Aragon: Convocatoria COMISIONES DE SERVICIO 1/2026


19 feb 2026


Como traslado ayer la Administración, hoy se ha publicado en la Intranet y Web de la Dga,  Convocatoria de Comisiones de Servicio,  la de Jefes de Equipo que han quedado vacantes en el Concurso Especifico, la numero 1/2026. Presumiblemente, en unos días,  saldrá otra Convocatoria con plazas genéricas. 

 

 
 Relación de plazas ofrecidas:
 
HUESCA:   Gestor Procesal Jefatura Equipo del S.C.Ejecución.
 
                     Tramitación Procesal. Jefatura Equipo del  S.C.Tramitación
 
 
 
TERUEL:  Tramitación Procesal. Jefatura Equipo S.C.Tramitación


En el siguiente enlace, os debería aparecer los 5 vínculos-documentos

   

Empleo público en la Administración de Justicia en Aragón. Gobierno de Aragón (aragon.es)

 

1.- La propia Convocatoria

2.- El Anexo 1. Modelo Solicitud

3.- El Anexo 2. Relación de plazas que se ofertan

4.- La Instrucción de 18-6-2021 que establece los criterios.

5.- La forma de firmar un documento electrónicamente

 

    

 

         Plazo: del 20 al 26 de febrero-2026

        

    Volvemos a recordar, QUE:

    "el informe favorable del responsable funcional   del centro de destino de la persona interesada y/o informe de la Comunidad si el solicitante se encuentra fuera de Aragón, deberá adjuntarse en plazo con la propia solicitud."

 

El escrito de solicitud deberá remitirse en formato electrónico y con firma digital a la dirección de correo personal.justicia@aragon.es

 Y asunto poner Solicitud C. Servicio a Jefe Equipo Huesca o Teruel.

      

Seguiremos informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es

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¡BASTA YA! O.E.P. retrasos injustificables: CC.OO. convoca CONCENTRACION en MADRID. Frente al Ministerio de Justicia



Retrasos en los procesos selectivos: CCOO convoca una concentración de protesta ante el Ministerio de Justicia

CCOO convoca a todo el personal afectado por los retrasos en los procesos selectivos a una gran concentración de protesta ante el Ministerio de Justicia

  • Estos retrasos constituyen un flagrante incumplimiento de los plazos de resolución de los procesos fijados en los reales decretos que aprobaron las Ofertas de Empleo público

Pero, sobre todo, son un inaceptable ataque laboral, retributivo y personal a miles y miles de aspirantes, gran parte ellos en situación de desempleo, pero también a quienes tienen un puesto interino que han transformado en fijo y a quienes han superado los procesos de promoción interna: también son miles y miles de euros los que se están dejando de cobrar desde que deberían haber tomado posesión y otras importantísimas cantidades durante la vida laboral futura derivadas del retraso en el perfeccionamiento de los trienios

Los reales decretos que aprobaron las sucesivas ofertas de empleo público fijaban como fecha máxima de finalización de los procesos selectivos las siguientes:

El 31 de diciembre de 2024:

  • Proceso de estabilización por concurso de la OEP de 2022 (4915 plazas)
  • Proceso de estabilización por concurso-oposición de la OEP 2022 (996 plazas)

El 13 de julio de 2025:

  • Proceso de Promoción Interna de la OEP acumulada de 2022 y 2023 (1297 plazas)
  • Proceso del Turno Libre de la OEP de 2023 (1052 plazas)

 

 * Ademas, 344 plazas más del proceso extraordinario de estabilización por concurso para personas con discapacidad también están pendientes de resolución y, de no tomarse medidas inmediatas para corregir los retrasos descritos:  

    .- También se retrasaran los procesos selectivos de las OEP de 2024 (2520 plazas de turno libre y 524 de promoción interna) 

    .- Y previsiblemente, también se retrasará la OEP 2025 (2839 plazas de turno libre y 1123 plazas de promoción interna)  por el retrasos acumulado, generando más y más perjuicios laborales, económicos y personales a cada vez más millares de personas, cuyos ejercicios se prevee que se celebren como pronto a finales de septiembre-2026.

    Y con todo el anterior barullo, también afecta a los CONCURSOS DE TRASLADOS, que sufren igualmente retrasos injustificados. 

