Tras la visita del Inspector de Trabajo a las dependencias de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza, en
virtud de la denuncia presentada por CCOO, el Servicio de Prevención de la
DGA realizó nuevas valoraciones de los puestos de trabajo y
mediciones de ruido en la planta 2ª del Edificio Vidal de Canellas, para
valorar las molestias ocasionadas por la afluencia de público y profesionales
previa a los juicios de las salas de vista de dicha planta.
Durante todas las mediciones y
valoración de puestos de trabajo, estuvimos presentes los delegados de
prevención nombrados por los sindicatos representativos en la Administración de
Justicia en Aragón, por indicaciones del Inspector de Trabajo y por imperativo
legal.
En fecha 23 de junio el Inspector
de Trabajo emitió informe, el cual fue
notificado a CCOO como denunciante el día 30 de junio, así como a la Dirección General
de Justicia como denunciado, con el siguiente informe, que literalmente dice
así:
“1º) De los resultados de la
evaluación de riesgos se comprueba:
a)
Algunos puestos de trabajo están mal
orientados o ubicados, por lo que se requiere a la empresa para que adopte las
medidas adecuadas para evitar o reducir los riesgos.
b)
En otros puestos de trabajo, se refleja en
la evaluación que en el momento de efectuarla, los estores de las ventanas
están subidos, y por tanto existe un nivel de iluminación excesivo, o que las
salidas de aire acondicionado están tapadas provocando que un funcionamiento irregular del sistema. A este respecto el
artículo 29 de la Ley
31/1995, de 8 de noviembre, regula las obligaciones de los trabajadores
consistentes en emplear adecuadamente los medios de protección que tiene a su
disposición, por lo que no se adopta medida alguna al respecto.
c)
2º) En cuanto al nivel de ruido existente en
la zona de mostrador entre los Juzgados de lo Mercantil y Social del Edificio
“Vidal de Canellas” el día de la medición realizada por los Técnicos del
Servicio de Prevención, se alcanzaron 56,6 db. Por ello y considerando que el
resultado obtenido se halla dentro de valor de incertidumbre que impide tomar
la decisión correcta sobre las medidas a
adoptar, se ha requerido a la empresa, de acuerdo con el artículo 6 en relación
al Anexo II del Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la
salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la
exposición al ruido, para que o bien considere que se alcanzan los 60 db y
adopte las medidas adecuadas para reducir el nivel de ruido, o bien aumente el
número de mediciones, teniendo en cuanta los días en que se han programados
juicios, para reducir al mínimo el valor de incertidumbre.”
Por CCOO se preguntó verbalmente
a la Técnico
del Servicio de Prevención por las
medidas inmediatas a tomar, quien nos
respondió que respecto al partado 1º, se iniciarían las correcciones
oportunas por la Dirección General
de Justicia y respecto al ruido, la
directora no iba a pedir nuevas mediciones, ya que éstas supondrían alcanzar el
nivel de 60 db y que tomaría las medidas oportunas para solucionar el problema
El pasado 13 de julio, a la vista
de que no nos daban ninguna razón y ni siquiera fueron notificados los
Delegados de Prevención de ningún sindicato de la resolución del Inspector de
trabajo. CCOO dirigió un correo al Servicio de Prevención de la DGA preguntado cuáles habían sido las medidas
tomadas para solucionar los problemas del apartado 1º y si se habían tomado
nuevas mediciones de ruido o cuáles habían sido las medidas tomadas , según lo
reflejado en el apartado 2º de la citada resolución.
A vuelta de correo el Servicio de
Prevención respondió que “en su día, se
dio traslado tanto de las evaluaciones con las medidas correctoras como del
requerimiento a la Unidad Administrativa
para su información y efectos oportunos, ya que es la Dirección General
la que tiene que dar respuesta a dicho requerimiento. En caso necesario y si necesitan
asesoramiento pedirán nuestra colaboración. (Sic)”
Desde el día 13 de julio no
tenemos ninguna noticia de que se hayan hecho las correcciones oportunas, y lo
que sí sabemos es que en la planta se siguen celebrando juicios aumentado “el
nivel de incertidumbre” a valores insoportables que probablemente superen los
60 db. (MÁXIMO PERMITIDO POR LA
LEY ).
Por CCOO se pidió Comité de Seguridad
y Salud, que no se celebra desde el 30 de julio de 2014, cuando la Administración
debería de convocarlo cada 3 meses, no indicamos orden del día, pues está claro
que la Administración
no ha cumplido siquiera con el deber de notificar la resolución de la Inspección de Trabajo a
los Delegados de Prevención.
Por todo lo sucedido nos
encontramos con que la Directora General
de Justicia NO tiene voluntad de solucionar ningún problema que le suponga el
esfuerzo de enfrentarse con los jueces, que son los que deberían trasladar sus
vistas a otras salas de las platas calles de cualquiera de los dos edificios de
la Ciudad de la Justicia.
Mientras tanto, los únicos
sufridores y paganos de esta situación insostenible son los trabajadores, como
siempre.
CCOO, ejercitará cuantas acciones
legales considere oportunas a fin de que por la Dirección General
de Justicia se cumpla con la normativa vigente en materia de prevención de
riesgos laborales.
Zaragoza a 29 de julio de 2016.
Seguiremos informando.