Mostrando entradas con la etiqueta Aragon. Teletrabajo.. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Aragon. Teletrabajo.. Mostrar todas las entradas

CCOO firma un Acuerdo sobre Teletrabajo con el Ministerio de Justicia porque considera que su regulación en conjunto es positiva, aunque no esté de acuerdo con todo su texto


15 mar 2021


Tal y como se informa en nuestra página web, CCOO la pasada semana decidió firmar con el Ministerio de Justicia el acuerdo sobre Regulación del teletrabajo en la Administración de Justicia, que es vinculante para todos los territorios transferidos y que tendrán que adaptarse al mismo, por los motivos que se exponen en nuestra web (VER NOTICIA SOBRE TELETRABAJO). Cada organización sindical es libre de firmar o no los acuerdos que las distintas Administraciones están obligadas a negociar con los representantes de los trabajadores, y luego exponer los motivos de su firma o no firma a dichas propuestas. Toda negociación conlleva cesiones en las posiciones iniciales de cada parte, y es con el resultado final con el que cada organización sindical decide si está de acuerdo o no, y si no está de acuerdo es libre de iniciar la acción sindical que considere oportuna.

Adjuntamos ENLACE al texto de la Resolución sobre Teletrabajo, para conocimiento general. Aragón deberá adaptar su normativa a esta Resolución, que fue pactada por el Ministerio de Justicia con las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. 

CCOO formuló su voto particular a la Resolución de teletrabajo porque rechaza, y así lo manifestó de forma reiterada en las reuniones de negociación con el Ministerio, tanto la necesidad de informe propuesta del LAJ del órgano como que éste tenga que remitir sus solicitudes a través del Secretario Coordinador Provincial. La Resolución no deja suficientemente garantizada la ausencia de posibles arbitrariedades en la denegación de solicitudes del teletrabajo toda vez que no se establecen mecanismos de contradicción para que el informe formulado por la persona responsable funcional de la oficina no sea vinculante y para que la decisión final sobre la autorización o denegación del teletrabajo por parte de la Administración competente tenga en cuenta tanto el informe de la persona responsable funcional como las alegaciones al mismo que pudiera formular la persona solicitante. Pero tras arduo debate en el seno de CCOO, y tras dos meses y medio de negociación, CCOO valoró positivamente la Resolución en su conjunto, considerando que es un buen punto de partida para seguir avanzando en un modelo de teletrabajo que garantiza los derechos del personal y la buena prestación del servicio público.

La Resolución del teletrabajo que se negoció con el Ministerio de Justicia, tal y como reconoce la exposición de motivos, es un desarrollo para la Administración de Justicia de la regulación básica del teletrabajo en el marco de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y del artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Lo dispuesto en dicho Estatuto Básico del Empleado Público es de aplicación directa a la Administración de Justicia. El Punto 4.3 de la Resolución del teletrabajo del Ministerio de Justicia establece que “a estos efectos las Administraciones competentes darán cumplimiento en el plazo más breve posible al segundo párrafo del art. 8 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia y al punto 4 del art. 47 bis del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre”. Dicho artículo 44 bis 4 del Estatuto Básico del Empleado Público establece que “la Administración proporcionará y mantendrá a las personas que trabajen en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad”. El hecho de que la Resolución del Ministerio de Justicia no desarrolle de forma más clara y contundente, como hubiera sido deseable, la obligación que tiene la Administración de proveer los medios necesarios para el teletrabajo no supone que quede eximida de dicha obligación.

El artículo 4.4 de la Resolución establece que “las personas que soliciten prestar sus servicios en la modalidad de teletrabajo deberán encontrarse en servicio activo en la Administración de Justicia y contar con una antigüedad mínima de seis meses continuados en el mismo juzgado, fiscalía, servicio o unidad o en su caso experiencia suficiente y adecuada acreditada por el responsable funcional.” Es decir, se requiere llevar un tiempo trabajando en el juzgado para conocer su funcionamiento, o que el LAJ entienda que tiene experiencia suficiente y adecuada en cuyo caso no hace falta antigüedad alguna en el centro.

Respecto de la responsabilidad de la Administración en materia de prevención de riesgos laborales, hubiera sido deseable una mayor concreción en este punto, pero ello, al igual que antes hemos expuesto, no exime a la Administración de cumplir con las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales establecidas con carácter general. Se establece la necesidad de hacer una autoevaluación de riesgos laborales, que es lo que CCOO exigió en solitario en Aragón cuando se negoció el teletrabajo para la Administración de Justicia en Aragón en abril de 2020. 

