La voracidad privatizadora del Sr. Gallardón no tiene fin: ahora quiere privatizar gran parte de los actos de comunicación y ejecución que hasta ahora realizamos los funcionarios de Justicia, dando a las partes la opción de que decidan al principio del procedimiento si quieren que se realicen por los Procuradores, que son parte interesada en el procedimiento, o por parte de los funcionarios de Justicia, que somos los únicos que podemos garantizar la objetividad e independencia de los actos de comunicación y ejecución.
Según resulta de la página web de La Moncloa el Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Justicia sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para aproximar las funciones de los procuradores españoles a las que tienen sus homólogos en el resto de Europa. La principal novedad de la futura Ley es que permitirá al ciudadano elegir quién desea que se ocupe de practicar los actos de comunicación, los embargos y algunos actos de ejecución de la resolución que se dicte al final del proceso: el procurador, bajo las órdenes del secretario judicial y control judicial, o los funcionarios de la Administración de Justicia, como hasta ahora.
Dicho de esta forma, el Ministro de Justicia pone en la picota a los funcionarios de la Administración de Justicia, como si nosotros fuésemos los culpables de los retrasos en las ejecuciones y no la dificultad intrínseca de obtener bienes contra los que seguir la ejecución, la negativa de las administraciones a reforzar las plantillas pese a que entre los años 2009 a 2012 se disparó el número de ejecuciones o los retrasos de determinados Jueces o Secretarios en resolver. Aunque sólo sea por la falta de respeto que continuamente demuestra Gallardón hacia los funcionarios de la Administración de Justicia, DEBE DIMITIR YA.
Según el Ministerio de Justicia el Anteproyecto de Ley, que se enmarca en la reforma en profundidad de la Administración de Justicia que se está realizando, persigue desarrollar las funciones de colaboración y auxilio con la Administración de Justicia que ya realizan los procuradores para agilizar y dotar de mayor eficacia los trámites procesales.
La nueva norma amplía las atribuciones y obligaciones de los procuradores a todos los actos de comunicación y a determinados actos de ejecución y de cooperación y auxilio de la Administración de Justicia. Será la parte quien decida al principio del procedimiento quién quiere que se encargue de dichos actos, siempre bajo la dirección del secretario judicial y control judicial: funcionarios al servicio de la Administración de Justicia o su procurador, a su costa. Si el ciudadano no especifica nada, se entenderá que se encargarán, como hasta ahora, funcionarios de la Administración de Justicia.
Principales líneas de refuerzo
Las principales líneas de refuerzo de las funciones de los procuradores, según el informe del Ministerio de Justicia, serían:
- Actos de comunicación, garantizando la eficacia de las notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos, para los que ya no precisarán de dos testigos (ahora ya era posible, pero precisaban de testigos en caso de que el interesado se negase a firmar)
- Posibilidad de realizar embargos de bienes muebles y cuentas corrientes.
- Incremento de sus funciones en los procesos de ejecución, pues podrán realizar el requerimiento de pago en el domicilio del ejecutado o donde puedan encontrarlo.
- Posibilidad de encargarse, a través de los Colegios de Procuradores, del depósito y de la administración judicial de los bienes embargados (obligación que corresponde a la Administración que ostente las competencias en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia), de acuerdo con las directrices que imparta el secretario judicial (esto ya lo prevé la LEC).
- Posibilidad de ser designados como entidad especializada en la subasta de los bienes embargados (igualmente ya lo prevé la actual LEC).
Mientras participen en el ejercicio de funciones públicas, la Ley confiere a los procuradores la condición de agentes de la autoridad, por lo que sus notificaciones producirán plenos efectos cuando el destinatario se encuentre en su domicilio y se niegue a recibir la copia de la resolución, y ya no tendrán que realizar estos actos acompañados de dos testigos. Se ve que para el Ministerio de Justicia todos son funcionarios públicos (notarios, registradores, ahora los procuradores, etc).
Para CCOO esta reforma es completamente inaceptable, porque insulta a los funcionarios de Justicia llamándoles ineficaces, encarece el proceso, supone la pérdida de objetividad e independencia en la práctica de actos tan delicados como los embargos y otras diligencias de ejecución y puede suponer la pérdida de multitud de puestos de trabajo, que pasarán al sector privado como son los Procuradores. La Administración de Justicia, uno de los tres pilares básicos de cualquier Estado democrático y social de derecho, no puede ni debe privatizarse. Cualquier intento de llevar adelante un proyecto de estas características tendrá la contundente respuesta que se merece.
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