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Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales


15 ene 2021



Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos

EL MINISTERIO DE JUSTICIA NOS DA TRASLADO DEL BORRADOR DE RESOLUCIÓN PARA ESTA SEGUNDA FASE Y NOS DA UN PLAZO DE UNAS POCAS HORAS PARA ALEGACIONES

CCOO y el resto de sindicatos hemos solicitado de forma conjunta la convocatoria inmediata de la mesa de negociación


A las 14.29 horas del día de hoy hemos recibido por correo electrónico un documento sobre la segunda fase del plan de actuación de la Disposición Adicional decimonovena del RDL 11/2020 de 31 de marzo con la petición de que se realizaran observaciones y, en su caso, negociación hasta última hora de la tarde

Lo regulado en este borrador afecta a las condiciones de trabajo del personal, por lo que debe ser objeto de negociación colectiva

Solicitamos por ello de forma conjunta con CSIF, STAJ y UGT la convocatoria de la Mesa de Negociación del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en los términos recogidos en el Estatuto Básico del Empleado Público y otras disposiciones legales de aplicación. No existe ninguna disposición legal que regule el derecho a la negociación colectiva que permita una negociación consistente en la remisión de un borrador para alegaciones en un plazo de pocas horas, como se hace en este caso

Para dicha negociación el Ministerio tiene que remitirnos la información que CCOO le ha solicitado en reiteradas ocasiones: 

- Datos de carga de trabajo de todos los órganos judiciales de las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y de la especialidad mercantil para determinar en qué órganos deben establecerse estos planes de actuación

- Órganos judiciales en los que se implementaron planes de actuación en la Fase I, separando los planes de autorrefuerzo y los de refuerzo externo y evolución de las cargas de trabajo de los mismos desde que dicha fase entró en vigor

- Retribuciones abonadas al personal de los cuerpos generales y de LAJ que han participado en la Fase I, con expresión del cuerpo y órgano afectado

En caso de que la negociación colectiva de este asunto no se atenga a lo establecido legalmente nos reservamos el derecho al ejercicio de las acciones correspondientes que estimemos oportunas. 

EL BORRADOR QUE NOS HA REMITIDO EL MINISTERIO PUEDE VERSE EN ESTE ENLACE
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El Ministerio de Justicia acepta algunas propuestas de CCOO sobre el teletrabajo que son todavía insuficientes


10 dic 2020



Segunda reunión de la Mesa Sectorial para la negociación del teletrabajo

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA VERBALMENTE QUE ACEPTA ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS DE CCOO Y OTROS SINDICATOS  Y QUE LA SEMANA PRÓXIMA NOS REMITIRÁ UN NUEVO TEXTO DE LA RESOLUCIÓN CON LA INCORPORACIÓN DE ESAS PROPUESTAS ACEPTADAS

 

Las negociaciones continuarán en el mes de Enero próximo y CCOO hemos insistido en que no haya arbitrariedades, discrecionalidad ni unilateralidad en las autorizaciones de teletrabajo, que se incremente la participación sindical en toma de decisiones, que la administración facilite los medios y su mantenimiento, que extreme la vigilancia de la salud laboral, que todas las administraciones con competencias estén obligadas a implantar el teletrabajo, que se extienda al personal laboral, que se garantice la formación profesional dentro de la jornada laboral y que se eleve el porcentaje de la plantilla que podrá teletrabajar en cada centro

 

En la mañana del día de hoy se ha producido una nueva reunión de la Mesa Sectorial para continuar la negociación del teletrabajo. A pesar de que habíamos enviado nuestras propuestas de modificación del borrador inicial con mucha antelación (ver hoja informativa de CCOO del pasado 1 de diciembre), el Ministerio no ha aportado ningún nuevo documento escrito incorporando las propuestas sindicales a las que ha hecho una referencia somera que se ha comprometido a plasmar por escrito


Aunque comprobaremos lo que se ha aceptado cuando se nos facilite el nuevo documento, de las explicaciones verbales recibidas no deducimos suficientes avances que nos permitan todavía llegar a ningún acuerdo, siendo las principales novedades anunciadas en relación con las propuestas de CCOO las siguientes:

  • Se elimina la referencia a la posibilidad de efectuar trabajos de otro centro distinto a aquél en el que se está destinado
  • Se podrá mejorar esta resolución a través de la negociación colectiva en los distintos ámbitos competenciales territoriales
  • Se evaluará el impacto de género periódicamente
  • Podrán sucederse varias prórrogas anuales sucesivas en las autorizaciones
  • Se garantiza la negociación con los sindicatos de los derechos colectivos
  • Se elimina la obligatoriedad de informe del “Fiscal Jefe Provincial, Secretario Coordinador Provincial o Director del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses” que inicialmente se pretendía exigir además del de la persona responsable funcional del centro de trabajo
  • Se acepta la realización de alegaciones por quien solicite el teletrabajo y no obtenga informe favorable de su responsable funcional antes de la resolución definitiva
  • Se acepta la inclusión de los requisitos de salud laboral que debe cumplir el puesto de trabajo
  • Habrá una referencia genérica al obligado cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
  • Se establecerá una comisión de seguimiento Ministerio-Sindicatos dependiente de la Mesa Sectorial

CCOO hemos reclamado también la corrección del lenguaje de la resolución para el mismo sea inclusivo y no discriminatorio hacia las mujeres trabajadoras, propuesta que ha sido aceptada

La Directora General para el Servicio Público de Justicia, que tiene la última palabra en la toma de decisiones sobre este tema ha manifestado su imposibilidad justificada de asistir a esta reunión, por lo que no ha sido posible conseguir nuevos avances en las propuestas de CCOO verbalmente rechazadas

