Comunicado de CCOO sobre el cumplimiento de los servicios esenciales en justicia


27 mar 2020



EL SECTOR DE JUSTICIA DE CCOO SEGUIMOS PRESIONANDO AL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA QUE ESTABLEZCA LA DISPONIBILIDAD COMO NORMA GENERAL Y PARA QUE SE INCREMENTEN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR LOS RIESGOS, COMO EL CIERRE DIRECTO DE LOS CENTROS DE TRABAJO EN LOS CASOS DE CONTAGIOS O SINTOMATOLOGÍA GRAVE, ASÍ COMO TEST RÁPIDOS DE URGENCIA PARA QUIENES ATIENDEN LOS SERVICIOS ESENCIALES

MIENTRAS TANTO RECORDAMOS QUE SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO LAS ÓRDENES QUE REGULAN EL PERSONAL QUE DEBE ATENDER LOS SERVICIOS (A PESAR DE QUE CCOO DISCREPA PROFUNDAMENTE Y ASÍ LO HEMOS DENUNCIADO)

Abandonar el servicio cuando la norma obliga a la permanencia o no atender a la disponibilidad en los casos de servicios esenciales así regulados, incluso con permiso de la persona responsable del órgano, podría acarrear graves consecuencias

CCOO, a pesar de que discrepamos profundamente con la mayoría de los “servicios mínimos” establecidos, recomienda al personal de justicia su cumplimiento estricto y que las autorizaciones para ausentarse en los casos de permanencia obligatoria se dispongan por escrito.

En el caso de que alguno de los servicios esenciales fijados quede desatendido (podría darse el caso de que así lo denuncie alguna persona usuaria o su abogado/a) y el personal obligado a ello no se encuentre en su puesto de trabajo, podría acarrear gravísimas consecuencias disciplinarias e incluso de carácter penal.

Si el/la responsable del órgano considera inútil o que eleva el riesgo de contagio la permanencia cuando no hay o no se prevén diligencias que practicar de servicios esenciales debe ponerlo en conocimiento del TSJ o Fiscalía Territorial respectivos y de los órganos del Ministerio o CCAA encargados de la gestión de personal, para que, en su caso, adopten las resoluciones que correspondan.

En este enlace recogemos las resoluciones dictadas en algunos territorios tras la del Ministerio de 23 de marzo que fija los criterios para el cálculo del personal de servicios mínimos. DONDE NO SE HAN DICTADO ESTAS RESOLUCIONES POSTERIORES A LA DEL MINISTERIO ESTÁN VIGENTES Y SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO LAS DICTADAS CON ANTERIORIDAD.

RESOLUCIONES DE SERVICIOS MÍNIMOS DE ALGUNOS TERRITORIOS


Y RECUERDA:

LAS DELEGADAS Y LOS DELEGADOS DE CCOO DE JUSTICIA ESTAMOS A VUESTRA DISPOSICIÓN LAS 24 HORAS DEL DÍA. PONTE EN CONTACTO CON NOSOTROS/AS ANTE CUALQUIER ORDEN SUPERIOR QUE CONSIDERES EXCESIVA, CARENCIAS DE MEDIDAS PREVENTIVAS O CUALQUIER PROBLEMA EN TU CENTRO DE TRABAJO QUE ESTIMES QUE PONE EN RIESGO TU SALUD O LA DE LA CIUDADANÍA EN GENERAL

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