CCOO rechaza el plan de actuación para refuerzo de los Juzgados de lo Social de Aragón, por insuficiente y discriminatorio


11 mar 2021


En la reunión de la mesa sectorial de la Administración de Justicia de Aragón se trató como punto del orden del día el Programa de actuación para refuerzo de los Juzgados de lo Social, motivado por la pandemia. Adjuntamos el programa remitido por la DGA para su negociación
PLAN AUTOREFUERZO.

El objeto del Plan, según refiere la exposición de motivos, es contribuir a que los órganos judiciales de Aragón puedan afrontar el importante incremento de entrada de asuntos que se espera que se va a producir como consecuencia directa e indirecta de la pandemia por COVID-19 y de las medidas adoptadas para enfrentar la crisis sanitaria, tras la finalización de la primera fase.

La segunda fase de aplicación del Plan, a que se refiere la propuesta de la DGA, abarca todo el año 2021, y pese a que todavía no se disponen de los datos significativos en cuanto a la actividad judicial durante 2020 y el impacto de las medidas de la primera fase, se ha aprobado el conjunto de medidas que resultarán de aplicación durante el año 2021, sin perjuicio de los ajustes que, a la vista de la información que se vaya obteniendo, sea preciso implementar, tal y como comunican, de forma conjunta, el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial.

Las principales características de esta segunda fase son:
- Se mantiene el ámbito de aplicación de la primera fase (procedimientos declarativos de órganos unipersonales de lo social y mercantil), previéndose la posibilidad de adoptar medidas para la fase de ejecución, así como para los órganos colegiados y en la jurisdicción contencioso-administrativa.
- Se prorrogan hasta el 30 de junio de 2021 las medidas de auto refuerzo y refuerzo externo puestas en funcionamiento en la primera fase, en idénticas condiciones.
- Podrán incorporarse jueces y magistrados destinados en órganos incluidos en el ámbito de actuación interesados en participar en las medidas de auto refuerzo que no lo hubiesen solicitado con anterioridad, así como letrados, gestores, tramitadores y auxilios judiciales de dichos órganos (refuerzo transversal).

CC.OO. antes de mostrar su postura, y respecto al refuerzo transversal, pregunto a la Administración, ¿de cuantos procesos de despido se propone que se hagan cargo mensualmente y de cuantos órganos judiciales? ¿Quieres eran tanto el Magistrado como la LAJ que se iban a hacer cargo de este Refuerzo transversal?

Nuestra Directora General contesto: 

* “15 primeros asuntos del mes de despidos, que procedan de los órganos judiciales de Lo Social de Zaragoza, en los que sus Magistrados Titulares han decidido que no se adhieren al Plan de Auto refuerzo (es decir Sociales 2,3,5 y 6). 

* Que desconoce quién va a ser el Magistrado, de igual forma el LAJ (aunque alguien dijo por allí que creía que era una LAJ de un Contencioso, sin comentarios………) Esto no parece serio.

También manifestó la Directora General que en cuanto al Plan de Autorefuerzo, inicialmente abarca el periodo, y o certificaciones que se reciban cumpliendo objetivos marcados, desde el 1 de enero hasta el 30-6-2021; que el Refuerzo Transversal, si se establece, podría permanecer hasta que se produjera la entrada en funcionamiento del Juzgado de lo Social numero 8 (prevista, inicialmente para el 1-10-2021); y que ambos son con prolongación de jornada” (Pero Ojo, sin determinar cuál, la que precise el funcionario voluntario para cumplir con los objetivos trazados…………………..) INTOLERABLE, Y TOTALMENTE IRREGULAR.

Tras lo expuesto, CC.OO., de la misma forma que se hizo a nivel nacional, NO PUEDE ACEPTARLO.

Por una parte, podemos entender que, para el Autorefuerzo de los 4 Sociales en Aragón, en los que el Magistrado Titular se adhiera, los compañeros y las  compañeras destinados en estos Juzgados se adhieran voluntariamente al Plan, pues lo hagan o no lo hagan la carga del trabajo la van a tener que desarrollar igualmente, por lo que entendemos que aparezcan voluntarios aunque se abone POCO y solo a 3 Personas con carácter mensual.

En cuanto a esta idea del Refuerzo Transversal en Aragon, CC.OO. expuso su rechazo, al igual que al Documento del Ministerio de Justicia, del que dimana el elaborado por la Dirección General de Justicia ( y que casualmente se le ha escapado a nuestra Directora, tanto cortar y pegar, que las medidas de refuerzo transversal lo han de ser con refuerzo externo).  CC.OO. propuso:

* Debe realizarse con personal EXTERNO a jornada completa, para realizar la llevanza de 60 asuntos al mes de procesos de despido hasta la notificación de la sentencia o resolución que ponga fin al proceso. Entonces si que creemos que serían más que suficientes los recursos humanos ofrecidos por la Administración

* Subsidiariamente, CC.OO. intereso que para el Refuerzo Transversal era preciso Duplicar los Recursos Humanos ofrecidos, y Duplicar la Cuantía a recibir, pues la carga de trabajo que llevarán los posibles voluntarios que se adhieran al Plan Transversal de Social, es netamente muy superior a la carga de trabajo que llevarán los voluntarios que se adhieran al Auto refuerzo. Sin embargo la propuesta de la Administración es la misma, tanto para el Autorefuerzo como para el Refuerzo Transversal:

1 GP. 1TP y 1 Auxilio
10 puntos para GP. y TP. y 8 puntos para el Auxilio.

Bajo nuestro punto de Vista, INACEPTABLE, e INDIGNANTE la propuesta realizada. Por eso CC.OO. pasó por los Sociales el día previo a la Mesa, para, aún sin tener todos los datos, avisar e informar al respecto.

Por supuesto si la Administración ofrece el anterior Plan a los funcionarios de los Juzgados de lo Social, y/o subsidiariamente a los de los Primeras Instancia, es VOLUNTARIO, cada cual que haga lo que considere oportuno. Pero CCOO lo rechaza por ser claramente insuficiente y discriminatorio entre Cuerpos. 
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