La jornada obligatoria será de 5 horas, de 9 a 14 horas, y la jornad aflexible se podrá realizar entre las 8,30 a 9 horas y las 14 horas y las 15,15 horas.
La duración de dicho horario será durante los días 10,11,12 y 17 de abril.
En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15 horas.
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En los casos de flexibilización horaria por hijos o personas dependientes, deberá realizarse un mínimo de 4 horas diarias entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 8,30 y las 15,15 horas.