Hoy hemos visto la publicación en el BOE del ofrecimiento de Plazas que realiza la D.G.A. y que dimana del Listado que no fue publicado a finales de junio porque CC.OO. advirtió de que los Listados Iniciales no cumplían con la normativa, pues bien compañeros:
los Listados publicados ayer en el BOE si que cumplen con la normativa, pero el contenido de la Resolución se ha vuelto a producir un error, que CC.OO., nuevamente ha advertido a la Dirección General, para que si lo considera oportuno, lo corrija. (al final os contamos) Sino el lío lo tenemos asegurado.
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
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Resolución de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia, Cultura y Deporte, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso, por promoción interna y concurso-oposición, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/104/2024, de 31 de enero.
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
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Resolución de 9 de julio de 2026, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Justicia, Cultura y Deporte, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para el acceso por promoción interna y sistema de concurso oposición, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero.
El error, del que ya ha dado traslado CC.OO. puede dar lugar a reclamaciones aseguradas, y es que las propias resoluciones NO advierten de la diferencia entre Destino Definitivo o Destino Provisional y las consecuencias de éste último. (el listado si que diferencia entre plazas con destino definitivo o provisional, pero la resolución no informa de las diferentes consecuencias si se nos asigna una u otra) Y esto se informo y se acordó durante la celebración de la ultima Mesa Sectorial.Lo explicamos,* Si OBTENEMOS PLAZA CON DESTINO DEFINITIVO, entonces aplica el punto sexto que si que obra insertado en las Resoluciones en las que se ofrecen plazas:"Sexto. Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial* Pero, si OBTENEMOS PLAZA CON DESTINO PROVISIONAL, la resolución tiene que advertir de las consecuencias y la obligación descrita en el art. 28.2 de nuestro Reglamento de Ingreso, por lo que, la administración aragonesa debería rectificar en el BOE de lo siguiente:"Artículo 28. Asignación inicial de puestos de trabajo................................2. Los puestos de trabajo que se oferten a los funcionarios de nuevo ingreso deberán haber sido objeto de concurso de traslado previo entre quienes ya tuvieran la condición de funcionario. No obstante, si las Administraciones competentes en materia de gestión de recursos humanos no dispusiesen, en sus respectivos ámbitos territoriales, de plazas suficientes para ofertar a los funcionarios de nuevo ingreso, con carácter excepcional y previa negociación sindical, podrán incorporar puestos de trabajo no incluidos previamente en concurso de traslados.En este último supuesto, el destino adjudicado al funcionario de nuevo ingreso tendrá carácter provisional. Dicho funcionario deberá tomar parte en el primer concurso de traslados que se convoque en el que se oferten plazas del ámbito territorial en el que se encuentre destinado provisionalmente, garantizándosele el destino definitivo en el ámbito por el que participó en el proceso selectivo. De incumplir esta obligación, se le adjudicará con carácter definitivo cualquiera de las plazas no adjudicadas en todo el territorio nacional.Como ya os hemos trasladado, CC.OO. ha advertido hoy a la Admón., en cuanto ha leído el BOE de la omisión expuesta que no obra en las Resoluciones publicadas en el BOE de ayer.Esperamos la respuesta de la Administración.Seguiremos Informando,Un Saludo,ccoojusticia@aragon.es