Quedamos, por tanto, a la espera del nuevo borrador de resolución y seguiremos trabajando para avanzar en nuestras propuestas en las que seguiremos defendiendo:
  • Que la autoridad competente para la concesión o denegación del teletrabajo sea siempre la administración; las personas responsables funcionales de las oficinas se limitarán a la emisión de informes, que no serán vinculantes y traslado de las solicitudes
  • Que todo lo relacionado con las autorizaciones de teletrabajo, extinción de las mismas, ampliación de los tres días semanales para trabajar, modificaciones de jornada, etc., sea negociado con las organizaciones sindicales
  • Que se remitan al Comité de Seguridad y Salud y personas delegadas de prevención los cuestionarios de evaluación de riesgos laborales y se cumpla la totalidad de la Ley en materia de prevención
  • Que la administración acepte la obligatoriedad de dotar al personal de un ordenador personal, un terminal y un número de telefonía móvil, un teclado y ratón independientes, un reposamuñecas, un portadocumentos y el material de oficina necesario. Asimismo se proveerá de una silla ergonómica y de un reposapiés a quien así lo solicite
  • Que se garantice un servicio técnico de apoyo con número de teléfono gratuito
  • Que se abone una gratificación de 20 euros mensuales para sufragar el aumento de los gastos de electricidad, internet, adaptación del mobiliario, etc
  • Que se garantice la formación obligatoria y siempre dentro de la jornada laboral para el óptimo uso de los medios telemáticos y para otros aspectos muy importantes como la prevención de riesgos o la protección de datos de carácter personal
  • Que se establezca un plazo determinado para que todas las administraciones cumplan con su obligación legal de dotar a todos los órganos, oficinas judiciales y fiscalías de los medios e instrumentos electrónicos y de los sistemas de información necesarios y suficientes para poder desarrollar su función eficientemente, y a que estos sistemas sean plenamente accesibles a través del teletrabajo
  • Que no se discrimine al personal teletrabajador respecto al personal presencial y viceversa, respetándose en ambos casos la totalidad de derechos y las mismas obligaciones
  • Que la regulación del teletrabajo del personal funcionario se extienda de forma negociada al personal laboral colaborador de la Administración de Justicia
  • Que el porcentaje de personas que puedan teletrabajar en un mismo centro se amplíe del 30 al 40% en todas las oficinas y servicios
  • Que se garantice el derecho a la desconexión digital

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El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


28 nov 2020



El Ministerio de Justicia convoca reunión sobre el teletrabajo y sobre lo que denomina criterios de ampliación del período de disfrute de permisos y vacaciones de 2020


Este es el orden del día de la convocatoria para el martes, 1 de diciembre, remitido por el Ministerio de Justicia:

Os convocamos a la reunión de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia para el próximo martes 1 de diciembre a las 11,00 por videoconferencia (los datos de enlace se enviarán el lunes)

Orden del día:

1. Borrador de resolución por la que se regula la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo en la Administración de Justicia

2. Ámbito no transferido: Criterios de ampliación del periodo de disfrute de las vacaciones y permisos por asuntos particulares para 2020

3. Ámbito no transferido: Modificación de las RPTs de las Oficinas Judiciales de Cuenca y Murcia, como consecuencia de la entrada en funcionamiento el 31 de diciembre de 2020 del Juzgado de lo Social nº 2 de Cuenca y del Juzgado de lo Mercantil nº3 de Murcia

4. Ruegos y preguntas

Un cordial saludo

Subd. Gral. de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de Justicia

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CCOO reitera al Ministerio de Justicia que apruebe ya que las vacaciones y permisos de 2020 pendientes puedan disfrutarse hasta, al menos, el 31 de marzo de 2021


25 nov 2020



El Ministerio de Política Territorial y Función Pública cambia de criterio ante la presión de CCOO en todos los ámbitos de la Administración y autoriza a los departamentos la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos hasta marzo de 2021 

CCOO REITERA LA NECESIDAD DE QUE EL MINISTERIO DE JUSTICIA APRUEBE QUE LAS VACACIONES Y PERMISOS DE 2020 PENDIENTES PUEDAN DISFRUTARSE HASTA, AL MENOS, EL 31 DE MARZO DE 2021

CCOO se ha vuelto a dirigir al Ministerio de Justicia solicitando de nuevo la ampliación de las vacaciones y permisos de 2020 hasta al menos el 31 de marzo de 2021, pues con el cambio de posición de Función Pública ya no tiene excusas. Esta es el texto literal de la carta que hemos enviado:

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO Y PROMOCIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid a 25 de noviembre de 2020

Como sabe el Ministerio de Justicia en general, y esa Subdirección General en particular, CCOO viene demandando desde hace meses, y de forma reiterada cada poco tiempo, que se apruebe una norma que permita a todo el personal de la Administración de Justicia el disfrute de sus vacaciones y días de asuntos particulares correspondientes a 2020, hasta el día 31 de marzo de 2021

Esta petición tiene su fundamento, como hemos venido reclamando, en dos premisas:

- La necesidad de que durante los meses de diciembre y enero próximos el servicio público pueda estar atendido en las mejores condiciones, dado el altísimo número de personal que aún disponen de numerosos días pendientes de disfrutar, por la situación especial derivada de la pandemia, que ha obligado a numerosas personas, personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia, a no poder disfrutar sus días de permiso en condiciones normales, pues han sido, y durante largos períodos, las CCAA que han tenido su ámbito territorial cerrado ante el crecimiento de los casos por Covid 19

- La situación absolutamente excepcional para todo el personal (tanto personal funcionario como laboral) producida en 2020, que ha impedido disfrutar de la forma ordinaria sus vacaciones y permisos a cientos de compañeros y compañeras, al no poder desplazarse por el estado de la pandemia, teniendo en muchos casos que permanecer en sus localidades, e incluso en sus barrios, por el cierre realizado por las CCAA

Esa Subdirección siempre nos ha contestado con la negativa a aceptar nuestra propuesta, alegando que Función Pública no lo permitía. Si bien esta respuesta no nos satisfacía, y así lo expresamos una y otra vez, pues entendemos que el Ministerio de Justicia debía adoptar la medida solicitada por CCOO, en defensa del interés ciudadano y de los derechos de las y los trabajadores.

