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La Directora General de Justicia de Aragón acuerda una reducción ridícula del personal que ha de asistir a los servicios esenciales


23 mar 2020


La Directora General de Justicia de Aragón ha emitido una RESOLUCIÓN para adaptación de la Orden de 15 de marzo de 2020, de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales por la que se determinan los servicios esenciales en la Administración de Justicia de la Comunidad Autónoma de Aragón. La reducción que propone es ridícula, para este viaje no hacían falta alforjas. 


Después de estar el TSJ llamando esta mañana a los órganos judiciales para que Jueces y LAJ les dieran su opinión sobre qué servicios deberían mantenerse en cada órgano judicial; sin ninguna consulta a los representantes legales de los trabajadores, y remitiendo primero el documento a algunos LAJ, la Directora General de Justicia acuerda que el personal a cubrir los servicios esenciales sean los siguientes:

A) ZARAGOZA:

1º Tribunal Superior de Justicia del Aragón: un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o de Tramitación P.A. en cada una de las Salas o Secciones y un funcionario del cuerpo de Auxilio para todas ellas.

2º Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia: un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A., un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A y un funcionario del cuerpo de Auxilio.

3º Audiencia Provincial: Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. y uno de Tramitación P.A. en las secciones penales; uno de cualquiera de dichos cuerpo en las secciones civiles y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial para toda la Audiencia.

Además, en la Oficina de Registro y Reparto de la Audiencia Provincial: un funcionario del cuerpo de Gestión P.A. o un funcionario del Cuerpo de Tramitación P.A.

4º. JUZGADOS UNIPERSONALES:

BLOQUE 1: Juzgados de 1ª. Instancia y Mercantil;

BLOQUE 2: familia e incapacidades;

BLOQUE 3: Contencioso-Administrativo; Social;

BLOQUE 4: Instrucción (excepto Juzgado de Guardia) y Penal.

La dotación que se establece para cada órgano es un Gestor PA o Tramitador PA para cada órgano y un auxilio para cada 5 o fracción.

BLOQUE 5: Menores y Vigilancia:

La dotación que se establece para cada órgano es un Gestor PA o Tramitador PA para cada órgano y un auxilio para los cuatro.

BLOQUE 6: Violencia sobre la Mujer.

La dotación que se establece para el de rápidos y órdenes de protección: es un Gestor PA y dos Tramitadores PA y un auxilio. Para el otro: dos funcionarios indistintos de Gestión PA o TramitaciónPA .

BLOQUE 7: 

a) Decanato y oficina de Atención a la Víctima: un Funcionario de Gestión PA y uno de Tramitación PA.

b) SACE: un funcionario de Gestión PA, uno de Tramitación PA y un Auxilio.

c) Registro Civil: un funcionario de Gestión PA, uno de tramitación y un auxilio.

BLOQUE 8:

Juzgado de Instrucción de Guardia: La dotación completa.

BLOQUE 9:

a) Juzgados de 1º. Instancia e Instrucción: (excepto guardia);

La dotación que se establece para cada órgano es un Gestor PA o Tramitador PA.

b) Juzgados de 1º. Instancia e Instrucción con Registro Civil y/o Violencia sobre la mujer que no esté de guardia: un funcionario más de lo establecido para los mixtos, de Gestión PA o de Tramitación PA.

c) Juzgados de 1º. Instancia e Instrucción de guardia: : La dotación completa

B) HUESCA y TERUEL



1º. Audiencia Provincial: Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A., uno de Tramitación P.A. y un funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial.

2º Juzgados unipersonales:

BLOQUE 1: Juzgados de 1ª. Instancia e Instrucción, (excepto guardia);

La dotación que se establece para cada órgano es un Gestor PA o Tramitador PA para cada órgano y un auxilio para todos.

BLOQUE 2: Contencioso-Administrativo; Social; Menores, Penales

La dotación que se establece para cada órgano es un Gestor PA o Tramitador PA para cada órgano y un auxilio para todos

BLOQUE 3: JUZGADO DE GUARDIA

La dotación completa de la guardia.

BLOQUE 4: 

a) Decanato y oficina de Atención a la Víctima: un Funcionario de Gestión PA o uno de Tramitación PA. Indistintamente. 

b) Mixto con Registro Civil y/o Violencia sobre la mujer que no esté de guardia: un funcionario más de lo establecido para los mixtos, de Gestión PA o de Tramitación PA.


C) Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses:

Zaragoza:- Los médicos forenses de guardia de cada zona (uno en Zaragoza y dos para la provincia con posibilidad de apoyo al médico Forense de Zaragoza si fuera preciso) y un funcionario de Guardia en la sede de la Ciudad de la Justicia.

Un funcionario del Cuerpo de Gestión P.A. o del Cuerpo de Tramitación P.A. y un Auxilio en la sede del IMLA.

Dos auxiliares de autopsias en turno de mañana y uno en turno de tarde, un Técnico de laboratorio y un equipo psico-social con disponibilidad domiciliaria.

En el caso de la Fiscalía, se mantiene íntegramente lo establecido en la Orden de la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de 15 de marzo.

D) JUZGADOS DE PAZ Y AGRUPACIONES DE JUZGADOS DE PAZ,


Un Funcionario de cualquiera de los Cuerpos.

Se habilita al LAJ del Partido Judicial donde se ubica el Juzgado de Paz a adoptar las decisiones pertinentes para que en dichos órganos se preste el servicio esencial de la forma expresada.

En el establecimiento de los correspondientes turnos se tendrá en cuenta:

1º. Estos servicios esenciales deberán ser prestados de forma rotatoria en turnos diarios, quedando excluidas aquellas personas que padezcan patologías que sean susceptibles de agravarse por el contagio del COVID-19. También quedarán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren de permiso o lo hayan solicitado por deber inexcusable para la atención de menores o mayores que estén bajo su dependencia.

Las personas concretas que deben cubrir cada uno de los turnos serán designadas por el fiscal jefe, letrado de la Administración de Justicia o directores de IMLs, responsables funcionales de sus respectivas unidades.

En la medida de lo posible, se procurará formar equipos en aquellos casos en los que en los turnos haya más de un integrante, a fin de minimizar la posibilidad de contagio.

2º.Localización y disponibilidad

Todos los funcionarios que no se encuentren comprendidos en los servicios esenciales, deberán estar localizables y en disposición de incorporarse a su respectiva unidad en las condiciones de jornada y horario habituales si son requeridos para ello. A tal fin, facilitarán a sus respectivos superiores funcionales una vía de comunicación inmediata que se mantendrá abierta durante la jornada laboral.
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Detectados los dos primeros casos de coronavirus en la Administración de Justicia de Aragón. A la espera de la Resolución de prevención de riesgos laborales y de la reducción del personal que cubra los servicios esenciales



Durante este fin de semana se han confirmado los dos primeros casos confirmados de coronavirus en la Administración de Justicia de Aragón: un compañero de los Juzgados de Huesca y una abogada de Alcañiz. 

En ambos casos, la última vez que estas personas acudieron a los edificios judiciales donde desarrollan su labor fue el 9 ó 10 de marzo. A la vista del tiempo transcurrido desde dicha fecha, a instancias de CCOO la Directora General de Justicia de Aragón informó que no era precisa la desinfección de los edificios judiciales, dado que la supervivencia máxima del virus fuera del cuerpo humano, en superficies como el plástico o el acero, es de 72 horas. No obstante según informó la Directora General ayer se iba a llevar a cabo la desinfección del edificio de Alcañiz por la UME, y probablemente mañana martes vayan a Huesca. En cuanto al personal que estuvo en contacto con las personas contagiadas, CCOO se ha puesto en contacto con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales para que nos informe sobre si se han de adoptar medidas, estando en estos momento a la espera de su respuesta, que trasladaremos a los Delegados y Delegadas de Huesca y Teruel para su difusión. 

Según el informe del Ministerio de Sanidad de 17 de marzo, el periodo medio de incubación del coronavirus es de 5 ó 6 días, por lo que se supone que aquellas personas que estuvieron en contacto con los casos confirmados de coronavirus ya deberían haber desarrollado la enfermedad. Si estas personas presenten alguno de los síntomas de infección por coronavirus (tos seca, astenia, expectoración, disnea, dolor de garganta, cefalea) deben abstenerse de ir a trabajar, y :

1.- Contactar con el Servicio Aragonés de Salud 
2.- Comunicar la situación a la Unidad Administrativa correspondiente
3.- Comunicar la situación a su LAJ o responsable funcional.
4.- Informar a su entorno laboral más cercano.

