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Jueces, 500 € al mes. LAJ, 450 € al mes. Resto de personal de Justicia, 0 €. Un gobierno progresista


9 may 2023


El Gobierno "progresista" ofrece a los Jueces 500 € más al mes, según noticia publicada en El Pais. La oferta, según informa dicho diario, llega después de que jueces y fiscales rechazaran la primera oferta, planteada el pasado miércoles y que implicaría destinar 44,5 millones de euros más al año a los salarios de ambos cuerpos. Aunque fuentes de los jueces calificaron en un primer momento la propuesta de “buena”, las asociaciones la consideran insuficiente y en la reunión de este lunes de la mesa de retribuciones han reclamado nuevas mejoras. El Gobierno ha ofrecido un incremento cercano a 500 euros al mes, según fuentes de la negociación, y las asociaciones han quedado en contestar el miércoles. Esta subida sería en el complemento general de puesto de Jueces y Fiscales. 

Tras la huelga de LAJS, el Gobierno pactó con dicho colectivo subirles su salario entre 430 y 450 € al mes. Esta subida sería dentro de un complemento de "eficiencia", que se incluiría dentro de su complemento específico. 

Mientras tanto, el Gobierno ofrece 0 € de subida al personal de la Administración de Justicia, es decir, a más del 90 % del personal que servimos en esta administración, y que somos quienes en realidad realizamos la parte central y esencial del trabajo de juzgados, tribunales, fiscalías y registros civiles. Se ve que ser "progresista" para este Gobierno es ofrecer más a quienes más cobran, y nada a quienes menos cobran; más a quienes incumplen de forma generalizada los horarios de audiencia pública o de trabajo, a quienes en muchos casos se limitan a firmar resoluciones y actas confeccionadas 100 % por el resto del personal,  a quienes cobran la productividad del trabajo que los demás realizamos. 

El Ministerio de Justicia, la Administración de Justicia en España, es una vergüenza. La Ley de Eficiencia Organizativa no busca sino consolidar los privilegios de los de siempre. Tienen razón quienes afirman que la Democracia no ha llegado a nuestra Administración, porque mantiene los mismos clichés de determinados "señoritos" y "señorías" que hace 50 años. Que además haya un gobierno que se dice "progresista" que ampare, defienda y trabaje por el mantenimiento de privilegios para unos pocos es, simplemente, decepcionante. 

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Ante la desidia de los servicios de prevención en resolver lo que ya se sabía desde hacía dias, parece ser que volvemos a llevar mascarillas en los centros de trabajo de Justicia de Aragón


21 abr 2022


Se ve que son los únicos que no se habían enterado de toda España que las mascarillas dejaban de ser obligatorias en los interiores a partir del 20 de abril, salvo las excepciones que estableciera el Gobierno de la Nación. La DGA, dando una vez más muestras de su desidia en estos temas, abordó (milagro) ayer una reunión de urgencia para decidir sobre si el personal del Gobierno de Aragón, en el que se incluye el personal de la Administración de Justicia de Aragón, ha de llevar o no mascarilla en los centros de trabajo. La resolución fue la siguiente: de momento, mientras no nos aclaremos, hay que seguir llevando las mascarillas (creemos).

Tal y como informa CCOO DGA, el pasado lunes, 18 de abril, CCOO solicitó a Función Pública una reunión urgente para que se informara de las medidas preventivas a adoptar en relación con la modificación en la obligatoriedad del uso de la mascarilla en los centros de trabajo de la DGA.

Como consecuencia de esta petición, la Administración ha convocado la Comisión Autonómica de Prevención de Riesgos Laborales (CAPRIL) con la participación de los cuatro sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación CCOO, UGT, CSIF y CEMSATSE.

Tras varias semanas de incertidumbre desde que se anunciara el fin de la obligatoriedad en el uso de la mascarilla, ayer se conoció del Real Decreto 286/2022 que regula en qué situaciones será obligatorio el uso de la mascarilla, contenido que el Gobierno adelantó en la página web de la Moncloa en la tarde martes. .

