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La DGA se niega a dotar con personal suficiente el refuerzo trasversal de los Juzgados de lo Social. Se pagará el refuerzo de los Juzgados de lo Mercantil del primer trimestre


10 may 2021


Se trató en la Mesa Sectorial de Justicia de Aragón del 6 de mayo la cuestión relativa a los planes de actuación de los Juzgados de lo Social de Zaragoza y de los Juzgados de lo Mercantil de Zaragoza. En este punto del orden del día no se quiso incluir poa la DGA la situación actual del refuerzo trasversal en los Juzgados de lo Social.

CCOO expuso en este punto del orden del día que actualmente las plantillas de los juzgados de lo Social de Zaragoza objeto de refuerzo trasversal están soportando el trabajo que genera el Magistrado Suplente y la LAJ, dado que la Administración no nombro refuerzo alguno como era su obligación por no haber aparecido voluntarios. Ahora, desde hace apenas unos días, se ha ofrecido una persona voluntaria de un Juzgado de 1ª Instancia, que evidentemente no puede asumir toda la carga de trabajo que general 100 pleitos al mes de los Juzgados de lo Social. La DGA se encuentra muy alejada, por no decirlo con palabras más gruesas, de la realidad laboral en los órganos judiciales, pues solo se preocupa de los números, y hay muchas más labores, así como disfunciones, en los centros de destino que no tiene en cuenta.

CC.OO. reiteró en la Mesa que debería ofrecerse como mínimo la posibilidad de que voluntariamente haya 3 GP 3TP así como 2 Auxilios en rotación de los órganos judiciales afectados para poder atender con dignidad y sin abusos por parte de la Administración al Refuerzo Trasversal de los Juzgados de lo Social. Y que si no aparecen voluntarios la DGA debería nombrar bien funcionarios del Servicio de Apoyo, bien personal eventual, 1 de cada cuerpo y mientras dure el refuerzo. Como ya se dijo en su día, como mínimo doble de voluntarios y doble de gratificación.

A juicio de CCOO es injustificable que por parte de la DGA si el Magistrado de lo Social accede voluntariamente al Plan, la Administración le dota con 1 Gestor+1 TP+1 Auxilio de su propio órgano judicial, pero en el Refuerzo Trasversal compuesto por 1 Magistrado externo, Sustituto, 1º LAJ externa, en Prolongación de Funciones, nombrados para llevar 100 asuntos de 4 órganos judiciales, la Administración pretenda ofrecer el mismo número de personal, cuando lo razonable y objetivo es que ofreciera mismo gasto y mismos recursos humanos.

Tal y como denuncian los propios funcionarios y funcionarias de los Juzgados de lo Social, no basta con el nombramiento de una funcionaria de refuerzo que sólo lleva una parte de la tramitación (la primera parte ), pues la oficina judicial tiene que asumir el resto de dicha tramitación, como son el seguimiento de las citaciones de los procedimientos asignados antes de su nombramiento, las conciliaciones, acreditaciones de partes, juicios, pruebas…. y un largo etcétera. Los compañeros de auxilio tienen una sobrecarga de trabajo ya que hay una persona más tramitando y deben asistir a más juicios y por tanto más diligencias en calle y otros……

La Administración manifiesta que poco más puede hacer, lo que no es cierto pues la aprobación de planes de actuación para el personal de Justicia es de su entera competencia, que el Plan de Refuerzo Trasversal finaliza el 30-6-2021, que consultará con el Presidente del TSJ si extiende la opción de que aparezcan posibles voluntarios al mismo de otras jurisdicciones (no sabemos qué pinta el Presidente del TSJ en esa decisión). El establecimiento de los refuerzos trasversales es tarea común de quien nombra a los mismos: CGPJ y TSJA, para el Magistrado o Magistrada; Ministerio, para el o la LAJ; y DGA, para el personal que ha de trabajar con los anteriores. La mínima dotación de personal del refuerzo trasversal va en detrimento de los expedientes que ya están registrados en estos Juzgados desde hace más de un año y por tanto en detrimento del ciudadano que con anterioridad interpuso la demanda. CCOO estará atenta a la decisión que al respecto se tome y adoptará las medidas que considere oportunas.

En cuando a los temas de este punto del Orden del Día que sí que quería tratar la DGA se informó de lo siguiente:

- Se amplia y aprueba el programa de actuación para incluir al Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza para el período del 1-3-2021 al 30-6-201.