Por lo tanto ni la Resolución es un paso atrás respecto de lo que establece el Estatuto Básico del Empleado Público, que sigue siendo norma básica y de obligado cumplimiento, ni se han dado pasos atrás en su desarrollo. El texto no es el que nos gustaría a todos y todas, de acuerdo, y de ahí que cada organización sindical lo firme o no, pero para CCOO es un buen punto de partida frente al vacío que había al respecto, y que asegura el mantenimiento del teletrabajo dentro de la Administración de Justicia. 
Leer más...

CCOO solicita a la DGA que priorice el teletrabajo durante los próximos días, ante las dificultades para desplazarse a o desde determinados municipios


10 ene 2021


 Ante la situación creada por las tormentas de nieve habidas en las últimas 48 horas, CCOO se ha dirigido a la Dirección General de Justicia de Aragón a fin de que, cuanto menos, promueva que en los próximos días se teletrabaje ante las dificultades para transitar entre municipios para acudir a los centros de trabajo.

Dicha medida ya ha sido adoptada por el Ministerio de Política Territorial y Administraciones Públicas de la AGE según la nota de prensa (VER ENLACE),  que recomienda al personal de la AGE que quienes puedan hagan uso del teletrabajo el lunes 11 y el martes 12 de enero, salvo para aquellos casos en los que la fórmula de trabajo presencial resulte imprescindible para el mantenimiento de los servicios públicos esenciales. CCOO se ha dirigido en igual sentido al Ministerio de Justicia al respecto (VER ENLACE).

Aun cuando desde CCOO entendemos que esta medida debería adoptarse por Función Pública de Aragón para el conjunto de su personal, cuando menos activamos la vía del Departamento que gestiona la Administración de Justicia de Aragón. 

Si hubiera novedades al respecto informaríamos por este cauce.  

Leer más...

La DGA remite a los y las LAJ y la Fiscalía la relación de personas que pueden teletrabajar desde hoy; el resto de las personas solicitantes tendrán que esperar a que se les dé de alta


15 sept 2020


La DGA ha remitido hoy a los y las LAJ y las Fiscalías un listado de las personas que , al final de la jornada de hoy, tendrán el sistema de teletrabajo activado y en condiciones de funcionamiento, remitiendo copia a las organizaciones sindicales (no lo colgamos por protección de datos, si alguien quiere conocer si está incluido puede solicitarlo por whatss a nuestros delegados y delegadas). 

El resto de usuarios y usuarias que, mayoritariamente, se corresponden con personas que no tuvieron teletrabajo antes del verano, tienen un proceso de activación más complejo y se irá activando a lo largo de esta semana, comunicándoles la DGA a los y las LAJ cuándo estarán en condiciones de poder teletrabajar.

La DGA informa que el Servicio de Tecnologías de la Información está trabajando con AST para realizar la activación técnica del personal, comenzando por quienes estuvieron teletrabajando en la primera fase, ya que la activación de personal que se incorpora por vez primera a esta modalidad reviste una mayor complejidad técnica. La DGA espera que a lo largo de la semana estén todas las altas activadas. En cualquier caso, y tal y como se señalaba en la regulación del sistema, serán los y las responsables de cada órgano judicial, fiscal o IMLA, los que organizarán los turnos rotatorios, en caso de ser preciso, y los que determinarán los días de prestación de servicios en dicha modalidad para el personal activado. Recordamos que al menos, dos días a la semana deberán estar de forma presencial los funcionarios y las funcionarias autorizadas en las oficinas judiciales, 

La DGA recuerda a los y las LAJ que, por conducto de los Secretarios Coordinadores Provinciales, Fiscales Provinciales o Director del IMLA, deben remitir cada dos semanas por parte de los y las responsables del órgano judicial, fiscal o Instituto de Medicina Legal, la valoración de la experiencia adquirida y el trabajo realizado por el funcionario teletrabajador, y proponiendo la continuidad o la suspensión de esta modalidad laboral de cada funcionario o funcionaria que la realice de su Juzgado, sección o Sala.

En cuanto a la forma de registrar las jornadas teletrabajadas, se recuerda que se ha contemplado en el sistema SIRHGA, y deberá ser grabada en el mismo, una presencia de trabajo exterior por días completos. Dicha presencia computará como realizada la jornada teórica que tenga asignada cada trabajador o trabajadora. En este punto, se recuerda que no se podrá fraccionar la jornada diaria entre trabajo presencial y teletrabajo y que todo el personal que teletrabaje deberá acudir de manera presencial a su puesto de trabajo, al menos dos días a la semana, sin perjuicio de lo que pueda establecer el/la responsable del órgano por necesidades del servicio.
Leer más...

Próximo inicio del plazo para solicitar teletrabajar en la Administración de Justicia de Aragón a partir del 15 de septiembre


31 ago 2020


A partir del 15 de septiembre empieza de nuevo la posibilidad de teletrabajar en la Administración de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Directora General de fecha 21 de julio que ha explicamos en post anteriores. Podéis acceder a la nueva resolución de teletrabajo a través del siguiente enlace TELETRABAJO 2 , y pasamos a resumir las características de este nuevo periodo de teletrabajo (las cuales podrían cambiar en función de la evolución de la pandemia). 