Pues bien, ahora la Subdirección de Relaciones Laborales del Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha emitido esta nota, dirigida a las organizaciones sindicales representativas de la Administración General del Estado en los términos siguientes:

“La Comisión Superior de Personal, en atención a las especiales circunstancias acaecidas durante este año

ACUERDA:

Que la fecha máxima para el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 es, como regla general,  el  31 de enero de 2021,  de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 9.3 de la  Resolución de 28 de febrero de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos

Que no obstante lo anterior y de forma absolutamente excepcional,  las Subsecretarías de cada Ministerio, en el ámbito de sus competencias,  previa comunicación a la Secretaria de Estado de Política Territorial y Función Pública,  podrán autorizar el disfrute de las vacaciones correspondientes a 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellas unidades que,  de no hacerlo y  dada su naturaleza y funciones suponga un riesgo cierto  o incluso colapso de la  prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2021

Que Igualmente, podrá autorizarse el disfrute de las vacaciones hasta el 31 de marzo de 2021 en aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2020 que hayan sido denegadas expresamente cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en las necesidades del servicio para su correcta prestación.”

Un saludo

Subdirección General de Relaciones Laborales

Sin perjuicio de que para CCOO esta medida es absolutamente insuficiente, y así lo hemos trasladado a Función Pública, pues consideramos que es necesario autorizar este disfrute con carácter general, sin limitaciones subjetivas que quedan a elección de cada organismo, desde el Sector de la Administración de Justicia de CCOO demandamos de nuevo, dado que el argumento del Ministerio de Justicia para no aceptar nuestra reclamación ha sido siempre la negativa de Función Pública, negativa que ya no existe:

La extensión, al menos, hasta el 31 de marzo de 2021, del disfrute de las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2020 a todo el personal funcionario y laboral de la Administración de Justicia


CCOO se dirigirá de inmediato también a todas las CCAA con competencias que no hayan aún autorizado la ampliación del disfrute de vacaciones y permisos de 2020, al menos hasta marzo de 2021 (alguna CCAA ya ha ampliado este disfrute más allá del mes de marzo de 2021), para que lo hagan y de forma inmediata

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CCOO defiende el ejercicio de la Abogacía y Procura por el personal de Gestión con titulación en Derecho sin necesidad de exámenes ni prácticas


19 nov 2020



Enmienda de CCOO al Proyecto de Ley de Acceso al ejercicio de la abogacía y procura

CCOO PROPONE A LOS GRUPOS POLÍTICOS DEL CONGRESO Y AL MINISTERIO DE JUSTICIA QUE EL PERSONAL DEL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA QUE POSEA LOS TÍTULOS DE LICENCIATURA O GRADO EN DERECHO ESTÉ EXENTO DE LA REALIZACIÓN DE PRUEBAS DE ACCESO Y PRÁCTICAS PARA EJERCER LA ABOGACÍA O COMO PROCURADOR/A

Otros colectivos funcionariales del grupo A ya están exentos de estas pruebas y prácticas y consideramos que tanto el contenido de las pruebas de acceso del proceso selectivo al cuerpo de Gestión como sus funciones y experiencia les faculta para el ejercicio de estas profesiones, igual que ocurre con otros cuerpos funcionariales

Se está tramitando en el Congreso el Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y otras disposiciones

CCOO ha solicitado la modificación del punto 2 de la Disposición Adicional Tercera de dicha ley, cuyo texto actual es el siguiente:

Los funcionarios públicos que hayan accedido a un cuerpo o escala del grupo A en su condición de licenciados en Derecho estarán exceptuados de obtener el título de abogado o el título de procurador de los tribunales a los efectos descritos en el artículo 1 de esta ley, siempre que desempeñen funciones de asistencia letrada o asesoramiento jurídico. También estarán exceptuados quienes hayan ingresado en el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, en alguno de los cuerpos de letrados de las asambleas legislativas autonómicas, en la Carrera Judicial, en la Carrera Fiscal, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, o en alguno de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas en su condición de licenciados en Derecho

Hemos solicitado que se apruebe en el Congreso un añadido a este texto que recoja que asimismo queda exceptuado el personal del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que esté en posesión del título de licenciatura o de grado en Derecho

Las titulaciones exigidas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa son el título de Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente

El Cuerpo de Gestión pertenece al grupo A (subgrupo A-2) según lo establecido en el art. 76, en concordancia con la disposición transitoria tercera del Estatuto Básico del Empleado Público

A juicio de CCOO, quién está en posesión del título de licenciatura o grado en derecho (ya cumpliría así el requisito de titulación para ejercicio de la profesión de abogado/a o procurador/a) y pertenece al cuerpo de Gestión no solo dispone de los conocimientos teóricos exigidos en los estudios universitarios, sino que además ha mostrado, para la superación de las pruebas de acceso al cuerpo, un conocimiento específico del derecho, especialmente procesal pero también sustantivo, como puede demostrarse con el programa y temario exigido en la convocatoria de los procesos selectivos

