ABONO GUARDIAS DURANTE ILT. SENTENCIA DEL SUPREMO: adios, de momento a su abono.


16 feb 2026


😡😡 CCOO DISCREPA ROTUNDAMENTE DE LA NEGATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO A RECONOCER AL PERSONAL DE JUSTICA SU DERECHO A PERCIBIR LAS RETRIBUCIONES POR GUARDIAS EN LAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL


  • A pesar de las decenas de sentencias firmes que CCOO logramos y que reconocían este derecho, (En Aragón la primera la consiguió CC.OO.)  recientemente el Tribunal Supremo casa en contra de la numerosísima doctrina asentada durante años en infinidad de órganos judiciales que venían reconociendo este derecho
ADIOS AL ABONO DE LAS GUARDIAS DURANTE I. L.T.

CCOO seguimos y seguiremos luchando para modificar la normativa específica de Justicia que ha dado pie a esta sentencia. NO PODEMOS PERMITIR QUE EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TENGA MENOS DERECHOS QUE EL RESTO DE EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLICAS

Hasta hace escasos días disponíamos de numerosísimas sentencias que reconocían el derecho del personal de Justicia a percibir las retribuciones por guardia en situaciones de incapacidad temporal. Tan profusa y consolidada estaba la doctrina que algunos colectivos -nos consta que de jueces y letrados incluidos- fueron un paso más allá e iniciaron campañas para reclamar estas retribuciones durante el disfrute de otros permisos retribuidos e incluso en las pagas extraordinarias

Se basaban para ello, entre otras, en las sentencias de la Sección 4ª de la Sala Tercera del TS 822/2025 de 25.6.2025 -Rec. Casación 1089/2023- y 872/2025 -Rec. Casación 9055/2022- que reconocieron a unos policías locales de Vigo el derecho de que sus complementos de festividad y nocturnidad se incluyeran en la retribución de sus vacaciones, incapacidad temporal, asuntos propios y demás permisos retribuidos

Los razonamientos jurídicos contenidos en dichas sentencias parecían plenamente extrapolables a los funcionarios de la Administración de Justicia, pues como venía reconociendo desde hace décadas la Sala III del TS, si conceptos tales como nocturnidad, guardias, turnicidad, festividad…forman parte de la “jornada normal”, dicho carácter ordinario impide que estos conceptos retributivos puedan tener la calificación de “gratificación extraordinaria”

Sin embargo la misma Sección 4º de la Sala de lo Contencioso del TS, en su sentencia de 14 de enero de 2026 -Sentencia 17/2026- resolviendo el Rec.Casación 6502/2024- ha denegado la aplicación analógica de las sentencias de los policías de Vigo al ámbito de la Administración de Justicia. Esta Sentencia recae en un recurso contencioso-administrativo interpuesto el 27.5.2022 por un GPA del Juzgado de Instrucción nº2 de Murcia (NO es un recurso de CCOO), al que se le denegó la inclusión de sus guardias en las bajas por incapacidad temporal y al cual el TSJ de Murcia le había dado la razón aplicando los mismos razonamientos que el TS había aplicado para reconocer este derecho a otros colectivos

Recurrida en casación por parte de la abogacía del Estado, ha sido casada y anulada, según el Alto Tribunal, porque las normas de función pública a interpretar en los casos precedentes contenían lagunas; pero no así en las contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que son exhaustivas en la regulación de las retribuciones. A su entender, en las sentencias de los policías del Ayuntamiento de Vigo se pudo declarar la condición ordinaria de los complementos en liza –festividad y nocturnidad- porque todo el cuerpo de la policía local de Vigo trabajaba a turnos; en el Sector de Justicia, sin embargo, sólo ciertos órganos judiciales prestan guardias

Desde CCOO No podemos estar más en desacuerdo con este reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo que elimina de un plumazo nuestras legítimas expectativas de que -por la vía judicial al menos- se reconozca lo que no se reconoce por nuestros empleadores, que el personal al servicio de la Administración de Justicia somos trabajadores y trabajadoras y que merecemos al menos el mismo respeto a nuestras condiciones laborales que otros colectivos


Esta fatídica resolución refuerza aún más lo que desde CCOO venimos denunciando desde hace tiempo: ES PRECISA E INDISPENSABLE UNA MODIFICACIÓN NORMATIVA QUE INCORPORE LAS RETRIBUCIONES POR GUARDIAS COMO UN CONCEPTO RETRIBUTIVO FIJO, y no como un concepto variable como en la actualidad


PERO CCOO SEGUIMOS Y SEGUIREMOS LUCHANDO

Por ello y a pesar de la oportunidad de oro perdida con ocasión de la implantación de los Tribunales de Instancia, nos volvimos a dirigir al Ministerio por escrito presentado el pasado 9 de enero, de lo cual ya os informamos en la correspondiente hoja informativa que podéis consultar aquí. Véase bien, 9 de enero, antes de que se dictara la fatídica sentencia