El Real Decreto 286/2022 traslada a los servicios de prevención la obligación de revisar las situaciones de riesgo en el ámbito laboral teniendo en cuenta que, desde hoy, la ciudadanía que acceda a los servicios públicos que prestamos, no está obligada a usar la mascarilla en las dependencias de la Administración, a excepción de los centros sanitarios y sociosanitarios.

Y esa revisión de los riesgos deberá tener especialmente en cuenta los espacios de trabajo que tienen atención al público, los espacios mal ventilados y en los que haya mucha gente. La responsabilidad de la Administración es proteger la salud de todo su personal y, por eso, es necesario plantear medidas de prevención en el ámbito laboral.

Teniendo en cuenta esta nueva regulación, y tras informe de los servicios de prevención, Función Pública ha avanzado un listado de actividades en dónde se seguirá manteniendo el uso obligatorio de la mascarilla, del que no se ha dado traslado a la Administración de Justicia. . La semana que viene se volverá a reunir la CAPRIL de forma extraordinaria para cerrar el acuerdo.

Mientras tanto, la Dirección General de Función Pública va a remitir una nota a todos los Departamentos indicando que, provisionalmente, se mantiene la obligatoriedad del uso de la mascarilla para el personal que recibe mascarillas proporcionadas por la DGA (en Justicia las tenemos que ratear) y que, para el resto de personal, se recomienda su uso generalizado.

A expensas de lo que pueda acordar la DGA y la Direccion General de Justicia, desde CCOO Justicia recomendamos al personal de Justicia de Aragon que sigan adoptando las medidas de autoproteccion necesarias, incluyendo las mascarillas, en todos los puestos de atencion al publico, guardias, salas de vista y diligencias de calle. Los servicios de prevencion de la DGA deberan concretar los supuestos concretos en que haya que llevar mascarilla dentro de los centros de trabajo, pero vista su desidia pueden tardar 1 dia, 1 semana o 1 mes en adoptar una medida que en cuanto obligatoria debe ser justificada y adoptada a la mayor urgencia posible. Ademas, desde el momento que no sea generalizada pasara a ser obligacion de la DGA su suministro, como cualquier otro medio de seguridad en el trabajo.


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OFERTA EMPLEO PUBLICO A TRAVES DEL INAEM: NEFASTA GESTION


23 sept 2021


 Hola, “POR FIN”, con meses de retraso, ayer por la tarde la Administración informó, que HOY, durante el transcurso del día, se publicaría en la web del Gobierno de Aragón, apartado empleo público en la Administración de Justicia una oferta de empleo público que se hará a través de las diferentes oficinas del INAEM. Sobre la que hablaremos posteriormente. (Más abajo aparece el enlace, ya se ha publicado)

 

CC.OO., inicialmente, ha de realizar una merecida crítica a la responsable actual de la Dirección General por su NEFASTA GESTION en esta materia, que versa en la necesidad de tener siempre en todo momento una Bolsa con el suficiente personal para poder cubrir las necesidades del Servicio que se vayan produciendo en todos los Centros de Destino de la Administración de Justicia en Aragón. 

CC.OO. ha instado, desde hace muchos meses, tanto por escrito como en las últimas Mesas Sectoriales la solución definitiva del problema, interesando la convocatoria inmediata de la Bolsa de Interinos, y/o en su defecto la formación de una Lista Supletoria por partidos judiciales a través del INAEM

  En la actualidad hay decenas (creemos, pues no nos han informado, que alrededor de 40 en todo Aragón y de todos los cuerpos) de peticiones para cubrir bajas que se han producido en el Servicio en los Juzgados y Tribunales de Aragón, algunas de ellas desde el pasado mes de mayo.   Esta necesidad imperiosa de personal(suplida con el esfuerzo continuo de los compañeros en los centros de destino en los NO SE CUBREN las bajas desde hace meses,  y ni se reconoce su esfuerzo ni se les compensa de forma alguna), se va a ver incrementada, como advirtió nuevamente CC.OO. tanto por escrito como en Mesa Sectorial, en que en las próximas semanas cesarán decenas de interinos en sus puestos de trabajo como consecuencia de que irán a tomar posesión fuera de Aragón tras haber superado el proceso selectivo en curso.