El personal funcionario del cuerpo de Gestión tiene como función fundamental “colaborar en la actividad procesal de nivel superior”, tal y como se recoge en el art. 476.1 de la LOPJ, lo que es una muestra más de su cualificación práctica para el ejercicio de la abogacía y la procura. En el punto 2 del mismo artículo se dispone, además, que podrán ser nombrados Letrados de la Administración de Justicia sustitutos, siempre que reúnan los requisitos de titulación, lo que es una muestra más de su cualificación técnica teórica y práctica

En conclusión, la disposición adicional tercera, apartado 2, de la Ley de Acceso que se pretende enmendar, introduce excepciones a la necesidad de obtener el nuevo título profesional de abogado/a o procurador/a que afecta a funcionarios/as públicos/as y, dada su especial cualificación técnico-jurídica, tanto en el ámbito teórico como en el práctico, entendemos que entre estas excepciones debe reconocerse expresamente al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que esté en posesión de los títulos habilitantes de licenciatura o grado en derecho

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CCOO exige por escrito al Ministerio de Justicia modificaciones en el Proyecto de Ley de PGE 2021


13 nov 2020


 


CCOO SOLICITA POR ESCRITO AL MINISTERIO EL APOYO A LAS ENMIENDAS QUE HEMOS PRESENTADO, PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

CCOO solicita al Secretario de Estado que desde el Ministerio de Justicia se trabaje activamente con el Gobierno, con el Ministerio de Hacienda y con los grupos parlamentarios (especialmente el Grupo Socialista y el de Unidas Podemos que sustentan al gobierno) para que se aprueben las enmiendas que hemos presentado

En el escrito presentado (que puede verse en este enlace) hemos trasladado al Secretario de Estado de Justicia las enmiendas que en materia del personal de la Administración de Justicia hemos propuesto a los Grupos Políticos del Congreso y la necesidad de mejorar las sedes y edificios:

- Autorización del gasto que permita la negociación de la Carrera Profesional

- Pago de los fondos adicionales del ámbito no transferido a quienes menos cobran dependiendo de la localidad en que están destinados y a quienes hacen funciones adicionales y no perciben retribución suficiente por ello, como el personal de Gestión de los Juzgados de Paz y Agrupaciones con funciones de secretaría

- Autorización del gasto que permita el incremento del Complemento Específico en el ámbito no transferido

- Reconocimiento sin necesidad de reclamación judicial de los períodos efectivamente trabajados y que no constan como cotizados a la Seguridad Social

- Dotación presupuestaria para el nuevo edificio del INTyCF de Sevilla

El Ministerio de Justicia tiene que demostrar su voluntad real de querer negociar el incremento del Complemento Específico en el ámbito del personal no transferido y desarrollar el derecho y el complemento de Carrera Profesional para todo el personal de Justicia

Hasta la fecha, según las propias manifestaciones de la representación de ese ministerio en las mesas de negociación ante las demandas sindicales en este sentido, se reconocían como justas y necesarias estas reivindicaciones que, según se decía, no podían negociarse por falta de autorización de Hacienda. Ahora es el momento de que el Ministerio de Justicia apueste por sus trabajadores y trabajadoras apoyando las modificaciones presupuestarias necesarias que hemos propuesto desde CCOO y que permitan acometer esta negociación y alcanzar un acuerdo satisfactorio para todo el personal, para la administración y, lo que es más importante, para el servicio público

El Ministerio de Justicia, ante la ausencia de acuerdo en la mesa de negociación, tiene que decidir el destino de los fondos adicionales de 2018, 2019 y 2020 y abonarlos a quienes finalmente se asignen

Aceptar la propuesta que formulamos desde CCOO para el ámbito no transferido no es más que un acto de coherencia, ya que es el mismo concepto (reducir las diferencias retributivas de los grupos de población) que han decidido para el pago de estos mismos fondos adicionales al personal de las carreras judicial y fiscal 

El Ministerio de Justicia está en la obligación de solucionar de una vez por todas la falta de reconocimiento por la Seguridad Social de períodos de tiempo trabajados y no cotizados

Cumplir los Acuerdos es una obligación de las partes en la negociación colectiva. Inexplicablemente sigue el Ministerio de Justicia sin dar cumplimiento a parte del acuerdo firmado con las organizaciones sindicales el 18 de diciembre de 2015 habiendo transcurrido casi cinco años desde su firma. Fruto de ese incumplimiento un colectivo numéricamente significativo de funcionarios y funcionarias de Justicia próximos/as a su jubilación se ven o se han visto obligados a acudir a los tribunales de Justicia a reclamar el reconocimiento de periodos de tiempo trabajados de forma efectiva y que por diversas causas no constan como cotizados a la Seguridad Social. No sería entendible ni aceptable que no se aceptase nuestra propuesta en este sentido para el reconocimiento definitivo de estos periodos de cotización

CCOO también ha solicitado la dotación presupuestaria para construcción de un nuevo edifico para el Instituto Nacional de Toxicología de Sevilla

Dignificar los servicios públicos incluye la dotación de sedes dignas y que cumplan los requisitos exigibles para el desarrollo del trabajo que se les tiene encomendado. La situación del edificio del INTyCF del departamento de Sevilla es una absoluta vergüenza desde hace años y ya no caben excusas para demorar la construcción del nuevo edificio que albergue en condiciones a este importantísimo servicio público del ámbito de nuestra Administración de Justicia

Y recordamos que, con carácter general, más allá del ámbito estricto de la Administración de Justicia, también desde CCOO hemos propuesto para el conjunto del sector público enmiendas para

1.- Que se incrementen los haberes reguladores para el cálculo de las pensiones de clases pasivas para equipararlas paulatinamente a las que se perciben en régimen general de la seguridad social, muy superiores en los grupos de titulación A-2, C-1 y C-2 (Gestión, Tramitación, Auxilio, TEL y Auxiliares de la Laboratorio ingresados con anterioridad a 2011 en nuestro ámbito)

