El Ministerio de Justicia nos paga el 4º punto hasta junio de 2008; ahora le toca a la DGA pagar el resto


26 oct 2010



En la última semana hemos recibido nóminas del Ministerio de Justicia por la que nos pagan por fin los atrasos del cuarto punto desde enero de 2007 hasta junio de 2008. Ello, como es sabido, es en virtud de la sentencia de fecha 17/7/2009 dictada en el recurso núm. 164/2007 por la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo por la que viene a reconocer una reclamación (ya histórica) de los funcionarios de la Administración de Justicia, por la que, independientemente del lugar de destino donde prestan servicios, todos tienen derecho a cobrar la misma cuantía por el concepto de especial responsabilidad y dificultad (antiguo Real Decreto 1909/2000, BOE de 30 de noviembre).
 
Sin embargo no hemos cobrado todavía las cantidades que restan, desde julio de 2008 hasta diciembre de 2009. En su día CCOO estimó que la responsabilidad por el abono de toda cantidad pendiente, desde enero de 2007 hasta diciembre de 2009 podría corresponder por entero a la Comunidad Autónoma de Aragón, al haber asumido la competencia en materia de gestión de medios personales, materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de la Administración de Justicia, en virtud del Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia y el artículo 24 y siguientes de la Ley 12/1983, de 14 de octubre, del Proceso Autonómico. Sin perjuicio de dicha consideración, el Ministerio de Justicia ha abonado, como se ha especificado, desde enero de 2007 hasta junio de 2008, por lo que ha incluido 6 meses del año 2008 en que ya estábamos transferidos.

Por todo ello ya no hay excusa alguna para que la DGA nos abone lo que falta por abonar: no sólo se han librado de pagar toda la cantidad sino que el Ministerio de Justicia le ha abonado 6 meses que correspondían a la DGA por haber sido ya transferidos. Por tanto la DGA debe proceder a la mayor urgencia posible a regularizar su situación, y confiamos que si no es en esta nómina sea en la siguiente proceda a pagar el resto de pagos atrasados correspondientes al 4º punto.
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