Presenta a la DGA tus quejas o sugerencias sobre la Administración de Justicia de Aragón u otras materias por vía electrónica


4 nov 2010



Aparece publicada en el BOA de fecha 27 de octubre la Orden de 7 de octubre de 2010, del Consejero de Presidencia, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación de quejas y sugerencias sobre los servicios públicos gestionados por el Gobierno de Aragón, a la que podéis tener acceso a través del siguiente link: Orden de quejas y sugerencias a presentar por vía telemática

El Gobierno de Aragón tiene regulado en el Decreto 91/2001, de 8 de mayo, la tramitación de sugerencias y quejas sobre el funcionamiento de los servicios públicos gestionados por la Diputación General de Aragón, con el fin de facilitar la colaboración de los ciudadanos con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para mejorar y, en su caso, corregir las eventuales deficiencias de los servicios públicos de su competencia.

Quienes como funcionarios formamos parte de la Administración de Aragón, como es su administración de Justicia, y al propio tiempo potenciales usuarios de los propios servicios que prestamos, tenemos a través de dicho cauce la posibilidad directa, sin necesidad de intermediarios como somos las organizaciones sindicales (en cuyo ejercicio de dar traslado de las reclamaciones de quienes representamos intentamos esmerarnos), de dar traslado al Gobierno de Aragón sobre cualquier queja o sugerencia que permita mejorar el funcionamiento de nuestra Administración de Justicia. Muchos quizás penséis que para qué vamos a elevar quejas, si luego no nos hacen caso, pero está demostrado que aquello que no reclamas o de lo que no te quejas, para la DGA, no existe o funciona correctamente. Por ejemplo, en las últimas semanas hemos llegado a escuchar que el Minerva funciona muy bien porque apenas se remiten incidencias sobre trámites desordenados, falta de formación específica, dificultades en seguir la tramitación de las ejecuciones, etc…

La Orden regula que los interesados podemos formalizar las quejas y sugerencias de forma telemática, utilizando el modelo normalizado de solicitud que se encuentra en la sede electrónica del Gobierno de Aragón en Internet en la dirección del Gobierno de Aragón que podéis acceder a través del siguiente link: http://www.aragon.es/.

Para acceder al procedimiento previsto en dicha Orden el solicitante deberá disponer del sistema de firma electrónica incorporado al Documento Nacional de Identidad o de cualquier otra firma electrónica reconocida, conforme a lo dispuesto en los artículos 6 y 16 del Decreto

228/2006, de 21 de noviembre. Aquellos que tenemos la tarjeta para el uso del Lexnet podemos utilizar la firma electrónica incluida en dicha tarjeta para remitir nuestras quejas o sugerencias, toda vez que el certificado digital incorporado al mismo “fusila” y revoca toda firma electrónica previa que pudiéramos tener, a excepción de la contenida en el DNI electrónico.

El plazo máximo que tiene la DGA para contestar y notificar la contestación de las quejas es el previsto en el artículo 10 del Decreto 91/2001, de 8 de mayo, de 20 días. Cuando se trate de sugerencias destinadas a mejorar el funcionamiento o la calidad de los servicios públicos, se debe informar al remitente sobre las medidas adoptadas en relación con sus propuestas o respecto de la imposibilidad de adoptar medida alguna en relación con las mismas.

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