CCOO RECURRIRÁ LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES DEL 2010, SI EL MINISTERIO NO ACCEDE A NUESTRA RECLAMACIÓN DE ADMITIR LA FECHA DE NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA (Y NO LA FECHA DE LA TOMA DE POSESIÓN) PARA EL CÓMPUTO DE LOS DOS AÑOS NECESARIOS PARA PROMOCIONAR


8 jul 2010



Una reciente sentencia de un Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo avala la posición de CCOO, además de la reiterada jurisprudencia ya existente que mantiene que la antigüedad la da el nombramiento (es decir, la fecha de la Orden ministerial por la que se nombran funcionarios a los que superaron los procesos selectivos correspondientes) y no la fecha de la toma de posesión, que puede variar de unos a otros al establecerse el plazo de 20 días naturales para ello.

Con esta interpretación, los funcionarios del cuerpo de Auxilio y de Tramitación, que accedieron por promoción interna, en la convocatoria del 2006, podrían participar, por el turno de promoción interna, en la convocatoria del 2010.
 
CCOO se ha dirigido por carta al Subdirector de Medios Personales, exigiendo la modificación inmediata de las Órdenes por las que se convocan los procesos selectivos de acceso a los Cuerpos Generales –BOE de 22 de junio- en lo referente al requisito de los dos años de servicios efectivos computados desde la toma de posesión para poder presentarse por el turno de promoción interna, y su modificación por el cómputo desde la fecha de nombramiento, toda vez, que este criterio también es el que se establece a efectos de concurso de traslados o incluso para el propio escalafón, pues todos los nombrados se consideran con la misma antigüedad en una misma fecha –la del nombramiento- independientemente de cuál haya sido el día de la toma de posesión.

Si el ministerio no modifica de oficio dichas Órdenes de convocatoria, ya le hemos anunciado que CCOO las recurriremos por la vía judicial, en defensa de los intereses de todos aquellos trabajadores que pudieran verse perjudicados por tal decisión.

Por lo tanto y dado que el plazo de instancias termina el próximo lunes 12 de julio, animamos a todos los aprobados de la oposición del año 2006 en el Cuerpo de Auxilio Judicial cuya Orden de nombramiento como funcionarios data del 2 de julio (BOE 16 de julio de 2008) y a los aprobados por el turno de promoción interna en el Cuerpo de Tramitación Procesal de la convocatoria del mismo año 2006, nombrados todos ellos en fecha 16 de junio (BOE 27 de junio de 2008), y que, por lo tanto, ya habrían cumplido dos años de antigüedad, suficientes para poder presentarse a la convocatoria del 2010 por el turno de promoción interna, si así lo desean, presenten la instancia correspondiente antes de la finalización del plazo oficial. (Recordamos además que las bases recogen expresamente que no se podrá participar a la vez por el turno libre y por el de promoción)

Transcribimos a continuación la carta que CCOO ha remitido al Subdirector de medios personales y os adjuntamos además la sentencia a la que hacemos referencia para apoyar nuestra petición.



“SUBDIRECCIÓN GENERAL DE MEDIOS PERSONALES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sr. Subdirector:

Durante la negociación de las bases de convocatoria de los procesos selectivos de acceso tanto a los Cuerpos Generales como las de los Cuerpos Especiales del INT, CCOO solicitó reiteradamente al Ministerio que, a efectos del cálculo de los dos años exigidos para poder participar en los diferentes procesos selectivos por el turno de promoción interna, se computara el tiempo de duración del periodo de prácticas de los aprobados de la oposición convocada en el año 2006.

CCOO entendemos que el periodo de prácticas que los opositores deben realizar necesariamente para superar un proceso selectivo, debe tenerse en cuenta a todos los efectos, no solo a su cómputo a efectos económicos como así establece el art. 25 del Reglamento de Ingreso, o para generar el derecho a la parte proporcional de vacaciones que corresponda como así lo viene estimando como criterio general el propio Ministerio desde hace ya algunos años.

La consideración del periodo de prácticas a todos los efectos debería ser una consecuencia natural del proceso selectivo, máxime cuando, conforme hemos podido comprobar en estos días respecto al curso práctico de los aprobados de Tramitación, turno libre de la convocatoria del 2008, la fecha del inicio de este curso selectivo es una decisión totalmente arbitraria de los CEJ y, en muchos casos, injusta y que nada tiene que ver con los intereses de los opositores ni tampoco del servicio público, retrasando innecesariamente (en el caso anterior de Tramitación, Libre, con suerte, tomarán posesión a principios del año 2011 –¡más de dos años para terminar una oposición!-) los nombramientos como funcionarios de carrera y la posesión en el destino adjudicado. Todo ello perjudica notablemente, las aspiraciones legítimas para participar por promoción interna para el acceso al Cuerpo superior, en procesos selectivos posteriores.

El Ministerio, incomprensiblemente, no accedió a la solicitud de CCOO, que hubiera permitido poder participar en esta convocatoria de oposiciones convocada el pasado 22 de junio a los aprobados en la convocatoria del 2006, por promoción interna, del Cuerpo de Tramitación y aquellos que aprobaron en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la misma convocatoria del 2006.

Ahora, CCOO hemos conocido una reciente Sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo que, entre otras cuestiones, considera que, tal como así lo hace el Reglamento de Ingreso, la antigüedad como funcionario de carrera de al menos dos años para promocionar, la da el nombramiento –y no los servicios efectivos desde la toma de posesión-. Esta interpretación ya ha quedado claramente establecida en otras cuestiones, como es en el concurso de traslados o en el propio escalafón, donde se considera la misma antigüedad a todos los nombrados en una misma fecha –la de la orden de nombramiento- pues lo contrario iría contra los principios de igualdad y mérito, existiendo además numerosa jurisprudencia que considera que la condición de funcionario se adquiere con el nombramiento.

Por lo tanto y, en conclusión, CCOO solicita al Ministerio de Justicia que, a la mayor brevedad, modifique la Orden de convocatoria de los procesos selectivos correspondientes al año 2010, publicados en el BOE de 22 de Junio, en el sentido de expresar que el requisito de los dos años de antigüedad como funcionario de carrera en el cuerpo de titulación inmediatamente inferior al que se pretende acceder, se computan desde el nombramiento como funcionario de carrera y no desde la fecha de toma de posesión.

De no hacerlo así, CCOO, en defensa de los intereses de todos aquellos trabajadores que pudieran verse afectados negativamente por tal decisión, se verá obligada a interponer en plazo recurso contencioso-administrativo contra las Órdenes por las que se convocan los procesos selectivos por infringir el Reglamento de ingreso, las Bases Comunes que regulan los procesos selectivos en la Administración de justicia, y la abundante y reiterada jurisprudencia al respecto.

A la espera de su pronta respuesta,”
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