INADMISIBLE e INJUSTIFICABLE alegar que la Bolsa inicial y sus Listas Supletorias están agotadas, como si la Administración no fuere la responsable. Esta falta de previsión, de la que es responsable únicamente la Directora General fue advertida por CC.OO. en reiteradas ocasiones, tanto por escrito como en las propias y ultimas Mesas Sectoriales, interesándose siempre la convocatoria inmediata de nueva Bolsa de Interinos. La defensa de la Administración siempre ha sido alegar que no puede convocar nueva Bolsa Oficial de Interinos hasta que no terminen los procesos selectivos en curso, que el propio Decreto 88/2018 que regula las Convocatorias y aprueba el Reglamento de las mismas, dice, se lo impide.

 Como sabe la Directora General, para suplir ese posible impedimento legal, nada más fácil que en el seno de la Mesa Sectorial realizar una propuesta de modificación del texto del Decreto 88/2018, de 22 de mayo, del Gobierno de Aragón, en todo aquello que redunde en un beneficio para la ciudadanía, es decir la prestación del servicio público con las plantillas al 100% en todo momento.  CC.OO. cree, que cuando cometemos un error, es de sabios, reconocerlo, y corregirlo a la mayor brevedad, a juicio de CC.OO. el error se tenía que haber subsanado en el año 2019 y realizar la oportuna propuesta de modificación al texto del Decreto. Pero NO, parecía que realizar una propuesta de modificación de un texto, que inicialmente fue propuesto por esta Dirección General, aprobado y publicado en el BOA,  NO existe en el diccionario particular de la actual Directora General, reconocer un error en la propuesta de un texto por ella firmada en su día, NO LE GUSTA,  solo parece que le guste colgarse méritos.   Esta corrección, llegó, dos años después, más vale tarde que nunca, a través de la Orden PRI/465/2020, de 8 de junio, por la que se modifican los requisitos generales de los aspirantes previstos en el Decreto 88/2018..., publicada en el BOA de 18 de junio de 2020, suprime concretamente las letras m) y n) del apartado 1. del artículo 4 del Reglamento)

       En todo caso, para CC.OO., la gestión directa de quien tiene la responsabilidad en esta Dirección General, en esta materia, en lo que se refiere a prever tener SIEMPRE en todo momento, una lista con candidatos suficientes,  ha resultado no adecuada para la correcta prestación del servicio, pues desde mayo pasado existen necesidades de personal que no han podido ser cubiertas.

     ¡COMPAÑEROS¡ puede que la Directora General este contenta, pues aun cuando se ampara en que Bolsa y Listas supletorias están agotadas,  (seguro  que nadie es responsable de esta falta de previsión), lo cierto es que lleva meses ahorrándose el salario de docenas de personas que deberían estar cubriendo las bajas producidas,  y como podéis imaginar una posible reducción del  presupuesto del Capítulo I de esta Dirección General, puede ser un mérito a alegar para nuestra Directora ante quien le nombra y quien le mantiene en el puesto. Claro, a costa, de un empeoramiento del servicio público, y una sobrecarga laboral injusta de parte de los trabajadores y como ya hemos dicho antes, ni reconocida ni compensada. Pero esto último,  es decir, ni una peor prestación del servicio ni una sobrecarga laboral parece que le importe. 

   

¡DESPERTAD COMPAÑEROS¡ en breve, sino cambia de criterio las intenciones del Ejecutivo Nacional en la Administración de Justicia estaremos inmersos en varias y profundas reformas que modificarán nuestra forma de relacionarnos con quien tenemos una relación contractual, y aunque CC.OO. intentará trasladar TODO a través de Asambleas en vuestros Centros de Trabajo,  en aras a poder mantener y en la medida de lo posible mejorar las condiciones laborales,  puede que sea preciso que os impliquéis un poco más.  CC.OO. hará su trabajo.