2.- Que se permita la convocatoria de Ofertas de Empleo Público con un número de plazas que no esté vinculado a la tasa de reposición y sí a las vacantes existentes y a las que previsiblemente vayan a producirse, reduciendo de forma obligatoria la temporalidad a un máximo del 8% y con sanciones para la administración que no lo cumpla

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El proyecto de organización judicial del Ministerio de Justicia (Tribunales de Instancia, Oficinas Municipales y Oficinas Judiciales) está en fase de consulta pública


11 nov 2020


 


EL MINISTERIO DE JUSTICIA SOMETE A CONSULTA PÚBLICA SU FUTURO ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EFICIENCIA ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA

 

Tras su estudio detallado y tras consultar con los y las trabajadoras de la Administración de Justicia, CCOO plantearemos en este período de consulta pública, que finaliza el 25 de noviembre, nuestras propuestas en defensa de un servicio público con más medios materiales y personales, cercano a la ciudadanía y sin discriminaciones hacia ningún territorio o colectivo, y en el que tienen que mejorarse las condiciones de trabajo del personal garantizándose que no habrá rebajas retributivas por ningún concepto, que no habrá procesos de movilidad forzosa y que no habrá tampoco reducción del número de puestos de trabajo

Quién así lo considere, puede hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en un cuestionario, hasta el día 25 de noviembre de 2020, a través del siguiente buzón de correo electrónico: consulta.aploeficienciaorg@mjusticia.es

Las principales reformas organizativas que se proponen son:

· La implantación de los Tribunales de Instancia que supondría la supresión del Juzgado como órgano unipersonal y la creación de un órgano colegiado, en cuanto a su organización, en el que se integrarían todos los jueces del partido judicial

· La implantación definitiva en todo el territorio nacional de las Oficinas Judiciales

· La creación de las Oficinas de Justicia en los municipios con el objetivo de que puedan sustituir a los Juzgados de Paz y en las que se potenciarían, entre otros, los servicios de mediación o solución alternativa de los conflictos; se les dotaría de instrumentos tecnológicos para desarrollar la justicia digital en todos los territorios mediante videoconferencias, consultas y tramitación de expedientes judiciales, registro civil, apoderamientos apud acta, etc.

TRIBUNALES DE INSTANCIA


Según el texto por el que se somete a consulta ciudadana este Anteproyecto de Ley (puede verse en este enlace) los objetivos específicos que se persiguen a través de esta iniciativa con la posible creación de los Tribunales de Instancia son los siguientes:

a) Facilitar fórmulas de gestión y organización más eficientes, entre ellas el establecimiento de criterios comunes entre los miembros del Tribunal, lo que potencia la seguridad jurídica derivada de la previsibilidad no sólo de las resoluciones judiciales, sino de la igual forma de tramitación de todos los asuntos, con positiva repercusión en el sistema económico

b) Mejorar la respuesta de los órganos judiciales, eliminando las disfunciones generadas por la atribución de la resolución de los litigios en primera instancia a unidades judiciales independientes, que funcionan como compartimientos estancos, pese a dar servicio a la misma población

c) Racionalizar la distribución de efectivos y carga de trabajo de los Tribunales que conocen en primera o única instancia de las materias de los cuatro órdenes jurisdiccionales ordinarios (civil, penal, contencioso-administrativo y social)

d) Reducir los costes derivados de considerar cada unidad judicial como un compartimiento estanco, que debe multiplicar y reproducir un esquema organizativo y de personal automáticamente, sin importar la cantidad y clase de trabajo que cada uno efectivamente soporte, en cada momento dado

e) Aportar un plus de calidad al sistema judicial al ser posible una mayor especialización mediante la creación de secciones especializadas por materias dentro de cada Tribunal de Instancia. La especialización de los juzgadores, en una sociedad cada vez más técnica y compleja, es una demanda generalizada de la sociedad

f) Dotar de mayor flexibilidad a la planta judicial, permitiendo su adaptación a las necesidades reales de cada momento

g) Simplificar el acceso del ciudadano a la Justicia, donde sólo habría un Tribunal y no Juzgados diferentes, mejorando el funcionamiento del primer escalón del sistema jurisdiccional y potenciando con ello la confianza en nuestro sistema de Justicia

OFICINA JUDICIAL


La implantación definitiva del modelo de Oficina Judicial en todo el territorio español se llevaría a cabo, según el Ministerio de Justicia, bajo las siguientes premisas:

a) Retomando el proceso de implantación de la Oficina Judicial en todo el territorio dependiente de este Ministerio, identificando antes aquellos partidos judiciales donde, por sus especiales características, esa implantación podría hacerse a corto plazo

b) Armonizando la implementación de las Oficinas Judiciales con la creación y puesta en funcionamiento de los Tribunales de Instancia, favoreciendo la interrelación entre los cambios organizativos en sus respectivos ámbitos

c) Ofreciendo la colaboración a las Comunidades Autónomas que lo soliciten para, en el ámbito de sus respectivas competencias, darles soporte en la elaboración de los textos normativos o programáticos necesarios para la implantación de las Oficinas en sus territorios

d) Promoviendo que los sistemas de gestión procesal, en el contexto organizativo de la Oficina Judicial, se adapten a las necesidades de digitalización de toda la información y la tramitación a través del expediente judicial electrónico, al tiempo que permitan la comunicación bidireccional (no sólo escrita, sino también audiovisual) con las partes o terceros que tengan interés justificado

