La tributación por los derechos pasivos devueltos, correspondientes a la paga extra de navidad, se hará en el ejercicio 2013


29 jun 2013


Durante el mes de junio los funcionarios y funcionarias de la Administración de Justicia de Aragón hemos recibido un certificado expedido por el Gobierno de Aragón donde se hace constar que los importes correspondientes a MUGEJU y Derechos Pasivos, deben minorar la cantidad consignada en la casillo "importe gastos" del apartado "Rendimientos del trabajo: detalle de percepciones y de las retenciones e ingresos a cuenta" del Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2012. Y ello cuando muchos de ellos ya habían realizado la declaración de la renta correspondiente a este ejercicio.


Esta situación es similar a la ocurrida en años pasados, cuando se pagó el cuarto punto a muchos funcionarios que hasta entonces sólo cobraban tres puntos de complemento de destino. Hechas por CCOO gestiones ante la Agencia Tributaria de Zaragoza nos informaron verbalmente que ellos tienen una instrucción para que dichas cantidades sean computadas en el ejercicio de 2013 y que la administración deberá expedir el certificado de retenciones e ingresos correspondientes al año 2013 ya con estas disminuciones. Esta instrucción es aplicable a TODOS los funcionarios afectados por la supresión de la paga extraordinaria de navidad de 2012 y que percibieron en abril la devolución por los conceptos de MUGEJU y Derechos Pasivos.

En conclusión:
1.- Los que ya habían hecho la declaración de la renta antes de recibir el certificado de la DGA no tienen que hacer este año declaración complementaria alguna, pues en la certificación de ingresos y retenciones que recibiremos el próximo año ya estará el pago de los derechos pasivos. 

2.- Igual sucede para los que no tenían hecha la declaración de la renta y no han modificado los ingresos y retenciones certificados inicialmente por la DGA.

3.- Los que ya hayan incluido en la declaración de la renta de este año la disminución de la retención derivada del cobro de los derechos pasivos correspondientes a la extra de navidad tendrán que estar atentos el próximo año para no incluirlo de nuevo (supondría pagar más a Hacienda), ya que la certificación de ingresos y retenciones del próximo año descontará de este último apartado dichos derechos pasivos. 
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