 

    Volviendo al tema de la tardana y recientemente publicado anuncio de oferta de empleo público a través del INAEM, os contamos:

   

Finalmente se ha publicado el anuncio de la inminente oferta de empleo público a través de las diferentes oficinas del INAEM. El enlace del anuncio es el siguiente:


Como podréis comprobar hay una hoja de declaración responsable por cada Cuerpo al que estéis interesados.

 ANUNCIO WEB DGA DECLARACIONES RESPONSABLES

A fecha de redacción de la presente hoja, 23 de septiembre, ya se publicada oferta del INAEM para TODOS los partidos judiciales de TERUEL:  Alcaniz, Calamocha y Teruel  

y en fecha 24 de septiembre TODOS los partidos Judiciales de Huesca, salvo la capital ( Jaca, Boltaña, Barbastro, Monzón y Fraga) os adjuntamos el enlace,

         OFERTAS A FECHA 23 y 24-09 EN OFICINAS INAEM -3 días para instarlas-

 

     

OJO, En los próximos días, saldrá la oferta que queda, es decir provincia de Zaragoza del mismo modo, a través del INAEM  quien hará la difusión de las ofertas en su web, con la información necesaria para presentar las solicitudes. ya se han realizado  las ofertas correspondientes a los partidos judiciales de Huesca y de Teruel. En Zaragoza capital y provincia la gestión de la oferta de todos los partidos se va a centralizar en el espacio empresas y, por cuestiones funcionales internas, se tardará unos días más en lanzar la difusión.


 ESTAD MUY ATENTOS los que estéis interesados, pues Cada oferta estará en difusión durante tres días hábiles, pudiendo presentar solicitudes hasta las 14:00 horas del día siguiente a aquel en que finalice la difusión según información de la Administración, pero en ningún caso esperéis a este día de gracia.

Si tenéis alguna duda poneros en contacto con nuestros Delegados.

 A pesar de que la gestión no ha sido todo lo rápida que hubiera gustado, CC.OO. espera que se confeccionen las listas supletorias a la mayor brevedad  y se restablezcan los servicios con el 100% de la plantilla en todos los Centros de Destino en Aragon.

 Y a pesar de la sana crítica expuesta,  CC.OO. colaborará con la Administración en todo lo que pueda redundar en una mejor prestación del servicio, y en aras siempre a mantener y mejorar las condiciones laborales de los compañeros.

Un saludo,

Seguiremos informando.

ccoojusticia@aragon.es

 

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OFICINA FISCAL. ARAGON: INMINENTE CONCURSO DE LIBRE DESIGNACION


7 sept 2021


Hola, nos acaba de informar la Dirección General de la Administración de Justicia en Aragón, que está previsto que el próximo 15 de septiembre se publique en el BOE la convocatoria para la provisión de los puestos de la NOF que deben cubrirse por el procedimiento de libre designación.

Como sabéis,   CC.OO. se opuso y se opone frontalmente a la existencia de estos puestos en la Administración de Justicia.

Incluso en Aragón,  CC.OO. fue el único Sindicato que recurrió a la Jurisdicción Contenciosa el Decreto de creación de la Oficina Fiscal que daba lugar a estos tipos de puestos, y aunque los Tribunales desestimaron el recurso, la fundamentación jurídica de la sentencia sirvió para conseguir avances en el proceso de negociación de las RPTs de la Fiscalía en Aragon.

A pesar de ello, las libres designaciones han entrado dentro de la estructura de la Administración de Justicia de Aragon, como consecuencia de la imposición de la  Administración a propuesta de los responsables de la Fiscalía, tanto a nivel nacional como autonómico

Os recordamos que en las Oficinas Fiscales de Aragón, serán 4 las plazas del Cuerpo de Tramitación Procesal de Apoyo a los Fiscales Jefes. En Aragón, se ofrecerán por este sistema las siguientes:

1 en Teruel, a disposición del Fiscal Jefe de Teruel

1 en Huesca,  a disposición del Fiscal Jefe de Huesca

1 en Zaragoza,  a disposición del Fiscal Jefe de la Provincia de Zaragoza

1 en Zaragoza,  a disposición del Fiscal Jefe de la Fiscalía de Aragón

       En su momento, cuando se publique en el BOE el Concurso citado de libre designación, entraremos en detalle.