El borrador de la Resolución del Ministerio de Justicia sobre medidas preventivas por los casos de coronavirus establece que si las personas que hayan tenido contacto no presentara síntomas de infección respiratoria (fiebre, tos, disnea, dolores musculares, etc) se recomienda extremar las medidas generales de higiene y protección de los demás, tales como: 

- Evitar el contacto físico directo con otras personas. 
- Evitar permanecer de forma prolongada a distancias menores de 2 metros de los demás. 
- Evitar en la medida de lo posible las reuniones y las actividades grupales. 
- Extremar las medidas de higiene respiratoria, como cubrirse la nariz y la boca al toser o estornudar, preferiblemente con la parte interior del codo o con un pañuelo desechable (que se debe desechar adecuada e inmediatamente en una papelera). 
- Lavado de manos frecuente (con agua y jabón o soluciones hidro-alcohólicas) especialmente después de toser, estornudar y tocar o manipular pañuelos u otras superficies potencialmente contaminadas. 
- Evitar llevarse las manos a la cara.

CCOO reclamó insistentemente la semana pasada que se proveyera de geles hidroalcóhólicos, guantes y mascarillas (éstas cuando estén disponibles) al personal de Justicia de Aragón. El viernes se recibieron geles (1 bote de medio litro por órgano judicial), pero no guantes ni mascarillas. En cuanto al uso de mascarillas el Ministerio de Sanidad informa que si una persona está sana, solo necesitamos llevarla si se atiende a alguien de quien se sospeche la infección por el coronavirus. Dado que ignoramos si las personas que acuden a nuestro centro de trabajo están o no infectadas por coronavirus, es lógica la preocupación del personal de Justicia que atiende los servicios de atención al público estos días (Juzgados de Guardia, Violencia, Registros Civiles) de que se les provea de guantes y mascarillas, y esperamos que a lo largo de la semana se solucione su provisión. 

La Directora General de Justicia insistió ayer en la necesidad de que extrememos las medidas de prevención entre compañeros y compañeras de las Oficinas Judiciales. Dado que es posible que estemos infectados y lo desconozcamos, o que lo esté nuestro compañero o compañera, y por eso es preciso que entre nosotros y nosotras evitemos el contacto físico directo, no permanecer a distancias menores de 2 metros, y que extrememos las medidas de higiene respiratoria. 

Respecto del personal que debe cubrir los llamados servicios esenciales, tal y como se informó el viernes se llevará a cabo una reducción de dicho personal, se supone de forma coordinada en toda la Administración de Justicia de España tras la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, del Ministerio de Sanidad, por la que se encomienda al Ministro de Justicia la coordinación de la actividad profesional de los miembros de los cuerpos de funcionarios regulados en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial en todo el territorio del Estado. 

A estas horas el Ministerio de Justicia no ha publicado ninguna resolución que reduzca el personal fijado en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia del 13 de marzo, y tampoco la Dirección General de Justicia de Aragón. Según avanzó la Directora General el viernes pasado se bajará la dotación de algunos servicios esenciales y no se incrementará en ninguno. 

En cuanto a la prevención de riesgos laborales, incluida la posibilidad de exención de ir a trabajar sin necesidad de tramitar la baja médica, el Ministerio de Justicia remitió a las organizaciones sindicales y a las Comunidades Autónomas con competencias un borrador de Resolución de medidas preventivas, que contempla medidas de carácter colectivo, de organización del trabajo, de protección individual no exhaustivas, sobre el entorno físico del trabajo, y cómo proceder ante un caso positivo o de aislamiento. El borrador es altamente insuficiente e insatisfactorio, porque deja sus medidas en calidad de recomendaciones, por lo que no serían de cumplimiento obligado. 

En Aragón seguimos sin recibir el documento que nos prometió la Directora General el pasado jueves, relativo a cómo proceder aquellas personas que están en los grupos de mayor riesgo. La Resolución del Ministerio de Justicia permite su exención de turnos, pero la DGA quiere imponernos sus propias normas, que establecen un protocolo burocrático para estos casos que pasa por la solicitud de baja médica.