OFICINAS MUNICIPALES DE JUSTICIA


Por último, en relación con las Oficinas de Justicia en los municipios, el objetivo específico que se pretendería con su implantación es la evolución de los Juzgados de Paz de todo el territorio español, convirtiéndolos en oficinas donde se presten nuevos y mejores servicios relacionados con la Administración de Justicia a través de una atención personalizada que acerque la Justicia al ciudadano. Ello permitiría, según el Ministerio:

a) Contribuir a mitigar la brecha digital en relación con la población rural y/o la población con mayores dificultades para la realización de trámites a través de Internet (especialmente los mayores y aquellas personas más vulnerables o con dificultades para acceder a las herramientas tecnológicas)

b) Conseguir que los residentes en estos municipios no tuvieran que desplazarse hasta las sedes de los Tribunales de Justicia para la realización de la mayoría de sus gestiones en ellos, tales como las consultas de expedientes, otorgamiento de poderes de representación procesal, asistencia a juicios telemáticos, etc

c) Evitar que los ciudadanos de estos municipios tuvieran que desplazarse a las capitales para realizar gestiones ante la Administración que actualmente tienen que llevar a cabo presencialmente

d) Prestar servicios de mediación o solución alternativa de los conflictos, ya fuera a través del mediador facilitado por la Corporación Local o por institución especializada

e) Facilitar el acceso de los ciudadanos al Registro Civil, dando información sobre su contenido, realización de trámites y obtención de certificados

f) Practicar los actos de comunicación procesal para con la ciudadanía residente en la demarcación territorial

Los párrafos anteriores recogen la propuesta tal y como la formula el Ministerio de Justicia

CCOO estamos preparando nuestras alegaciones a la misma de las que informaremos puntualmente

 No vamos a aceptar que ninguna modificación organizativa afecte negativamente a nuestras condiciones de trabajo

Seguiremos exigiendo la creación de más puestos de trabajo y órganos judiciales y una formación integral del personal para la atención de las modificaciones organizativas y para la implantación de las nuevas tecnologías

Exigiremos un proceso previo de negociación colectiva antes de la aprobación definitiva de esta Ley

QUIEN ESTÉ INTERESADO/A PUEDE HACER LLEGAR SUS PROPUESTAS A LOS/AS DELEGADOS/AS DE CCOO-JUSTICIA DE SU ÁMBITO PROVINCIAL

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CCOO remite a los grupos parlamentarios en el Congreso, y al Ministerio de Justicia, las propuestas de enmiendas a la proposición de Ley de Modificación de la Ley de Registro Civil


3 nov 2020



CCOO remite a los Grupos Parlamentarios en el Congreso y al Ministerio de Justicia sus propuestas de enmiendas (ver en este enlace) a la Proposición de Ley de Modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil

Entre las enmiendas que CCOO presenta, dos imprescindibles: el mantenimiento de los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas del Registro Civil y el establecimiento de Oficinas Generales de Registro Civil en localidades de más de 20.000 habitantes que no sean capitales de Partidos Judiciales

CCOO ha mantenido reuniones con la mayoría de los grupos parlamentarios, y se ha dirigido a la FAMP y Asociaciones de Municipios Autonómicas a fin de trasladarles sus propuestas sobre Registro civil

CCOO presentó la semana pasada a los Grupos Parlamentarios en el Congreso de los Diputados y al Ministerio de Justicia sus propuestas de enmiendas a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011, de Registro Civil, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista a instancias del Ministerio de Justicia, así como al Proyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, que contiene normas que igualmente afectan a la normativa de Registro Civil. Asimismo, ha mantenido en el último mes reuniones con la gran mayoría de grupos parlamentarios en el Congreso de los Diputados, con los que ha compartido sus propuestas en esta materia, y ha dirigido nuevamente a la FAMP y a las asociaciones de municipios autonómicas con igual fin

En estas reuniones y en las propuestas de enmiendas remitidas, CCOO considera que la Proposición de Ley de modificación de la Ley 20/2011 constituye un avance importante respecto de la redacción original de dicha Ley, pues la proposición incluye dos cuestiones que no se incluían en el texto original, que han sido piedra angular de las reclamaciones efectuadas desde hace 10 años por CCOO y que se han conseguido gracias a la presión y movilización del conjunto de los trabajadores y trabajadoras de la Administración de Justicia: que haya una Oficina General de Registro Civil en cada partido judicial; y que sea el personal de la Administración de Justicia el que en exclusiva preste servicio en las Oficinas Generales de Registro civil

Pero más allá de estas importantísimas novedades, CCOO considera que la proposición se queda corta en la reforma necesaria de la Ley 20/2011 para que el Registro Civil siga siendo un servicio público cercano a toda la ciudadanía. Por ello ha presentado un conjunto de enmiendas, algunas al texto de la Proposición de Ley y otras al articulado de la Ley 20/2011, para hacer ello efectivo, siendo las más esenciales las siguientes:

- Mantenimiento de los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas de Registro Civil, con competencia para seguir practicando inscripciones principales, expidiendo certificaciones y recogiendo solicitudes de todo tipo como hasta ahora. El Secretario o Secretaria del Juzgado o Agrupación de Juzgados de Paz debe ser el responsable de dicho Registro Civil delegado

- Establecimiento de Oficinas Generales de Registro Civil en todas las localidades de más de 20.000 habitantes que no sean capitales de partidos judiciales, pudiendo ser su Encargado el de la Oficina General de dicha capital

- Supresión de la posibilidad contenida en la Proposición de Ley de agrupar varios partidos judiciales en una Oficina General

- Establecimiento de la exclusividad de los LAJ para ser Encargados de las Oficinas Generales. Posibilidad de sustitución de los mismos por Gestores Licenciados o con grado en Derecho