 

  • Las contundentes quejas de CCOO al Ministerio de Justicia por estos retrasos han sido constantes
  • CCOO también hemos promovido una queja ante el Defensor del Pueblo que ya está interviniendo ante la Administración y hemos instado al personal afectado a que también formule estas quejas de forma individualizada
  • Desde las máximas instancias de CCOO vamos a elevar una queja al Ministerio de Función Pública
  • Los servicios jurídicos de CCOO están valorando las posibilidades de una reclamación por responsabilidad patrimonial contra el Ministerio de Justicia reclamándole las retribuciones dejadas de percibir por estos retrasos  

Pero,  todo esto no ha sido suficiente:

ES EL MOMENTO DE ACTUAR CON MOVILIZACIONES

CONVOCAMOS A TODO EL PERSONAL AFECTADO Y A SUS FAMILIAS A UNA GRAN CONCENTRACIÓN DE PROTESTA ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA,  EL PRÓXIMO DÍA 24 DE FEBRERO A LAS 12,30 HORAS

 

ACUDE A LA CONCENTRACIÓN

 

NO PERMITAS QUE PISOTEEN TUS DERECHOS

 

PASA CON CCOO DE LA INDIGNACIÓN A LA ACCIÓN

 

TE ESPERAMOS EL 24 DE FEBRERO, A LAS 12:30 HORAS

 

ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA (c/ San Bernardo, 45, MADRID)

Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es 

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Adjudicación Destinos a 14 Tramitadores Procesales. O.E.P. "estabilización" solo Meritos.



Como sabéis, con muchísimo retraso, hoy se han publicado las adjudicaciones relativas al proceso selectivo arriba indicado, ¡enhorabuena a los 14 nuevos funcionarios!.  

EL plazo que tenéis para poder tomar posesión es de 20 días hábiles siguientes al de su publicación, enlace:

 

BOA 19-2-26 Adjudica Destinos en Aragón a 14 Tramitadores Procesales 

 

OJO: como consecuencia de que estamos inmersos en pleno proceso de acoplamiento, los destinos adjudicados en Zaragoza (13 de 14), son provisionales. La adjudicación definitiva será tramitada y resuelta una vez se proceda a la implementación efectiva de la NUMO en el partido judicial de Zaragoza.

    Los compañeros interinos afectados, con la llegada del nuevo compañero titular, dice el BOA que cesaran el "día anterior" a la toma de posesión del titular?? Esto no tiene ningún sentido, para ello la Administración ha tenido que ir preguntando a los 14 compañeros titulares que día pretendían tomar posesión (que lo ha realizado...) y que aún cuando hayan dicho cual es su previsión para tomar posesión, puede haber circunstancias que le impidan poder ir a tomar posesión el día que verbalmente hayan trasladado.  Tienen 20 días para ello, y no tienen porque informar de que día van a realizarlo.

    La norma establece con claridad, que el interino cesará con la llegada efectiva del titular, y eso es el mismo día que este tome posesión de forma efectiva (y no el día de antes, pues no se asegura que el titular llegue al día siguiente).  Un nuevo error de la Administración, en este caso de la Administración aragonesa.

 

 

    ADJUNTAMOS ENLACES AL BOE de los nombramientos en el resto de ámbitos Territoriales: 

 

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Nombramientos
  • Orden PJC/103/2026, de 9 de febrero, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, a las personas que han superado el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

Destinos

 

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Destinos
  • Orden de 9 de febrero de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Consejería de Hacienda, Justicia y Asuntos Europeos, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, turno libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Destinos
  • Resolución 201/2026, de 9 de febrero, de la Dirección General de Justicia e Interior, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, que superó el proceso selectivo, turno libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNITAT VALENCIANA

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia, Transparencia y Participación, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justica, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

COMUNIDAD DE MADRID

Destinos
  • Resolución de 9 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.

 

 

    Seguiremos Informando,

    Un Saludo, 

    ccoojustiica@aragon.es

 

 

 

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Relacion Aprobados Gestión Procesal O.E.P. 2023. Turno Libre



Han pasado ya mas de 2 años desde que se produjo en fecha 1-2-2024  la Convocatoria en el BOE de este proceso selectivo correspondiente a la  O.E.P. del año 2023, y fue ayer cuando se publico en la Web del Ministerio:

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ABONO GUARDIAS DURANTE ILT. SENTENCIA DEL SUPREMO: adios, de momento a su abono.


