 8,92% del total del empleo público.
- Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (artículo 34. del EBEP): representa  sólo al personal funcionario de la AGE, que suman 160.234 personas (149.202 de la AGE, más 11.032 funcionarios/as de la Administración de Justicia), el 6,3% del total del empleo público
Leer más...

Horario de Verano del personal de la Administración de Justicia de Aragón


28 jun 2016


La Dirección General de Justicia del Gobierno de Aragón ha colgado en su página web una nota informativa sobre el horario de verano del personal de la Administración de Aragón.

El horario consiste, como siempre, en la reducción de media hora de la parte variable del horario, o la parte proporcional para aquellos funcionarios y funcionarias que tengan la jornada reducida, sin afectar a los servicios de guardia.

Esta reducción de jornada comprende desde el 1 de julio al 15 de septiembre ambos inclusive.
Leer más...

Publicada los festivos locales en Aragón en que el Personal de la Administración de Justicia tendremos jornada reducida. Teruel y Ejea, los agraciados; a Fraga y Calamocha les toca la china


30 mar 2016


Aparece colgada en el portal de la Dirección General de Justicia de Aragón una Nota Informativa por la que se establecen los criterios y periodos relativos a la jornada reducida durante las fiestas tradiciones del año 2016 de los funcionarios de Justicia de Aragón. Podéis tener acceso a dicha nota a través del siguiente link: Nota de festivos locales con jornada reducida 2016.

Durante las festividades tradicionales de cada localidad que establece dicha Nota se establece una jornada de trabajo reducida de 5 horas diarias, debiendo cumplirse el horario de nueve a catorce horas. La Resolución de Jornadas y Horarios establece un máximo de cinco días por localidad de fiestas tradicionales con jornada reducida, máximo que como luego se verá agota la Dirección general en pocos casos.

Las fechas de las festividades tradicionales en serán de aplicación dicha jornada reducida de trabajo son las siguientes (entre paréntesis se ponen los días reales laborales a que afecta dicha reducción):

Alcañiz: 8, 12 y 13 de Septiembre (3)
Barbastro: 5, 6 y 7 de Septiembre (3)
Boltaña: 18 de Agosto (1)
Calamocha: No han hecho constar ningún día (0)
Calatayud: 6, 7 y 9 de Septiembre (3)
Caspe: 12 y 16 de Agosto (2)
Daroca: 25 y 27 de mayo (2)
Ejea de los Caballeros: 29, 30 y 31 de agosto, 1 y 2 de septiembre (5)
Fraga: No se ha hecho constar ningún día (0)
Huesca: 9, 10, 11 y 12 de Agosto (4)
Jaca: 24, 27, 28 y 29 de Junio (4)
La Almunia de Doña Godina: 27, 28 y 29 de Septiembre (3)
Monzón: 20, 22 y 23 de Septiembre (3)
Tarazona: 30 y 31 de Agosto y 1 de septiembre (3)
Teruel: 4, 5, 6, 7 y 8 de Julio (5)
Zaragoza: 10, 11, 13 y 14 de Octubre (4)

Durante las fechas en las que disfrute la jornada de trabajo reducida, la jornada a realizar es la comprendida entre las 09.00 y las 14.00 horas. 

En previsión de que por cualquier motivo fuese necesario permanecer en el puesto de trabajo fuera del intervalo previsto en el párrafo anterior, se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 8.30 y las 15.15 horas. 

En caso de flexibilidad horaria por hijos o personas dependientes deberá realizarse un mínimo de 4 hors entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 08.30 y las 15.15.

Un año más CCOO discrepa con esta relación de días festivos locales, porque resulta incomprensible que con la cantidad de festividades locales que hay en Aragón unos municipios no tengan días de jornada reducida (creemos que es un error, y esperamos su corrección), otros tengan tan sólo 1 ó 2 días mientras que este año Teruel y Ejea de los Caballeros (casualmente poblaciones muy vinculadas a quienes ostentan la máxima responsabilidad de gobierno en Justicia en Aragón) pueden disfrutar del máximo de 5 días con jornada reducida. A juicio de CCOO el número de festivos locales debería equipararse en todas las localidades al alza. 
Leer más...

Horario Cursos extraordinarios y Tornos.


20 nov 2015



HORARIO DE LOS CURSOS EXTRAORDINARIOS

Puestos en contacto con la Dirección General de Administración de Justicia de la DGA en relación con el tiempo de duración de la charla-curso impartida sobra las recientes reformas procesales nos informan de que, más allá del horario computable atribuido a la misma, aquellos compañeros que han tenido que trasladarse a la sede de la DGA, en el Ed. Pignatelli, no se les reclamará los treinta minutos que restan para completar la jornada diaria.
Aprovechamos para insistir en que si bien estas charlas “complementarias” pueden cubrir alguna laguna concreta en ocasiones determinadas, no suplen la necesidad y la obligación de que por la Administración y específicamente por la Dirección de Justicia, se acuerde, con participación de sindicatos, un plan realista de formación, adecuado a las necesidades de los funcionarios y que contemple con flexibilidad las distintas carencias que en este tema que puedan darse. Esta responsabilidad de la Administración no queda satisfecha con la atribución a terceros, claramente “interesados” (B. Santander), la organización de las “charlas-cursos”.
Desde aquí reiteramos, una vez más, la necesidad de que se nos convoque a la mayor brevedad para negociar ese “Plan de Formación”.



    TORNOS, ¿MEDIDAS DE SEGURIDAD?


    Con la petición expresa del Decano de los Juzgados de Zaragoza y vistas las necesidades de seguridad que los últimos y trágicos acontecimientos por todos conocidos traen a los Edificios públicos y en especial a las sedes judiciales de Aragón, por la Dirección General de Justicia se nos informa de que se están haciendo pruebas del funcionamiento de los tornos instalados en los Edificios Vidal de Canellas y Fueros de Aragón de cara a su puesta en marcha. Igualmente se estudia respecto al Palacio de Justicia de Huesca.
Parece, según nos manifiestan, que su objetivo es el control de las personas presentes en el interior de los edificios en todo momento, sin añadir ninguna otra función de control temporal según expresamente nos comunica la Directora General Dª Mª Ángeles Júlvez León.
Desde CCOO creemos que esta medida debe ir dirigida a certificar la seguridad de todos los presentes en los edificios judiciales, sin que haya colectivos a los que no les sean de aplicación tales medidas. Todo el que entre debe ser controlado mediante los mismos procedimientos mecánicos o electrónicos.
Estaremos vigilantes para que, en el caso de que se acuerden dichas disposiciones, no se produzcan estas excepciones señalando individualmente las vulneraciones que se produzcan de las medidas de seguridad que se nos comuniquen vengan de donde vengan o sea quien sea el responsable.

Seguiremos informando.
 

Zaragoza a 20 de Noviembre de 2015                                                    










Leer más...