Publicada en el BOA la Orden que regula la tramitación por medios telemáticos de la acción social del personal de Justicia de Aragón


21 jun 2016


Aparece publicada en el BOA de hoy la ORDEN PRE/583/2016, de 26 de mayo, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos del sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Conforme el preámbulo de dicha Orden, la misma regula "la incorporación de trámites telemáticos en el sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón, para que éstos presenten telemáticamente sus solicitudes y otros documentos". Incluye la posibilidad de que la resolución definitiva sobre las solicitudes sea dictada de forma electrónica, produciendo plenos efectos jurídicos. 

Los trámites que se realizarán de modo telemático son la presentación de solicitudes de ayudas de acción social, junto con la documentación requerida; la resolución de concesión o denegación y la práctica de notificaciones.

Las solicitudes se formalizarán electrónicamente mediante la aplicación informática puesta a disposición de los interesados en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, mediante los modelos normalizados existentes en el Catálogo de procedimientos administrativos y servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón obrantes en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, en la dirección “http://www.aragon.es”.  Para la presentación de solicitudes, y en su caso, la documentación que pueda acompañarse, por medios electrónicos, la persona interesada deberá disponer del sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad o de cualquier otra firma electrónica reconocida. 

La recepción de la documentación presentada telemáticamente se efectuará en el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el que se efectuará el correspondiente asiento de entrada. El registro emitirá automática e inmediatamente un recibo electrónico acreditativo de la recepción de la solicitud presentada.

El estado de tramitación del procedimiento iniciado mediante solicitud formalizada telemáticamente podrá ser consultado por las personas interesadas accediendo a la sede electrónica del Gobierno de Aragón en Internet en la dirección “http://www.aragon.es”. El plazo máximo para resolver las solicitudes presentadas de forma electrónica y notificar la resolución, y el sentido del silencio administrativo serán los mismos que los establecidos para las solicitudes formuladas de modo ordinario.
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