LA DIRECTORA GENERAL DE JUSTICIA NO ATIENDE A LAS INDICACIONES DEL INSPECTOR DE TRABAJO


29 jul 2016


Tras  la visita del Inspector de Trabajo a  las dependencias de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza, en virtud de la denuncia presentada por CCOO,  el Servicio de Prevención  de la DGA realizó nuevas valoraciones de los puestos de trabajo y mediciones de ruido en la planta 2ª del Edificio Vidal de Canellas, para valorar las molestias ocasionadas por la afluencia de público y profesionales previa a los juicios de las salas de vista de dicha planta.

Durante todas las mediciones y valoración de puestos de trabajo, estuvimos presentes los delegados de prevención nombrados por los sindicatos representativos en la Administración de Justicia en Aragón, por indicaciones del Inspector de Trabajo y por imperativo legal.

En fecha 23 de junio el Inspector de Trabajo emitió informe, el cual  fue notificado a CCOO como denunciante el día 30 de junio, así como a la Dirección General de Justicia como denunciado, con el siguiente informe, que literalmente dice así:

“1º) De los resultados de la evaluación de riesgos se comprueba:
           
a)      Algunos puestos de trabajo están mal orientados o ubicados, por lo que se requiere a la empresa para que adopte las medidas adecuadas para evitar o reducir los riesgos.
b)      En otros puestos de trabajo, se refleja en la evaluación que en el momento de efectuarla, los estores de las ventanas están subidos, y por tanto existe un nivel de iluminación excesivo, o que las salidas de aire acondicionado están tapadas provocando que un  funcionamiento  irregular del sistema. A este respecto el artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, regula las obligaciones de los trabajadores consistentes en emplear adecuadamente los medios de protección que tiene a su disposición, por lo que no se adopta medida alguna al respecto.
c)       
 2º) En cuanto al nivel de ruido existente en la zona de mostrador entre los Juzgados de lo Mercantil y Social del Edificio “Vidal de Canellas” el día de la medición realizada por los Técnicos del Servicio de Prevención, se alcanzaron 56,6 db. Por ello y considerando que el resultado obtenido se halla dentro de valor de incertidumbre que impide tomar la decisión correcta sobre las medidas  a adoptar, se ha requerido a la empresa, de acuerdo con el artículo 6 en relación al Anexo II del Real Decreto 286/2006 de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, para que o bien considere que se alcanzan los 60 db y adopte las medidas adecuadas para reducir el nivel de ruido, o bien aumente el número de mediciones, teniendo en cuanta los días en que se han programados juicios, para reducir al mínimo el valor de incertidumbre.”

Por CCOO se preguntó verbalmente a la Técnico del  Servicio de Prevención por las medidas inmediatas a tomar,  quien nos respondió que  respecto  al partado 1º, se iniciarían las correcciones oportunas por la Dirección General de Justicia  y respecto al ruido, la directora no iba a pedir nuevas mediciones, ya que éstas supondrían alcanzar el nivel de 60 db y que tomaría las medidas oportunas para solucionar el problema

El pasado 13 de julio, a la vista de que no nos daban ninguna razón y ni siquiera fueron notificados los Delegados de Prevención de ningún sindicato de la resolución del Inspector de trabajo. CCOO dirigió un correo al Servicio de Prevención de la DGA  preguntado cuáles habían sido las medidas tomadas para solucionar los problemas del apartado 1º y si se habían tomado nuevas mediciones de ruido o cuáles habían sido las medidas tomadas , según lo reflejado en el apartado 2º de la citada resolución.

A vuelta de correo el Servicio de Prevención respondió que  “en su día, se dio traslado tanto de las evaluaciones con las medidas correctoras como del requerimiento a la Unidad Administrativa para su información y efectos oportunos, ya que es la Dirección General la que tiene que dar respuesta a dicho requerimiento. En caso necesario y si necesitan asesoramiento pedirán nuestra colaboración. (Sic)”

Desde el día 13 de julio no tenemos ninguna noticia de que se hayan hecho las correcciones oportunas, y lo que sí sabemos es que en la planta se siguen celebrando juicios aumentado “el nivel de incertidumbre” a valores insoportables que probablemente superen los 60 db. (MÁXIMO PERMITIDO POR LA LEY).

Por CCOO se pidió Comité de Seguridad y Salud, que no se celebra desde el 30 de julio de 2014, cuando la Administración debería de convocarlo cada 3 meses, no indicamos orden del día, pues está claro que la Administración no ha cumplido siquiera con el deber de notificar la resolución de la Inspección de Trabajo a los Delegados de Prevención.

Por todo lo sucedido nos encontramos con que  la Directora General de Justicia NO tiene voluntad de solucionar ningún problema que le suponga el esfuerzo de enfrentarse con los jueces, que son los que deberían trasladar sus vistas a otras salas de las platas calles de cualquiera de los dos edificios de la Ciudad de la Justicia.

Mientras tanto, los únicos sufridores y paganos de esta situación insostenible son los trabajadores, como siempre.

CCOO, ejercitará cuantas acciones legales considere oportunas a fin de que por la Dirección General de Justicia se cumpla con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.


Zaragoza a 29 de julio de 2016.



Seguiremos informando.


            
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