- Se aprueba y regulariza, consecuentemente se abonan las cantidades que dimanan del Auto refuerzo realizado por los dos Juzgados de lo Mercantil de Zaragoza durante el primer trimestre de este año, quienes cumplieron los objetivos marcados en el Plan. Dice la Directora, que se ha realizado un esfuerzo para que Presupuesto-DGA aprobara un plan con efecto retroactivo, y así poder para poder pagar a los Mercantiles, pues dice, que éstos no realizaron comunicación alguna ni al Ministerio de Justicia ni a la Dirección General, enterándose la Administración a mediados del mes de marzo, quien informo a los Mercantiles que el Plan quedaba suspendido con efectos 1-4-2021, conforme a la propia atribución competencial que el Plan concede a la Comunidad Autónoma.

En este punto la Directora General vuelve a confirmarnos que el Social número 8 entrará en funcionamiento el próximo 1-10-2021, inicialmente con 4 funcionarios en Comisión de Servicio, cubriéndose el resto de la plantilla del mismo modo con efectos enero 2022 y manifiesta que "a propuesta del Presidente del TSJ estas plazas, con una norma que regula ya las Comisiones de Servicio, y con el JALEO que se ha montado anteriormente, que pudiere ser que se diere preferencia a los destinados en un Social para poder obtener la Comisión en el Social número 8" (habrá que invitar al Presidente del TSJ a que acuda a las reuniones de la Mesa Sectorial, ya que la DGA se escuda, como lleva haciendo desde marzo de 2020, en dicho Presidente en numerosas decisiones que afectan al personal de Justicia). Las 8 plazas del Social nº 8 deben ser ofrecidas en el próximo concurso de traslados.

Tras nuevas intervenciones del resto de representaciones sindicales con quejas al respecto, CCOO intervino para manifestar que no le cabe ninguna duda que si la Directora General quiere actuar con legalidad y quedar bien con el Presidente del TSJ, previamente a la Convocatoria de estas Comisiones del Servicio del Social 8, procederemos en la Mesa Sectorial oportuna a la modificación del párrafo de marras introducido unilateralmente por la DGA no permitiendo que el personal de un mismo partido judicial pueda tomar parte en una Comisión de Servicios.
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CCOO rechaza el plan de actuación para refuerzo de los Juzgados de lo Social de Aragón, por insuficiente y discriminatorio


11 mar 2021


En la reunión de la mesa sectorial de la Administración de Justicia de Aragón se trató como punto del orden del día el Programa de actuación para refuerzo de los Juzgados de lo Social, motivado por la pandemia. Adjuntamos el programa remitido por la DGA para su negociación
PLAN AUTOREFUERZO.

El objeto del Plan, según refiere la exposición de motivos, es contribuir a que los órganos judiciales de Aragón puedan afrontar el importante incremento de entrada de asuntos que se espera que se va a producir como consecuencia directa e indirecta de la pandemia por COVID-19 y de las medidas adoptadas para enfrentar la crisis sanitaria, tras la finalización de la primera fase.

La segunda fase de aplicación del Plan, a que se refiere la propuesta de la DGA, abarca todo el año 2021, y pese a que todavía no se disponen de los datos significativos en cuanto a la actividad judicial durante 2020 y el impacto de las medidas de la primera fase, se ha aprobado el conjunto de medidas que resultarán de aplicación durante el año 2021, sin perjuicio de los ajustes que, a la vista de la información que se vaya obteniendo, sea preciso implementar, tal y como comunican, de forma conjunta, el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial.

Las principales características de esta segunda fase son:
- Se mantiene el ámbito de aplicación de la primera fase (procedimientos declarativos de órganos unipersonales de lo social y mercantil), previéndose la posibilidad de adoptar medidas para la fase de ejecución, así como para los órganos colegiados y en la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Se prorrogan hasta el 30 de junio de 2021 las medidas de auto refuerzo y refuerzo externo puestas en funcionamiento en la primera fase, en idénticas condiciones.
- Podrán incorporarse jueces y magistrados destinados en órganos incluidos en el ámbito de actuación interesados en participar en las medidas de auto refuerzo que no lo hubiesen solicitado con anterioridad, así como letrados, gestores, tramitadores y auxilios judiciales de dichos órganos (refuerzo transversal).

CC.OO. antes de mostrar su postura, y respecto al refuerzo transversal, pregunto a la Administración, ¿de cuantos procesos de despido se propone que se hagan cargo mensualmente y de cuantos órganos judiciales? ¿Quieres eran tanto el Magistrado como la LAJ que se iban a hacer cargo de este Refuerzo transversal?