Lamentablemente, y según el informe jurídico elaborado expresamente por nuestro Gabinete Técnico -a la espera del cual no habíamos informado públicamente todavía- aunque los fundamentos de la STS 17/2026 son más que cuestionables, esta está dictada en casación y la LJCA no contempla ulterior recurso

 

El momento clave para la  negociación de esta materia  y otras lo era en la implantación de los Tribunales de Instancia. No obstante, y como resulta evidente,  el nefasto Acuerdo firmado por el resto de Sindicatos, que ellos llaman "Acuerdo de garantías"  NO LAS VEMOS POR NINGÚN SITIO,   bueno  vemos una con claridad, la  que le sirvió al Ministro Sr. Bolaños para que el Acuerdo se convirtiera en el semáforo en verde para poder aprobar la L.O. 1/2025 en el Congreso, y con ella la NUMO, esa que estamos padeciendo todos.  RECORDAMOS CC.OO. NO FIRMO.

Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es

 


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ULTIMA HORA: Cambio fecha pubicacion BOE ADJUDICACION DESTINOS ESTABILIZACION Tramitacion.


13 feb 2026


El Miércoles por la tarde nos enteramos extraoficialmente y ayer jueves en la reunión con el Ministerio de Justicia confirmaron:


CAMBIO DE FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DE TRAMITACIÓN ESTABILIZACIÓN ORDEN 1288/2022: será el 19 de febrero (y no el 17 como había anunciado por escrito hace días)


El Ministerio de Justicia anuncia que se retrasa hasta el 19 de febrero la publicación en el BOE de las adjudicaciones de destinos de Tramitación estabilización por concurso de méritos Orden 1288/2022 que había anunciado se publicaría el 17 de febrero


RESOLUCIÓN CONCURSILLO DE PLAZAS FASE I NUEVA OFICINA JUDICIAL: MÁS RETRASOS

Tras semanas insistiendo, hoy acaba de anunciar el Ministerio: siguen sin saber la fecha pero manifiesta que se publicará en el plazo de un mes



PERMISO QUE CCOO HABÍA EXIGIDO TRAS LA TOMA DE POSESIÓN DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN, QUE RECLAMAMOS EN BASE AL RD 364/1995, EN SU DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA, QUE VENIMOS RECLAMANDO EN TODOS LOS PROCESOS SELECTIVOS DE PROMOCIÓN INTERNA Y TURNO LIBRE, Y QUE HEMOS VUELTO A REITERAR:

El Ministerio de Justicia acaba de manifestar que otorgará dicho permiso a todas las personas, sean en la actualidad personas titulares o interinas, que obtengan destino en este proceso 

La norma en la que se basa este permiso es:

PERMISO ESTABLECIDO EN DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL RD
364/1995, DE 10 DE MARZO
La Disposición Adicional Quinta establece lo siguiente:
“Disposición adicional quinta. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros
Cuerpos o Escalas.
Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo
Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres
días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo
comporta.”

    OJO:
EL COMPROMISO ANTERIOR DEL MINISTERIO PARA EL DISFRUTE DE ESE PERMISO ,  y AUNQUE LA NORMA ES NACIONAL, y entendemos que conforme a lo previsto en la LOPJ también de aplicación directa para TODOS,   debemos trasladar que fuera de ese ámbito, las Comunidades deberán confirmar su posible disfrute.


Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es



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FORMACION: Plan Anuan del I.A.A.P. para el año 2026. DGA


10 feb 2026


En el B.O.A. se ha publicado la ORDEN HAP/170/2026, de 2 de febrero, por la que se publica el Plan anual de formación del Instituto Aragonés de Administración Pública para el año 2026.

 BOA Orden Hap/170/2026 que publica FORMACIÓN 2026 DEL I.A.A.P.

 


La formación para la Administración de Justicia figura en  Anexo IV de la orden insertada, promovido exclusivamente por la Dirección General de la Admón de Justicia.

En el Portal de Formación del Gobierno de Aragón, respecto de los ámbitos que lo utilicen, se publicará la información y las convocatorias, se solicitará la participación en estas acciones formativas y se descargarán los diplomas firmados electrónicamente. 

La convocatoria recogerá, al menos, la identificación de las acciones formativas a desarrollar, los requisitos y características específicas de celebración, la metodología y las circunstancias sobre finalización del curso y obtención de diploma o certificado, si procede. 

 

            Seguiremos Informando,

            Un Saludo,

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1ª Pauta Acoplamiento Zaragoza: Resolución Concurso Especifico a Plazas Singularizadas Partido Judicial de Zaragoza.


6 feb 2026


Hoy se ha informado y se ha colgado en la Web de la DGA lo siguiente:

 

 Resolución Provisional Concurso Especifico NUMO Zaragoza 

 

RECORDAMOS,  esta es la primera pauta que regula el Proceso de Acoplamiento en Zaragoza. 

