La DGA no informa sobre las Unidades Administrativas de la Administración de Justicia ni las funciones que asumen las Oficinas Delegadas


8 feb 2010


En Mesa Sectorial celebrada el año pasado la Secretaria General Técnica de la Consejería de Política Territorial, Justicia e Interior, Mercedes Lardiés, informó a los representantes de las organizaciones sindicales que su departamento estaba trabajando en un proyecto por el que las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón iban a asumir determinadas competencias en materia de recursos materiales y humanos de la Administración de Justicia.

Con posterioridad a dicha Mesa Sectorial, en el BOA de 21 de septiembre 2009 se publicó la reforma del Decreto 74/2000, sobre competencias de las Oficinas Delegadas, a fin de posibilitar que éstas asumieran ciertas competencias en materia de Justicia.

Hace tres semanas el Sr. Director General de Justicia informó a representantes de CCOO sobre la puesta en marcha de las competencias en materia de Justicia por parte de determinadas Oficinas Delegadas, así como que se iban a ir implantando las Unidades Administrativas, Unidades que regula la Ley Orgánica del Poder Judicial y sobre las que no ha habido negociación alguna. Solicitada información al respecto en dicha reunión, el Sr. Director General nos dijo que se lo solicitásemos por correo electrónico.

Al efecto se le pidió al Sr. Director General que informase sobre los siguientes aspectos:

En relación con las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón:

- relación concreta y detallada de los asuntos relativos al personal judicial que se van a tramitar y gestionar en dichas Oficinas por delegación o encomienda de la Dirección General de Administración de Justicia, en desarrollo del art. 12.2.e) de Decreto 74/2000.
- relación concreta y detallada de las funciones relativas al mantenimiento de los edificios judiciales y sus servicios que se van a asumir por Oficinas, en desarrollo del art. 12.2.f) de Decreto 74/2000, incluidas las relativas a equipamiento informático, programas y sistemas en red
-Calendario de inicio de las funciones anteriormente descritas por parte de la Oficinas Delegadas.

En relación con las Unidades Administrativas:

- Relación concreta y detallada de las funciones que en materia de recursos materiales, personal, servicios (correos, etc) y nuevas tecnologías se van a asumir por las mismas.
- Previsión de convocatoria de las plazas de cada unidad administrativa.
- Calendario de entrada en funcionamiento de cada unidad administrativa.

La respuesta del Sr. Director General ha sido que conforme se vayan implantando estas oficinas se nos dará la información.

Por tanto, ni se sabe qué funciones o servicios se van a asumir desde las Oficinas delegadas o las Unidades Administrativas, ni se sabe cuándo se van a sacar a concurso las plazas de las Unidades Administrativas, ni si la gestión del correo la van a realizar las Unidades Administrativas, ni cuándo van a empezar a funcionar, ni nada de nada.

¿Así es cómo va gestionar la DGA la reforma de la Oficina Judicial?
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