16 feb 2026


😡😡 CCOO DISCREPA ROTUNDAMENTE DE LA NEGATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO A RECONOCER AL PERSONAL DE JUSTICA SU DERECHO A PERCIBIR LAS RETRIBUCIONES POR GUARDIAS EN LAS SITUACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL


  • A pesar de las decenas de sentencias firmes que CCOO logramos y que reconocían este derecho, (En Aragón las primeras las consiguió CC.OO.)  recientemente el Tribunal Supremo casa en contra de la numerosísima doctrina asentada durante años en infinidad de órganos judiciales que venían reconociendo este derecho
ADIÓS AL ABONO DE LAS GUARDIAS DURANTE I. L.T.

CCOO seguimos y seguiremos luchando para modificar la normativa específica de Justicia que ha dado pie a esta sentencia. NO PODEMOS PERMITIR QUE EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TENGA MENOS DERECHOS QUE EL RESTO DE EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLICAS

Hasta hace escasos días disponíamos de numerosísimas sentencias que reconocían el derecho del personal de Justicia a percibir las retribuciones por guardia en situaciones de incapacidad temporal. Tan profusa y consolidada estaba la doctrina que algunos colectivos -nos consta que de jueces y letrados incluidos- fueron un paso más allá e iniciaron campañas para reclamar estas retribuciones durante el disfrute de otros permisos retribuidos e incluso en las pagas extraordinarias

Se basaban para ello, entre otras, en las sentencias de la Sección 4ª de la Sala Tercera del TS 822/2025 de 25.6.2025 -Rec. Casación 1089/2023- y 872/2025 -Rec. Casación 9055/2022- que reconocieron a unos policías locales de Vigo el derecho de que sus complementos de festividad y nocturnidad se incluyeran en la retribución de sus vacaciones, incapacidad temporal, asuntos propios y demás permisos retribuidos

Los razonamientos jurídicos contenidos en dichas sentencias parecían plenamente extrapolables a los funcionarios de la Administración de Justicia, pues como venía reconociendo desde hace décadas la Sala III del TS, si conceptos tales como nocturnidad, guardias, turnicidad, festividad…forman parte de la “jornada normal”, dicho carácter ordinario impide que estos conceptos retributivos puedan tener la calificación de “gratificación extraordinaria”

Sin embargo la misma Sección 4º de la Sala de lo Contencioso del TS, en su sentencia de 14 de enero de 2026 -Sentencia 17/2026- resolviendo el Rec.Casación 6502/2024- ha denegado la aplicación analógica de las sentencias de los policías de Vigo al ámbito de la Administración de Justicia. Esta Sentencia recae en un recurso contencioso-administrativo interpuesto el 27.5.2022 por un GPA del Juzgado de Instrucción nº2 de Murcia (NO es un recurso de CCOO), al que se le denegó la inclusión de sus guardias en las bajas por incapacidad temporal y al cual el TSJ de Murcia le había dado la razón aplicando los mismos razonamientos que el TS había aplicado para reconocer este derecho a otros colectivos

Recurrida en casación por parte de la abogacía del Estado, ha sido casada y anulada, según el Alto Tribunal, porque las normas de función pública a interpretar en los casos precedentes contenían lagunas; pero no así en las contenidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que son exhaustivas en la regulación de las retribuciones. A su entender, en las sentencias de los policías del Ayuntamiento de Vigo se pudo declarar la condición ordinaria de los complementos en liza –festividad y nocturnidad- porque todo el cuerpo de la policía local de Vigo trabajaba a turnos; en el Sector de Justicia, sin embargo, sólo ciertos órganos judiciales prestan guardias

Desde CCOO No podemos estar más en desacuerdo con este reciente pronunciamiento del Tribunal Supremo que elimina de un plumazo nuestras legítimas expectativas de que -por la vía judicial al menos- se reconozca lo que no se reconoce por nuestros empleadores, que el personal al servicio de la Administración de Justicia somos trabajadores y trabajadoras y que merecemos al menos el mismo respeto a nuestras condiciones laborales que otros colectivos


