CCOO se ha dirigido por carta a la Directora General de Justicia de Aragón, con copia al Presidente del TSJ, Fiscal Jefe, Coosejera de Presidencia de la DGA y Secretaria de Gobierno del TSJA, por la que solicita la modificación de la Resolución de la de la Directora General de Justicia del Gobierno de Aragón de fecha 23 de marzo, para adaptación de la Orden de 15 de marzo de 2020, de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales por la que se determinan los servicios esenciales en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón, su complemento en la forma que se expresa y la adopción de medidas encaminadas a cumplir las recomendaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas por el Ministerio de Justicia.
La citada resolución contiene una reducción claramente insuficiente del personal que ha de prestar los servicios esenciales de forma presencial, dicha reducción es de forma dispar y no se garantiza de forma adecuada el derecho a la salud del personal de la Administración de Justicia de Aragón y sus familias, que entendemos que debe estar por encima de todo.
Tras la consulta efectuada el lunes por la mañana desde el TSJA a los órganos judiciales sobre sus necesidades reales de personal para cubrir los servicios esenciales, la Directora General dictó al final de la mañana del lunes una resolución, sin consultar con los y las legales representantes del personal de la Administración de Justicia, que deja las cosas prácticamente como estaban salvo en algunos Juzgados unipersonales de Zaragoza. Resulta sangrante, al efecto, el mantenimiento de servicios esenciales tan amplios en los Juzgados mixtos que no están en capitales de provincia que supone la obligación de acudir al centro de trabajo entre el 35 % y el 50 % de su personal.
La resolución dictada por la Directora General de Justicia, denuncia CCOO, ni se ajusta a la gravedad de la situación que vive el país, ni a las verdaderas necesidades de los órganos judiciales de Aragón. Resulta totalmente contradictorio que el Presidente del Gobierno de Aragón reclame la adopción de medidas más extremas de confinamiento de la población para evitar contagios, y por otro lado la Directora General de Justicia de Aragón obligue al desplazamiento a los centros de trabajo de una dotación de funcionarios y funcionarias que, a la vista de las disposiciones contenidas en el Real Decreto Real 463/2020, de estado de alarma, resulta claramente excesivo.
Salvo error u omisión, tras la resolución de la Directora General de Justicia de Aragón, son 254 personas pertenecientes a los Cuerpos al Servicio de la Administración de Justicia quienes tienen que desplazarse a diario a sus centros de trabajo para la prestación de los servicios esenciales, lo que supone aproximadamente el 20 % de su personal, cuando resulta obvio que las diligencias a practicar relativas a los servicios declarados esenciales no suponen ni de lejos el 10 % de las diligencias que se practican a diario por los Juzgados y Tribunales. De hecho, el propio Ministerio de Justicia ha establecido esta misma semana una nueva posibilidad de reducir el personal que cubra los servicios esenciales, con un límite mínimo de un 10 % de la plantilla.
La inmensa mayoría de plazos procesales y señalamientos están suspendidos y el CGPJ rechaza la posibilidad de presentación de escritos por los profesionales distintos de las materias declaradas servicios esenciales, por lo que no procede la tramitación de otros asuntos. Cada desplazamiento de un funcionario o funcionaria de Aragón para trabajar de forma presencial en la Oficina Judicial, Fiscal o Registro Civil supone un riesgo de contagio para dicha persona, para sus compañeros y compañeras, y para su familia. La existencia de alrededor de 3.000 escritos pendientes de aceptar, que arguye la Directora General para obligar a la gente a ir a trabajar, no justifica el mantenimiento de plantillas presenciales establecidas en la resolución de ayer 23 de marzo, pues precisamente uno de los objetivos del establecimiento de los llamados servicios esenciales es evitar el desplazamiento del Jueces, Fiscales, LAJ y personal de la Administración de Justicia a sus centros de trabajo para cualquier diligencia que no se encuadre dentro de dichos servicios esenciales. La Directora General, de forma poco responsable, antepone llevar el trabajo al día a la salud del personal de la Administración de Justicia y de sus familias.
Por todo ello CCOO ha solicitado la modificación de la Resolución de 23 de marzo, su complemento y la adopción de otras medidas, en los siguientes términos:
1º. Dotación de los servicios declarados esenciales.
CCOO solicita la modificación de las dotaciones de los servicios esenciales, en la siguiente forma:
· En la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia: el o la Auxilio debe ser compartido con el de las Salas y Secciones del TSJA, de forma que haya un Auxilio para todas las Salas y Secciones del TSJA compartido con el de dicha Secretaría de Gobierno.
· La dotación de las Audiencias Provinciales de Huesca y Teruel debería ser 1 Gestor/a o 1 Tramitador/a, y 1 Auxilio.
· La dotación de la Audiencia Provincial de Zaragoza debería ser, con independencia de si se trata de Secciones Civiles o Penales, 1 Gestor/a o 1 Tramitador/a por Sección; y 1 Auxilio para toda la Audiencia Provincial de Zaragoza.
· La Gestora de la Oficina de atención a la víctima de Zaragoza debería trabajar en régimen de disponibilidad, a requerimiento del Decanato de Zaragoza para los supuestos que fuese preciso en materia de Violencia sobre la Mujer.
· Los y las Auxilios del Decanato de Zaragoza deberían entrar en la rotación de Decanato de Zaragoza (1 Gestor y 1 Tramitador), de forma que el servicio se prestarse por 2 funcionarios o funcionarias de los Cuerpos de Gestión, Tramitación o Auxilio, debiendo haber siempre al menos 1 de los dos primeros cuerpos.