- Establecimiento de normas de competencia territorial para resolver y practicar inscripciones, que eviten la elección arbitraria de la Oficina de Registro Civil a la que se pueden dirigir particulares, Notarios, Juzgados y organismos públicos

- Digitalización de los nacimientos desde el año 1920, y matrimonios, defunciones y tutelas desde 1950, de todos los Registros Civiles incluyendo los Consulares, de cara a su incorporación a folio único personal

- Entrada en vigor de la nueva aplicación informática que permita el desarrollo del folio personal a partir del 1 de julio de 2021. Mantenimiento de las competencias actuales de Registros Civiles y Juzgados de Paz hasta la total incorporación de sus inscripciones al folio único personal

- Exclusividad de las Oficinas Generales para resolver los expedientes de matrimonio civil, suprimiendo la posibilidad de que se tramiten en Notarías

- Recuperación de la competencia para instruir las solicitudes de adquisición de nacionalidad española por residencia. En cualquier caso, debe permitirse a los ciudadanos y ciudadanas extranjeras presentar sus solicitudes de adquisición de nacionalidad española a través de las oficinas de Registro Civil

- Modificación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, a fin de que los Encargados de las Oficinas Generales sean los competentes para aprobar el reconocimiento de filiación paterna efectuado por menores de edad dentro del plazo para la inscripción de nacimiento

Al mismo tiempo CCOO ha presentado también al Ministerio de Justicia y Grupos parlamentarios diversas enmiendas (ver en este enlace) al Proyecto de Ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, dado que dicha norma afecta directamente al contenido del Registro Civil y del Código civil en dicha materia. En resumen, se propone:

- La supresión del expediente de autorización para solicitar la nacionalidad española en nombre de hijos menores de 14 años, que debería limitarse a cuando los solicitantes no sean los progenitores del menor, convirtiendo este expediente en uno de Jurisdicción Voluntaria

- La supresión de la indicación de los apoderamientos que incluyen cláusula de subsistencia en caso de incapacidad, ya que el proyecto de Ley modifica el artículo 1732 del Código Civil suprimiendo la extinción del poder por la incapacitación sobrevenida del mandante y manteniendo su vigencia en caso de incapacidad como regla general, por lo que anotar su subsistencia resultaría redundante

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Oferta de comisiones de servicio 04/2020 (Gestión y Tramitación) para la unidad administrativa creada para hacer frente a Covid 19


30 oct 2020



Se ha publicado en la web del Ministerio de Justicia:

OFERTA COMISIONES SERVICIO 04/2020 GESTIÓN Y TRAMITACIÓN 

Oferta en comisión de servicio 04/2020 de puestos de trabajo como consecuencia de la creación mediante la Orden JUS/997/2020, de 21 de octubre, de una Unidad Administrativa en la Administración de Justicia como medida urgente complementaria para hacer frente al Covid-19



POSICIÓN DE CCOO ANTE LA PUBLICACIÓN DE ESTA ORDEN QUE NO HA SIDO NEGOCIADA

Se publica en el BOE de 28 de octubre (Orden creación Unidad Administrativa contra el Covid (BOE 28.10.2020) una orden por la que se crea una Unidad Administrativa en la Administración de Justicia como medida urgente complementaria para hacer frente al COVID-19, dependiente de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia y en la que se aprueba su RPT

 

CCOO RECHAZA LA ORDEN PORQUE HA SIDO PUBLICADA SIN NEGOCIACIÓN ALGUNA, PORQUE TODOS SUS PUESTOS DE TRABAJO SERÁN TEMPORALES, PORQUE SE OTORGARÁN MEDIANTE COMISIONES DE SERVICIO EN LAS QUE LOS CRITERIOS QUEDAN ABIERTOS Y NO GARANTIZAN LA OBJETIVIDAD EN LA ADJUDICACIÓN DE DICHOS PUESTOS

 

LA ORDEN CREA SIETE PLAZAS TEMPORALES DE LAJ, SEIS DE GESTIÓN Y SEIS DE TRAMITACIÓN, Y SU COBERTURA SERÁ MEDIANTE COMISIÓN DE SERVICIO TEMPORAL, CON UNA DURACIÓN HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021 QUE EN DETERMINADAS CIRCUNSTANCIAS PODRÍA SER PRORROGADA

 


RECHAZAMOS ESTA ORDEN:

 

- Porque la orden no ha sido negociada, vulnerando un derecho fundamental

- Porque la orden establece estos empleos de carácter temporal y sin previsión de que formen parte de la plantilla

- Porque el sistema de cobertura, por comisiones de servicio, no garantiza que los criterios respondan al respeto constitucional de igualdad, mérito y capacidad ni a la obligación de publicidad en la cobertura de puestos

- Porque las retribuciones que se determinan ni siquiera garantizan que estén en consonancia con los puestos que se crean

- Porque, además de formar parte de los cuerpos de LAJ, Gestión y Tramitación, los méritos a valorar serán la experiencia en gestión económica y presupuestaria y en gestión de recursos humanos, que implica un grado de formación especializada y conocimientos que no se valoran lo suficiente a efectos retributivos


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CCOO rechaza con la máxima contundencia la OEP 2020 aprobada: por insuficiente, por incumplir los acuerdos suscritos y por vulnerar de nuevo el derecho a la negociación colectiva


28 oct 2020


 


El Gobierno aprueba la OEP 2020 de la Administración de Justicia unilateralmente, sin negociación, sin información siquiera a los sindicatos representativos, en un nuevo desprecio al personal de la Administración de Justicia y a las miles de personas opositoras que esperábamos una oferta mucho mayor, en cumplimiento de los acuerdos suscritos, nuevamente vulnerados

Constituye una nueva violación del derecho a la negociación colectiva, que el ministro de Justicia ha convertido en norma, pues esta forma de actuar se repite desde su toma de posesión