Los compañeros que finalmente resulten adjudicatarios de una plaza SINGULARIZADA serán retirados de la resolución general del proceso de Acoplamiento, que saldrá en breve,  y las plazas de origen que vienen ocupando podrán ser asignadas a quienes las hubieren podido interesar que tengan mejor derecho. 

 

    Según la resolución insertada: 

     "Los que tengáis interés, disponemos del plazo de  CINCO DÍAS HÁBILES para presentar Alegaciones, el plazo finaliza el próximo día 13 de febrero de 2025.


    Las alegaciones se presentarán mediante la remisión, desde la cuenta corporativa de cada uno, la que termina en ..........@aragon.es, dirigida a:


 acoplamiento@justicia.aragon.es,


En el asunto del correo electrónico deberá indicarse “ALEGACIONES CONCURSO ESPECÍFICO ZARAGOZA”


En el cuerpo del correo electrónico deberá indicarse:


a) Nombre y apellidos del funcionario/a
b) Alegación o alegaciones que se formulen

Las alegaciones presentadas en tiempo y forma serán comprobadas, se resolverá lo que proceda en derecho y el resultado será reflejado en la resolución definitiva del concurso, por lo que no será notificado personalmente a los interesados o interesadas.


En ningún caso se admitirán nuevos méritos distintos de los alegados en el plazo de presentación de solicitudes.

Asimismo, durante el plazo indicado, los participantes podrán presentar, por el mismo medio, la renuncia total a su participación en la convocatoria, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia de participación.


Los destinos provisionalmente adjudicados pueden sufrir variaciones en la resolución definitiva como consecuencia de las posibles rectificaciones que puedan producirse en la baremación de las instancias. En cualquier caso, los destinos adjudicados provisionalmente no suponen derecho o la expectativa de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.


Tercero.- Se hace constar que los puestos singularizados que no han sido adjudicados provisionalmente, no figuran en el anexo de la presente resolución."

 

    Se prevee, según lo que traslado la Administración que la semana que viene pueda salir la Resolución Provisional de Acoplamiento de Zaragoza, aunque a juicio de CC.OO. quizás deberían esperar  a la Resolución DEFINITIVA del Concurso Especifico que se ha insertado. 

 

Informaros que el lunes próximo 9 de febrero estamos citadas las representaciones sindicales con los LAJ Directores de los diferentes Servicios Comunes, donde nos trasladarán la forma y el modo en el que se han organizado.   

 

Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es 



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Inminente Publicacion Destinos TRAMITACION PROCESAL OEP 2022 Estabilizacion "Meritos"


5 feb 2026



 

EL MINISTERIO DE JUSTICIA ANUNCIA QUE PUBLICARÁ LOS DESTINOS DE TRAMITACION DE ESTABILIZACIÓN MÉRITOS ORDEN 1288/2022 EN EL BOE DE 17 DE FEBRERO DE 2026


No remite listado alguno de adjudicación de destinos ni de su ámbito de competencias

Esta es la única información oficial que ha remitido el Ministerio de Justicia sobre la fecha de publicación en el BOE, por tanto las informaciones sobre que se publicarán mañana, 6 de febrero, los destinos adjudicados de estabilización no solo eran inciertas sino que han provocado un caudal de problemas para muchas personas afectadas por este proceso.


Este es el correo remitido por el Ministerio a última hora de la mañana de hoy:

"---------- Forwarded message ---------
De: @mjusticia.es>
Date: jue, 5 feb 2026 a las 13:44
Subject: TRAMITACION 1288

Buenos días

Por indicación del Subdirector General, con relación a la adjudicación de destinos de Tramitación, libre, del proceso Orden JUS/1288/2022, se informa lo siguiente:

Fecha de la resolución de adjudicación de destinos: 9-2-2026

Fecha de publicación en el BOE: 17-2-2026

Un saludo.

El Jefe de Sección de Concursos

San Bernardo, 21

28015 MADRID

Despacho 220

@mjusticia.es"

 

 

Reclamamos desde CCOO seriedad en la información que se remite sino es oficial y fiable, lo demás solo hace daño a cientos de personas que están esperando que la información se ajuste a la verdad y a datos ciertos

Saludos
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OEP 2024 Turno Libre Relacion Aprobados del Cuerpo de TRAMITACIÓN PROCESAL


4 feb 2026




 Se ha publicado en la Web del Ministerio lo siguiente:

Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre, Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre (BOE de 19 de diciembre)

Seguimiento de convocatoria

  • 4de febrero de 2026

    TRAMITACIÓN LIBRE APROBADOS 1437

    Se publica el Acuerdo del Tribunal Calificador Único del proceso selectivo Orden PJC/1437/2024, de 3 de diciembre, de Tramitación, turno libre, de aprobados, que no supera el número de plazas convocadas.

    TRAMITACIÓN
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