Nuestra Directora General contesto: 

* “15 primeros asuntos del mes de despidos, que procedan de los órganos judiciales de Lo Social de Zaragoza, en los que sus Magistrados Titulares han decidido que no se adhieren al Plan de Auto refuerzo (es decir Sociales 2,3,5 y 6). 

* Que desconoce quién va a ser el Magistrado, de igual forma el LAJ (aunque alguien dijo por allí que creía que era una LAJ de un Contencioso, sin comentarios………) Esto no parece serio.

También manifestó la Directora General que en cuanto al Plan de Autorefuerzo, inicialmente abarca el periodo, y o certificaciones que se reciban cumpliendo objetivos marcados, desde el 1 de enero hasta el 30-6-2021; que el Refuerzo Transversal, si se establece, podría permanecer hasta que se produjera la entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Social numero 8 (prevista, inicialmente para el 1-10-2021); y que ambos son con prolongación de jornada” (Pero Ojo, sin determinar cuál, la que precise el funcionario voluntario para cumplir con los objetivos trazados…………………..) INTOLERABLE, Y TOTALMENTE IRREGULAR.

Tras lo expuesto, CC.OO., de la misma forma que se hizo a nivel nacional, NO PUEDE ACEPTARLO.

Por una parte, podemos entender que, para el Autorefuerzo de los 4 Sociales en Aragón, en los que el Magistrado Titular se adhiera, los compañeros y las  compañeras destinados en estos Juzgados se adhieran voluntariamente al Plan, pues lo hagan o no lo hagan la carga del trabajo la van a tener que desarrollar igualmente, por lo que entendemos que aparezcan voluntarios aunque se abone POCO y solo a 3 Personas con carácter mensual.

En cuanto a esta idea del Refuerzo Transversal en Aragon, CC.OO. expuso su rechazo, al igual que al Documento del Ministerio de Justicia, del que dimana el elaborado por la Dirección General de Justicia ( y que casualmente se le ha escapado a nuestra Directora, tanto cortar y pegar, que las medidas de refuerzo transversal lo han de ser con refuerzo externo).  CC.OO. propuso:

* Debe realizarse con personal EXTERNO a jornada completa, para realizar la llevanza de 60 asuntos al mes de procesos de despido hasta la notificación de la sentencia o resolución que ponga fin al proceso. Entonces si que creemos que serían más que suficientes los recursos humanos ofrecidos por la Administración

* Subsidiariamente, CC.OO. intereso que para el Refuerzo Transversal era preciso Duplicar los Recursos Humanos ofrecidos, y Duplicar la Cuantía a recibir, pues la carga de trabajo que llevarán los posibles voluntarios que se adhieran al Plan Transversal de Social, es netamente muy superior a la carga de trabajo que llevarán los voluntarios que se adhieran al Auto refuerzo. Sin embargo la propuesta de la Administración es la misma, tanto para el Autorefuerzo como para el Refuerzo Transversal:

1 GP. 1TP y 1 Auxilio
10 puntos para GP. y TP. y 8 puntos para el Auxilio.

Bajo nuestro punto de Vista, INACEPTABLE, e INDIGNANTE la propuesta realizada. Por eso CC.OO. pasó por los Sociales el día previo a la Mesa, para, aún sin tener todos los datos, avisar e informar al respecto.

Por supuesto si la Administración ofrece el anterior Plan a los funcionarios de los Juzgados de lo Social, y/o subsidiariamente a los de los Primeras Instancia, es VOLUNTARIO, cada cual que haga lo que considere oportuno. Pero CCOO lo rechaza por ser claramente insuficiente y discriminatorio entre Cuerpos. 
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APROBADO PLAN DE ACTUACIÓN PARA LOS JUZGADOS DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA EN MESA SECTORIAL


12 may 2019



MESA SECTORIAL 10-5-2019


Pasamos a informaros del primer punto del Orden del día


1º) PLAN DE REFUERZO EXTRAORDINARIO PARA JUZGADOS DE LO SOCIAL, APROBADO EN FECHA 13-12-2018 POR EL Servicio de Inspección del C.G.P.J.

Medida: Aprobar un plan de Refuerzo para los Juzgados de lo Social de Zaragoza núm. 2, 3, 5, 6 y 7 a desempeñar por un Juez o Magistrado en Comisión de Servicio sin Relevación de Funciones, un Letrado de la Admón. de Justicia, 3 Tramitadores y un Auxilio Judicial. Todos con dilatada experiencia en la Jurisdicción social, y en particular, el letrado en la realización eficaz de conciliaciones ya que, de otra forma, sería inasumible.