Como ya advirtió CCOO el pasado 20 de octubre, hemos denunciado al ministro de Justicia por la opacidad, falta de transparencia, falta de información y de negociación y por una gestión nefasta de las Ofertas de Empleo Público en la Administración de Justicia (ver nota emitida el 20 de octubre: CCOO denuncia la opacidad, falta de transparencia, negociación y una gestión nefasta de la OEP)

Parecería imposible pero lo ha vuelto a hacer: el ministro de Justicia no ha informado previamente, no ha remitido siquiera, a los sindicatos representativos, los datos de la OEP 2020 para la Administración de Justicia que pretendía aprobar el consejo de ministros de ayer, 27 de octubre, tampoco ha convocado la mesa sectorial, ni él ni su equipo, para dar cuenta de lo que se pretendía aprobar.

El desprecio a la negociación colectiva, la vulneración reiterada de un derecho fundamental se ha convertido en norma para el ministro de Justicia.

Hoy hemos conocido, por una fuente ajena al Ministerio de Justicia, que el consejo de ministros ha aprobado una OEP 2020 para la Administración que, además, incumple los acuerdos suscritos por los sindicatos representativos con el Gobierno por los que se compromete a dejar la tasa de empleo temporal por debajo del 8 %, aunque su compromiso en el Acuerdo suscrito en el ámbito de la Administración de Justicia es más ambicioso aún, debe quedar por debajo del 6 %.Con esta OEP 2020, eso será imposible

Sobre el contenido de la OEP aprobada, nuestro rechazo más rotundo: porque con esta Oferta de Empleo no se va a acabar con el empleo en precario a través de procesos de estabilización y de reposición de todo el empleo perdido, como el Gobierno se comprometió, y de recuperación del empleo necesario en una situación tan grave como la que estamos viviendo en España, con la pandemia. Además, se vuelve a castigar la promoción interna con una oferta que también incumple los acuerdos suscritos

Porque ni siquiera recoge esta OEP lo comprometido en el Acuerdo suscrito por los sindicatos representativos con el Ministerio de Justicia el pasado 4 de diciembre de 2018: debe haber una convocatoria adicional del 30 % de plazas para la promoción interna. CCOO no lo olvida y lo va a exigir y exigir hasta lograr el cumplimiento de este compromiso

Como ya advertíamos en nuestra nota del 20 de octubre:

1.- El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea ha requerido al Estado Español por activa y por pasiva en múltiples sentencias para que todas las plazas estructurales estén ocupadas por personal fijo de carrera, reservándose el nombramiento de personal interino para situaciones de urgencia y necesidad. Esto debería obligar al ministerio a convocar en la OEP, al menos, todas las plazas que se encuentran vacantes de las plantillas y RPTs

2.- El envejecimiento de las plantillas funcionariales, también en Justicia, que provocará un elevadísimo número de jubilaciones en los próximos años, exige una previsión para cubrir la gran cantidad de plazas que quedarán vacantes a medio plazo por este motivo

3.- En 2018 se crearon 5 nuevos juzgados (BOE de 28 de diciembre); en 2019 se crearon 53 nuevos juzgados (BOE de 13 de abril), y el propio Ministro Juan Carlos Campo ha anunciado públicamente la creación de 100 nuevas unidades judiciales, conllevando todo ello un aumento de más de 1000 plazas en los cuerpos generales y de Letrados de la Admón. de Justicia, las cuales no han sido incluidas por ahora en la OEP

4.- Las plazas de promoción interna incluidas en las OEP no generan nuevos empleos para la Administración de Justicia, sino que consolidan el mismo número de plazas vacantes que las convocadas por este sistema, y a ello hay que sumar el personal que supera los procesos selectivos de dos o más cuerpos diferentes, lo que genera que algunas plazas de las convocadas queden sin cubrir de forma efectiva

Con todo ello, no cabe para CCOO otra solución efectiva que no pase por incluir en las OEP de cada año la totalidad de las plazas vacantes, más la previsión de jubilaciones del siguiente ejercicio, más las plazas correspondientes a los órganos de nueva creación y separando de la OEP la convocatoria de la promoción interna

Adjuntamos las plazas que, al parecer, ha aprobado el consejo de ministros en su reunión de ayer, 27 de octubre, pues, como decimos más arriba, no ha sido trasladada a los sindicatos representativos información alguna, por lo que existe un margen de error

CUADRO DE PLAZAS DE LA OEP 2020 DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA QUE, SEGÚN LA INFORMACIÓN DE QUE DISPONEMOS, HA APROBADO EL GOBIERNO EL DÍA 27 DE OCTUBRE DE 2020 (según fuentes ajenas al Gobierno y al Ministerio de Justicia, que no las ha entregado)

ACCESO LIBRE

CUERPO

CUPO GENERAL

RESERVA DISCAPACIDAD

TOTALES

LETRADOS

73

6

79

MÉDICOS FORENSES

39

3

42

FACULTATIVOS INTCF

12

1

13

TÉCNICOS ESPECIALISTAS INTCF

10

1

11

AYUDANTES INTCF

7

0

7

GESTIÓN

355

27

382

TRAMITACIÓN

392

29

421

AUXILIO JUDICIAL

199

15

214

TOTALES

1087

82

1169

PROMOCIÓN INTERNA

CUERPO

CUPO GENERAL

RESERVA DISCAPACIDAD

TOTALES

LETRADOS

32

2

34

FACULTATIVOS INTCF

4

0

4

TÉCNICOS ESPECIALISTAS INTCF

4

0

4

GESTIÓN

107

8

115

TRAMITACIÓN

117

9

126

TOTALES

264

19

283


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