LLegados a este punto, resulta evidente la descoordinación del Ministerio de Justicia, que por un lado de pliega a las intromisiones del CGPJ en el ejercicio de sus funciones y por otro lado es incapaz de dar soluciones rápidas a las demandas de todo el colectivo de Justicia, pues es evidente que faltan medidas preventivas y sobra gente cubriendo servicios esenciales. 

En cuanto a nuestra Administración, CCOO mantiene contacto directo con la Dirección General para intentar dar solución a los numerosos problemas que surgen día a día. Hay tres cuestiones que la DGA debe darnos respuesta inmediata, en el marco de la coordinación exigida por  Ministerio de Justicia: debe reducirse el personal que cubra los servicios esenciales; deben poder excusarse sin necesidad de baja médica los mayores de 60 años, embarazadas y personas con patologías de riesgo; y debe suministrarse de forma urgente medidas de protección al personal de Justicia de Aragón, incluidas mamparas en los mostradores de atención al público. 
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CC.OO. INTERPONE RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL CONCURSO DE TRASLADOS


29 feb 2020



CC.OO. a través de nuestro Delegado Sindical en Aragón, y previo a la interposición en su día de RECURSO DE ALZADA ante la Consejera de Presidencia, no contestado por ésta,  se interpuso el pasado día 14-2-2020 recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución de 25 de junio de 2019, de la Dirección General de Justicia e Interior, del Departamento de Presidencia de la Diputación General de Aragón, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia (BOE y BOA de 18 de julio de 2019).

El motivo del mismo, es no haberse ofrecido en este TODAS LAS PLAZAS VACANTES existentes en Aragón con dotación presupuestaria, en concreto 12 plazas, y que son las  siguientes:
En el SACE: 5 plazas de Gestión,  3 plazas de Tramitación y 3 plazas de Auxilio
En la Agrupación de Paz de Gallur: 1 Plaza de Gestión.
Tampoco se ofreció en el mismo la posibilidad de poder concursar a RESULTAS al SACE.
Desde CC.OO. creemos que la Administración tiene la obligación de ofrecer todas las plazas vacantes, pues aun cuando de las normas puede deducirse  que el sistema ordinario  de provisión de puestos  es el concurso, de la misma manera que también se deja claro que serán las Administraciones competentes las que determinen las vacantes ofertadas, en virtud de la potestad de auto organización que les otorga nuestro ordenamiento jurídico, pero esta doctrina general aparece matizada en dos aspectos fundamentales. Por una parte, es cierto que no existe la obligación legal de sacar la totalidad de las vacantes existentes en el concurso por la Administración, precisamente porque se le apodera para que valore la pertinencia de dar prioridad a otras plazas, es decir, se la apodera para decidir qué vacantes han de ofertarse. Ahora bien, y este es el segundo aspecto, tal apreciación, que se identifica con lo que se denomina potestad de autoorganización, no implica que se ejerza sin sujeción a control alguno: su ejercicio tiene como contrapartida que la exclusión de ciertas plazas se motive, se justifique y se integren conceptos como las "necesidades organizativas" que llevan a excluir ciertas plazas y a ofertar otras, el interés general, etc.
Es decir, la Administración viene obligada a justificar por qué no saca en la convocatoria plazas que están dotadas presupuestariamente.
En el caso presente,  la actual Directora General, no ha ofrecido la más mínima justificación de las causa por las que no se ofertaban las plazas vacantes ya citadas, así como tampoco se ha motivado el hecho de que dichos puestos de trabajo no se puedan solicitar en concepto de RESULTAS.
El recurso ha sido repartido al Juzgado de lo Contencioso número 1 de los de Zaragoza, y se ha fijado fecha para la vista en el próximo mes de MARZO DE 2021.   
Tal y como el nuevo equipo de CC.OO anuncio, este recurso se ha interpuesto, poco a poco, iremos cumpliendo todos los objetivos que en su día nos marcamos.  En el presente caso, esperaremos pacientemente, a que el órgano judicial resuelva el recurso planteado.
MOTIVATE, IMPLICATE, COLABORA con  El Sector de Justicia de CC.OO. en Aragón, siempre en defensa de nuestros intereses colectivos y en la mejora continua de nuestras condiciones laborales.
Seguiremos informando,

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