· Los y las Auxilios de los Decanatos de Huesca y Teruel deberían entrar en la rotación de dichos Decanatos, sin que ello suponga incremento de la dotación que realiza el servicio esencial.
· Los y las Auxilios de los Juzgados de Menores de Huesca y Teruel deberían rotar con el personal de dichos Juzgados de Menores, no con los auxilios de las otras jurisdicciones.
· La plantilla de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza que no realice juicios rápidos ni órdenes de protección debería ser de un funcionario o funcionaria de Gestión Procesal y Administrativa o de Tramitación Procesal y Administrativa, al igual que en los Juzgados de Instrucción.
· La dotación de plantilla del Juzgado de Primera Instancia numero 12 de Zaragoza debería sumarse a la dotación de Plantilla del mal llamado 12-Bis, de tal forma que se haga entre todos un solo turno rotatorio compuesto por 1 persona de Gestión o de Tramitación. Las llamadas al 12-BIS puede configurarse el teléfono para que se desvíen y reciban en el numero 12, o viceversa
· Se debe proceder a reducir la dotación de la Fiscalía de Zaragoza, Huesca y Teruel a fin de que no sea superior al 10 % que establece el Ministerio con carácter general (3 personas, redondeando al alza en Zaragoza; 1 Gestor/a o Tramitador/a en Huesca y en Teruel)
· La prestación del servicio en las Adscripciones de Fiscalía de Alcañiz y Calatayud debe ser en régimen de disponibilidad.
· La prestación del servicio en los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de las localidades que no sean capitales de provincia debe ser, en las poblaciones en que sólo haya un Juzgado, de 1 Gestor/a, 1 Tramitador/a o 1 Auxilio. La guardia debería prestarse en régimen de disponibilidad inmediata, no presencial. Se asegurará en todo caso la expedición diaria de licencias de enterramiento y se establecerá un horario de dos días a la semana para registro de nacimientos, con un funcionario o funcionaria asignado al Registro civil de la localidad.
· La prestación del servicio en los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de las localidades que no sean capitales de provincia en que haya más de un Juzgado debería ser un Tramitador/a o Gestor/a por Juzgado, y 1 Auxilio para los dos. La guardia debería prestarse en régimen de disponibilidad inmediata, no presencial. Se asegurará en todo caso la expedición diaria de licencias de enterramiento y se establecerá un horario de dos días a la semana para registro de nacimientos, con un funcionario o funcionaria asignado al Registro civil de la localidad.
· La prestación del servicio en las Agrupaciones de Juzgados de Paz, excepto Utebo, Centro Penitenciario de Zuera, Sabiñánigo y Cuarte de Huerva, debería ser en régimen de disponibilidad.
2º.- Régimen de trabajo
CCOO solicita que, excepto las actuaciones de Registro Civil, Juzgado de Guardia y Juzgado de Violencia, la tramitación de todo tipo de procedimientos se pueda realizar en el programa Avantius de forma telemática, desde los domicilios del personal de la Administración de Justicia de Aragón, al igual que realizan Jueces y Fiscales, siguiendo al efecto las recomendaciones y directrices del Ministerio de Sanidad y Consumo, del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Aragón.
3º.- Exclusión de personas de los turnos de trabajo presenciales
CCOO solicita que se modifique la resolución de 23 de marzo, a fin de que recoja de forma expresa la posibilidad de exclusión de los y las mayores de 60 años, a solicitud de dichas personas, por estar incluidos entre los grupos con mayor riesgo de desarrollar enfermedad grave por COVID establecidos en el Informe del Ministerio de Sanidad de 17 de marzo.
CCOO solicita que al efecto se habilite un procedimiento para la exclusión de las personas con patologías, embarazo o lactancia que no implique la solicitud de la baja médica, bastando con la acreditación documental de la patología, embarazo, lactancia o edad y la comunicación a los y las responsables funcionales. Los servicios médicos están saturados y estas personas no se encuentran en situación de incapacidad laboral que les impida normalmente el desempeño de su función, por lo que no deben precisar para su exclusión la baja médica.
4º.- Medidas de protección
CCOO solicita que sean de directa aplicación e inmediata en Aragón todas las medidas y recomendaciones establecidas en la Resolución del Ministro de Justicia sobre Seguridad Laboral de la Administración de Justicia durante la pandemia Covid-19.
CCOO solicita la colocación inmediata de mamparas fijas o provisionales en todos los mostradores de atención al público de los Juzgados de Guardia, Violencia sobre la Mujer, así como en los Registros Civiles, para evitar interactuaciones con el público y posibles salpicaduras por tos o estornudos involuntarios, sustituyendo a los plásticos colocados de forma provisional la semana pasada.
Se debe proveer con carácter urgente al personal que atiende dichos servicios de geles de base alcohólica, guantes y mascarillas, para que si lo desean puedan utilizarlos. Dado que se desconoce si la persona que se atiende es o no portadora del coronavirus, la DGA debe proporcionar los medios para que el personal de Justicia pueda prevenir cualquier tipo de contagio.
Se debe proveer con mascarillas, de forma urgente, a los Juzgados Mixtos cuyas salas de vistas son reducidas y no es posible mantener la distancia de seguridad.
CCOO ha requerido a la Dirección General de Justicia de Aragón respuesta a los requerimientos contenidos en la carta antes del jueves 26 de marzo.