Tras varias meses de negociación en la que el Ministerio apenas hizo movimiento alguno en las cuestiones esenciales que se debatían en la implantación de la NOJ y que son fundamentales para garantizar los derechos de los trabajadores, sólo el anuncio de movilizaciones contundentes en la Administración de Justicia obliga al Ministerio a presentar una propuesta por escrito que recoge expresamente cuestiones tan trascendentales como:
NO DISMINUCIÓN DE PLANTILLA E INCREMENTO DE MÁS DEL 75% DE LAS PLAZAS DE REFUERZO que existen en las ocho ciudades piloto.
Garantía de que NINGÚN TRABAJADOR VERÁ DISMINUIDAS LAS RETRIBUCIONES FIJAS que actualmente perciba adicionales por su puesto de trabajo (peligrosidad, penosidad, actos de comunicación…).
Garantía de que aquellos que realizan en la actualidad GUARDIAS, sigan haciéndolas y percibiendo por ello las retribuciones correspondientes, mientras no cambien de destino voluntariamente. Además, se garantiza que NO SE AMORTIZARÁN ESTOS PUESTOS DE TRABAJO, por lo tanto, si quedara alguna de estas plazas vacantes, se cubrirá por concurso de traslados de puestos genéricos.
El proceso de acoplamiento se llevará a cabo bajo criterios de voluntariedad, aunque la concreción del mismo será objeto de negociación posterior.
Habrá puestos singularizados para todos los Cuerpos, a los que se accederá por concurso específico.
Los puestos diferenciados se proveerán por concurso de traslados ordinario y tendrán retribución superior
Se garantiza que, en la provisión de puestos tanto singularizados como diferenciados, no existirá distinción entre Cuerpos y Escalas a extinguir.
Los trabajadores quedarán ADSCRITOS A SECCIONES CONCRETAS DE LOS SERVICIOS COMUNES DESDE EL MOMENTO DEL ACOPLAMIENTO, CON LA POSIBILIDAD DE CONCURSAR ENTRE SECCIONES DEL MISMO U OTRO SERVICIO COMÚN, LIMITÁNDOSE LA DISCRECIONALIDAD DEL DIRECTOR DEL SERVICIO COMÚN PARA LA ATRIBUCIÓN DE OTRAS FUNCIONES DISTINTAS A LAS DE LA SECCIÓN DONDE SE ENCUENTRE ADSCRITO EL TRABAJADOR, para lo cual también se recogerá en la orden ministerial las principales funciones de cada Sección.
Este último punto es para CCOO el gran logro de la negociación, pues junto con la modificación reglamentaria respecto al art. 521 de la LOPJ derivada del Acuerdo suscrito el pasado mes de octubre por CCOO, UGT y STAJ (cuya publicación es inminente al pasar esta misma semana ya el trámite del CGPJ) en lo referente a la diferenciación de los puestos de trabajo por órdenes judiciales en las UPADs y el apartado referente a la adscripción a Secciones concretas en los Servicios Comunes Procesales, logramos, por fin, y por la vía de la negociación y de la presión sindical, modificar la redacción de una LOPJ que venía desde el 2003 pero cuyos efectos dañinos para los derechos de los trabajadores se iban a poner de manifiesto en el momento de la implantación del nuevo modelo de Oficina Judicial.
Además, el texto garantiza su aplicación en todas y cada una de las ciudades, partidos judiciales u órganos judiciales donde el ministerio pretenda implantar su modelo de oficina judicial e independientemente del momento en que lo haga.
Por todo ello, CCOO valoramos positivamente este sustancial avance que no hubiera sido posible sin la perseverancia de CCOO en la mesa de negociación y en los centros de trabajo, con la firma de un anterior Acuerdo sobre UPADs que suponía un precedente para conseguir una diferenciación de puestos de trabajo en las secciones de los Servicios Comunes Procesales, con un calendario de movilización que se concretó en una jornada de huelga en la Administración de Justicia en una fecha tan señala como la del próximo 5 de mayo de 2010 (fecha de entrada en vigor de la reforma de las leyes procesales y fecha de posible implantación de la NOJ en ocho ciudades del ámbito no transferido) pero que, sin lugar a dudas, hubiera sido necesario su continuación en otras medidas de presión, pero todo ello no es relevante para CCOO si los trabajadores no consideran que dicha propuesta da suficientes garantías y seguridad para abordar el proceso de implantación de la NOJ con el respeto a nuestros derechos laborales básicos:
1. Garantizar las plantillas
2. No perder retribuciones fijas
3. Garantizar un acoplamiento con respeto a la voluntariedad
4. Eliminar los macrocentros de destino, reduciéndolos a Secciones y garantizando la movilidad voluntaria (concurso de traslados) dentro de las UPADs y entre las Secciones de los Servicios Comunes
Por ello, a sabiendas de que el texto no recoge otras cuestiones también importantes, CCOO considera que SÍ recoge reivindicaciones imprescindibles, que, en caso de que los trabajadores den su valoración positiva a la firma de un acuerdo, se deberán trasladar a la Orden de creación de Servicios Comunes y a las RPTs de cada ciudad, partido judicial u órgano judicial donde se implante, sin perjuicio de continuar con la concreción de cuestiones tan importantes como el acoplamiento, las bases de la convocatoria de los concursos específicos, las dotaciones de plantilla en cada organigrama concreto,…
Por ello, CCOO realizará la valoración definitiva junto a los trabajadores, pues consideramos fundamental que los compañeros de los ámbitos afectados valoren esta propuesta que ha sido lograda tras meses de discusión y profundo desacuerdo y, ante la perspectiva de un nuevo conflicto grave en la Administración de Justicia, que tendría una gran movilización el próximo 5 de mayo. Si los trabajadores afectados y la mayoría de los sindicatos apoyamos esta propuesta, debe ser el Ministro de Justicia el que suscriba el acuerdo y quedar garantizando que el texto se publique en el BOE.
De cara a la negociación en Aragón, entendemos que este acuerdo debe ser el punto de partida de la negocación sobre las condiciones de nuestro acoplamiento a la nueva Oficina Judicial, por lo que la Dirección General de Justicia debe ir tomando nota.