Un Saludo,

 

Seguiremos Informando

 

ccoojusticia@aragon.es

 

 

 

 

 

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PUBLICADO EN EL BOE LA RESOLUCION DEL CONCURSO DE TRASLADOS DEL 2020


19 feb 2021


 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Destinos
  • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

  • Adjuntamos las adjudicaciones de destinos de todos los ámbitos territoriales:

    MINISTERIO DE JUSTICIA

    Destinos
    • Orden JUS/135/2021, de 11 de febrero, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

    Destinos
    • Orden de 11 de febrero de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Consejería de Presidencia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

    Destinos
    • Orden PRE/13/2021, de 11 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PRE/126/2020, de 28 de julio.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Servicios Sociales y Gobernanza Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNITAT VALENCIANA

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.

    COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

    Destinos
    • Resolución 45/2021, de 11 de febrero, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución 193/CT/2020, de 28 de julio.

    COMUNIDAD DE MADRID

    Destinos
    • Resolución de 11 de febrero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Justicia, Interior y Victimas, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Resolución de 28 de julio de 2020.



    En la orden de adjudicación definitiva del concurso del ámbito no transferido (si bien, las del resto de los ámbitos son semejantes, salvo la de la Comunidad de Madrid, que ha infringido la orden del Ministerio de Justicia en lo relativo al cese de las personas que se encuentren en comisión de servicio, a las que se obliga a desplazarse innecesariamente a Madrid para el cese, si están en la actualidad en comisión en otra CCAA: la Comunidad de Galicia también ha eliminado el párrafo segundo del apartado quinto de la orden o resolución, no obstante, en el apartado séptimo de su resolución, incluye un párrafo que permite el cese y la toma de posesión por medios electrónicos), y como hemos venido informando reiteradamente, se incluyen las siguientes especificaciones, que destacamos:


    FECHAS DE CESES:


      "Quinto.- Para los funcionarios que se encuentren en activo, en servicios especiales o en excedencia voluntaria por el cuidado de familiares y no reingresen en ninguno de los Cuerpos o Escalas a que se refiere el presente concurso, no incluyéndose en ese punto a los funcionarios que se encuentren reingresados provisionales, el cese deberá efectuarse en las fechas que a continuación se indican: Tramitación Procesal y Administrativa, el 22 de febrero de 2021, lunes; Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, el 26 de febrero de 2021, viernes.   

     

    PLAZOS PARA LA TOMA DE POSESIÓN DEL NUEVO DESTINO:

     

     Sexto.- La toma de posesión del nuevo destino obtenido por concurso, para los funcionarios indicados en el punto anterior, se producirá en los tres días hábiles siguientes al cese, si no hay cambio de localidad del funcionario, o en los ocho días hábiles siguientes si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma, y veinte días hábiles siguientes si implica cambio de Comunidad Autónoma, con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será en el mes siguiente, tanto si el puesto de trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

    PERSONAS QUE ESTÉN EN COMISIÓN DE SERVICIO:


      "Quinto, segundo párrafo: Aquellos funcionarios que se encuentren desempeñando una comisión de servicios, no será necesario que se desplacen al órgano judicial de origen que tengan reservado para formalizar el cese, pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión, para ello las Gerencias harán llegar los documentos al órgano en el que el concursante se encuentre desempeñando la comisión."

    NOTA IMPORTANTE: Como decimos más arriba, la Comunidad de Madrid, en su resolución de adjudicación definitiva del concurso de traslado, obliga a las personas en comisión de servicio en otras CCAA, que tienen su destino de origen en la Comunidad de Madrid, a desplazarse a Madrid para su cese, vulnerando sin ningún argumento, salvo el de que es su decisión, lo establecido en la Orden del Ministerio de Justicia. CCOO denuncia esta inadmisible actuación de la Comunidad de Madrid faltando de nuevo al respeto a las personas afectadas, obligándoles a un desplazamiento inútil y costoso, además de ir contra los principios sanitarios en la pandemia, y atacando sus derechos legítimos.

