Os recordamos que cuando la baja sea por Accidente de Trabajo, bien el las dependencias judiciales o in-iténere, la baja médica se expedirá desde el momento del accidente, indicando el medico con claridad el motivo, lugar, fecha y hora del mismo, sin esperar al cuarto día desde el inicio de la baja.
Una vez el funcionario o funcionaria
afectado vuelva al puesto de trabajo, deberá rellenar el impreso que
adjuntamos en la pasada hoja informativa, que se encuentra en el PORTAL DEL
EMPLEADO y que igualmente os podéis descargar a través del siguiente enlace Comunicación de accidente.
Ello es fundamental a los efectos de evitar descuentos en las nóminas y la debida constancia a todos los efectos. No hay que esperar al cuarto día y ver si nos hemos recuperado: la tramitación de la baja debe ser inmediata y hay que comunicarla a la unidad administrativa a la mayor brevedad.
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