Esta fatídica resolución refuerza aún más lo que desde CCOO venimos denunciando desde hace tiempo: ES PRECISA E INDISPENSABLE UNA MODIFICACIÓN NORMATIVA QUE INCORPORE LAS RETRIBUCIONES POR GUARDIAS COMO UN CONCEPTO RETRIBUTIVO FIJO, y no como un concepto variable como en la actualidad


PERO CCOO SEGUIMOS Y SEGUIREMOS LUCHANDO

Por ello y a pesar de la oportunidad de oro perdida con ocasión de la implantación de los Tribunales de Instancia, nos volvimos a dirigir al Ministerio por escrito presentado el pasado 9 de enero, de lo cual ya os informamos en la correspondiente hoja informativa que podéis consultar aquí. Véase bien, 9 de enero, antes de que se dictara la fatídica sentencia

Lamentablemente, y según el informe jurídico elaborado expresamente por nuestro Gabinete Técnico -a la espera del cual no habíamos informado públicamente todavía- aunque los fundamentos de la STS 17/2026 son más que cuestionables, esta está dictada en casación y la LJCA no contempla ulterior recurso

 

El momento clave para la  negociación de esta materia  y otras lo era en la implantación de los Tribunales de Instancia. No obstante, y como resulta evidente,  el nefasto Acuerdo firmado por el resto de Sindicatos, que ellos llaman "Acuerdo de garantías"  NO LAS VEMOS POR NINGÚN SITIO,   bueno  vemos una con claridad, la  que le sirvió al Ministro Sr. Bolaños para que el Acuerdo se convirtiera en el semáforo en verde para poder aprobar la L.O. 1/2025 en el Congreso, y con ella la NUMO, esa que estamos padeciendo todos.  RECORDAMOS CC.OO. NO FIRMO.

Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es

 


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ULTIMA HORA: Cambio fecha pubicacion BOE ADJUDICACION DESTINOS ESTABILIZACION Tramitacion.


13 feb 2026


El Miércoles por la tarde nos enteramos extraoficialmente y ayer jueves en la reunión con el Ministerio de Justicia confirmaron:


CAMBIO DE FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS DE TRAMITACIÓN ESTABILIZACIÓN ORDEN 1288/2022: será el 19 de febrero (y no el 17 como había anunciado por escrito hace días)


El Ministerio de Justicia anuncia que se retrasa hasta el 19 de febrero la publicación en el BOE de las adjudicaciones de destinos de Tramitación estabilización por concurso de méritos Orden 1288/2022 que había anunciado se publicaría el 17 de febrero


RESOLUCIÓN CONCURSILLO DE PLAZAS FASE I NUEVA OFICINA JUDICIAL: MÁS RETRASOS

Tras semanas insistiendo, hoy acaba de anunciar el Ministerio: siguen sin saber la fecha pero manifiesta que se publicará en el plazo de un mes



PERMISO QUE CCOO HABÍA EXIGIDO TRAS LA TOMA DE POSESIÓN DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN, QUE RECLAMAMOS EN BASE AL RD 364/1995, EN SU DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA, QUE VENIMOS RECLAMANDO EN TODOS LOS PROCESOS SELECTIVOS DE PROMOCIÓN INTERNA Y TURNO LIBRE, Y QUE HEMOS VUELTO A REITERAR:

El Ministerio de Justicia acaba de manifestar que otorgará dicho permiso a todas las personas, sean en la actualidad personas titulares o interinas, que obtengan destino en este proceso 

La norma en la que se basa este permiso es:

PERMISO ESTABLECIDO EN DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL RD
364/1995, DE 10 DE MARZO
La Disposición Adicional Quinta establece lo siguiente:
“Disposición adicional quinta. Permiso retribuido para funcionarios que accedan a otros
Cuerpos o Escalas.
Los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo
Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres
días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo
comporta.”

    OJO:
EL COMPROMISO ANTERIOR DEL MINISTERIO PARA EL DISFRUTE DE ESE PERMISO ,  y AUNQUE LA NORMA ES NACIONAL, y entendemos que conforme a lo previsto en la LOPJ también de aplicación directa para TODOS,   debemos trasladar que fuera de ese ámbito, las Comunidades deberán confirmar su posible disfrute.


Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es



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