      El Ministerio de Justicia ha remitido una nota esta semana sobre los plazos posesorios, en los casos de estar ocupando una plaza en comisión de servicio, con este contenido:  "El plazo posesorio que corresponde disfrutar a dichos funcionarios se contará teniendo en cuenta la localidad del puesto que está desempeñando efectivamente en comisión, no la del que tuviera reservado, y la localidad del obtenido en el concurso. "

      Además, el Ministerio de Justicia ha remitido esta semana también, una nota aclaratoria en relación con lo establecido en el apartado noveno de la orden, relativo a los casos excepcionales por motivos de la pandemia:


    CASOS EXCEPCIONALES POR MOTIVO DE LA PANDEMIA 



    "Con relación a lo especificado en el punto Noveno de la Orden de 11-2-2021, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, anunciado por Orden JUS/808/2020, de 28 de julio (BOE de 1 de septiembre), se comunica lo siguiente: 

    1º.- Se debe entender que el cese de los funcionarios afectados se producirá en las fechas indicadas en el punto Quinto de la resolución definitiva del concurso. 

    2º.- Como resulta obvio, en los casos en los que no hay cambio de localidad, no cabe la aplicación de este punto Noveno. 

    3º.- La prórroga del plazo posesorio en los casos excepcionales sólo se autorizará si, una vez finalizado el plazo posesorio (Se recuerda que son ocho días hábiles si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma; veinte días hábiles si implica cambio de Comunidad Autónoma; y un mes de la Península a las Comunidades Autónomas de Canarias y de Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, o viceversa), todavía siguen sin encontrar alojamiento, y como máximo durante los tres días hábiles siguientes a la finalización de dicho plazo, y con la documentación justificativa suficiente, debiendo tomar posesión al cuarto día hábil en su órgano de destino."   

    OTRAS CUESTIONES ESTABLECIDAS EN LA ORDEN: 


        

     

    PERSONAL FUNCIONARIO REINGRESADO


    Octavo.- Para el supuesto de que un funcionario reingresado, de los indicados en el punto Séptimo, tomara posesión antes de los días 22 ó 26 de febrero en un órgano judicial en el que hubiera destinado un funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares, u otro funcionario adscrito provisional que debiera trasladarse al haber obtenido un puesto de trabajo en el concurso, no se seguirá el orden de cese establecido en el punto Quinto, sino que se deberá actuar de la siguiente forma:

    a) El funcionario reingresado tomará posesión. 
    b) El funcionario en activo, en servicios especiales, en excedencia por cuidado de familiares o en adscripción provisional, cesará el mismo día de la toma de posesión del reingresado, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio indicado en el punto Sexto. 
    c) Si el funcionario cesado en el apartado b) tomara posesión en un órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en los puntos a) y b), y así sucesivamente.

       Cuando tome posesión un funcionario en activo, en servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, y no haya cesado aún un funcionario que deba reingresar o que esté adscrito provisional, se deberá actuar de la siguiente forma: 

    d) El funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares tomará posesión. 
    e) El funcionario que deba reingresar o que esté en adscripción provisional cesará el mismo día de la toma de posesión del funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio indicado en el punto Séptimo. 
    f) Si el funcionario cesado en el apartado e) tomara posesión en un órgano judicial ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en los puntos d) y e), y así sucesivamente.

    ENLACES A LAS DIFERENTES INSTRUCCIONES EMITIDAS POR ALGUNAS CCAA CON COMPETENCIAS TRANSFERIDAS, EN RELACIÓN CON LOS CESES Y TOMA DE POSESIÓN DEL CONCURSO DE TRASLADO 2020









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  • Local Sindical de CC.OO. sito en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza. 690055789 o ccoojusticia@aragon.es


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