La Dirección General de Justicia de Aragón publica la relación de jornadas reducidas por festivos locales, con criterios absolutamente desiguales por partidos judiciales


18 jun 2014


La Dirección General de Justicia ha hecho pública una nota informativa en relación con el horario del personal de la Administración de Justicia durante la celebración de las fiestas locales en el presente año. Conforme establece el artículo 3.5 de  la Resolución de 20 de noviembre de 2008, de la Dirección General de Administración de Justicia, por la que se regula el calendario laboral y la distribución de la jornada y horarios del personal funcionario de Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón "durante las festividades tradicionales de cada localidad se establece una jornada de trabajo reducida durante un máximo cinco días al año, debiendo cumplirse el horario de nueve a catorce horas".

La jornada de trabajo durante estos días es de 5 horas, de 9 a 14 horas. Si por cualquier motivo la jornada de trabajo comienza antes de las 9 o termina después de las 14 horas, a efectos del sistema de control de horario se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 08.30 y las 15.15 horas.

Sin embargo, los criterios que establece la nota informativa son absolutamente dispares de un partido judicial a otro. Así, los que trabajan en partidos judiciales como Ejea, Zaragoza o Teruel tienen 5 días de jornada reducida, mientras que los que trabajan en el partido judicial de Boltaña tienen tan sólo 1 día de jornada reducida, y los que trabajan en Barbastro, Calatayud o Tarazona 2 días, como si no hubiera días festivos en estas localidades. 
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