Objetivos: disminuir el retraso y disminuir el número de procesos y su cuantía en aras a que las demandas de Despidos se resuelvan dentro de los 90 días hábiles previstos en el artículo 116.1 de la LJRS y evitar así el número y cuantía de reclamaciones de salarios de tramitación contra el Estado.

Duración: 6 MESES, sin perjuicio de ulteriores prórrogas en función de la evolución de la situación de los Juzgados. Dentro del mismo año natural en el que sea aprobado.
  
El Plan del Consejo establece que la remuneración del Magistrado será el equivalente al 80% del Complemento de Destino que se perciba en el órgano reforzado.  No dice cual deberá ser la retribución ni del Letrado ni del resto del personal al Servicio de la Administración de Justicia. 



       La Directora General ofreció:

     PRIMERA OPCION Por el cumplimiento de unos objetivos que serán 60 asuntos al mes, desde su inicio, hasta dictar Sentencia, de los cuales, al menos 45 asuntos deberán concluir por Sentencia, Auto o Decreto.  Para lo que inicialmente, habrá un señalamiento de Vistas con carácter semanal.
     Sin Prolongación de Jornada y sin revelación de funciones
     De forma Voluntaria, resultando elegidos los de mayor antigüedad en la Jurisdicción Social.
     Como mínimo 2 Tramitadores y 1 Auxilio para realizar las funciones que les sean encomendadas por el Magistrado y Letrado de Refuerzo relativas a estos 60 asuntos citados, se ofrece el 80% mensual del Complemento Transitorio Autonómico, es decir:
     Tramitación:            438 euros/mes
     Auxilio                     426 euros /mes
     Si no se llega al objetivo indicado, que deberá figurar mediante Certificación Mensual emitida por el Letrado, se abonará el 50% de la cantidad citada. (Magistrado y Letrado si no se llega a los objetivos no perciben cantidad alguna)

  SEGUNDA OPCION: Idéntica propuesta pero fuera del horario laboral actualmente establecido.

    TERCERA OPCION:  Que se establezca el Plan de Refuerzo con Magistrado y Letrado Voluntarios, pero sin funcionarios, en cuyo caso toda la plantilla de la Jurisdicción Social colaborarán con la consecución del Plan pero sin contra-prestación alguna.

    Tras sucesivas aclaraciones interesadas por UGT, CSIF y STAJ.

    CCOO, en primer lugar informa de que el Letrado que asuma el Plan de Actuación, deberá asistir, tal y como preceptúa la norma (e interesa el propio CGPJ) a todas las Conciliaciones que deban realizarse, y que en su caso, se personara, a petición de los compañeros, en las dependencias judiciales para denunciar su posible ausencia,  y propone:
    Con Relación a la 1ª Opción,
    Muestra su conformidad con la cuantía ofrecida, pero interesa, que como mínimo sean 3 Tramitadores y un Auxilio.  
      Al mismo tiempo, interesa, que se prolongue la jornada semanalmente 2.5 horas, y que esta prolongación de jornada se controle a través del SHIRGA (está prolongación,  se interesa, a los únicos efectos, de que posteriormente la Administración no nos venga a decir que en la Jurisdicción Social sobran efectivos, como se ha demostrado con la asunción de más trabajo dentro del mismo horario si se cumplen los objetivos del Plan que ahora se negocia)

     STAJ, CSIF y UGT realizan sus respectivas propuestas.



     LA ADMINISTRACIÓN, a través de la Directora General, hace una nueva propuesta, modificando la anterior en el siguiente sentido:

      Que sean 3 los Tramitadores y 1 el Auxilio.

      Tras nueva ronda de los Sindicatos, es aprobada la Primera Opción con la modificación de que serán 3 los Tramitadores,  aceptada con diferentes matices por las representaciones sindicales, excepto por CSIF,  que no la acepta, manifestándose por éste que no se ha recibido información previa de este Acuerdo del CGPJ con la debida antelación y que los funcionarios a participar en el mismo deben de ser el doble de los propuestos por la Administración.

     CCOO, aconseja a todos los funcionarios de la Jurisdicción Social (Tramitadores y Auxilios) que quieran ser voluntarios, que remita, a la mayor brevedad, desde su correo corporativo, dicha petición a la Dirección General, para que ésta directamente aplique el criterio de antigüedad citado en el Plan de actuación acordado en Mesa Sectorial.

     En breve, procederemos a informaros del segundo punto del Orden del Día: renovación Plan Actuación Oficina Judicial del Centro Penitenciario de Zuera.

     Así como de otros temas abordados en la Mesa Sectorial.
           


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