Solicitud. La Dirección General de Justicia tiene que publicar un modelo de solicitud, forma de solicitarlo y plazos para ello. La Resolución de 21 de julio establece que "con una antelación mínima de 10 días al comienzo del período de teletrabajo, se ofertará dicha opción a los funcionarios que quieran acceder al mismo, a fin de que puedan solicitarlo por conducto del LAJ, Fiscal o Responsable del IMLA, quien lo remitirá a la Dirección General de Justicia para la gestión de las altas y disponibilidad en la fecha de comienzo de la modalidad, 15 de Septiembre de 2020, 15 de Diciembre de 2020, y 15 de marzo 2021". El teletrabajo es, en todo caso, voluntario. 

Duración: El compromiso de permanencia del solicitante de teletrabajo será como mínimo de TRES MESES, pudiéndose prorrogar por OTROS TRES MESES y una última prórroga de CUATRO MESES (hasta el 15 de Julio de 2021), sin perjuicio de que la Administración, por necesidades de servicio, baja productividad o cualquier otro motivo fundado revoque dicha autorización antes de la finalización de dicho plazo, igualmente, por causa debidamente justificada, el funcionario que esté trabajando en modalidad de teletrabajo podrá cambiar a presencial notificándolo a la Dirección General de Justicia con una antelación mínima de 15 días.

Plantilla por juzgado que puede teletrabajar: El número de los funcionarios que se considera idóneo, será de un máximo del 30% del órgano judicial o fiscal, del total de la plantilla. Cuando el número de solicitantes de esta modalidad laboral sea mayor que el resultado de aplicar dicho porcentaje, podrá establecerse un turno rotatorio semanal.

Preferencia para teletrabajar: Si concurren más solicitantes de teletrabajo de los expresados en el párrafo anterior podrá establecerse un turno rotatorio semanal entre los solicitantes, a la mitad de dicho turno concurrirán de forma preferente, los funcionarios que tengan a su cargo, exclusivamente, menores de 14 años o dependientes debidamente acreditados, acreditándose la convivencia con los mismos, así como personas vulnerables declaradas así por el servicio de prevención de riesgos laborales.

Días que hay que trabajar de forma presencial. La modalidad de teletrabajo se podrá realizar por un máximo de 3 días a la semana, siendo obligatoria la asistencia presencial del funcionario, al menos, 2 días a la semana.

Medios para teletrabajar. El funcionario utilizará medios propios idóneos para esta modalidad laboral, declarando expresamente en su solicitud que los tiene.

Evaluación del teletrabajo: Cada dos semanas el LAJ responsable del órgano judicial valorará la experiencia adquirida y el trabajo realizado por el funcionario teletrabajador, comunicándolo al o a la Secretario Coordinador/a Provincial respectivo/a y proponiendo la continuidad o la suspensión de esta modalidad laboral de cada funcionario que la realice de su Juzgado, sección o Sala. En caso de propuesta de suspensión, será la Dirección General quien adoptará la decisión pertinente. Cada mes, la Dirección General de Justicia de Aragón valorará la experiencia adquirida y el trabajo realizado en esta nueva modalidad. La suspensión de la autorización será expresa, y tácita la continuidad de la autorización.

Horario del teletrabajador o teletrabajadora: Desde la 9 hasta las 14,30 horas, el funcionario deberá estar localizable por vía telefónica y por correo electrónico. El resto del horario tendrá carácter flexible. Aquellos teletrabajadores que tengan el Plan Concilia concedido por cuidado de menores y/o dependientes podrán reducir dicha franja horaria en una hora.

Leer más...

TELETRABAJO: INMINENTE NUEVA REGULACIÓN EN ARAGON. PRIMERA FASE.


15 jul 2020





VIDEOCONFERENCIA  ADMINISTRACIÓN- SINDICATOS ADMINISTRACIÓN JUSTICIA
Martes,  14-7-2020.

Ayer se celebró la  reunión sobre Teletrabajo que comenzó a las 12:30 horas y terminó sobre las 15:20 horas.
Actualmente, como sabes  para  regular el Teletrabajo, se está trabajando tanto a nivel estatal (Ministerio de Trabajo, Ministerio de Administraciones Públicas) del propio Ministerio de Justicia por su peculiaridad, así como en Función Pública de la DGA, por lo que entre tanto llega esa posible regulación,  y considerando que la modalidad de Teletrabajo es óptima para que continúe en la Admón. De Justicia de  Aragon como opción de modalidad  laboral, es el motivo de la Videoconferencia de hoy,  para proceder a realizar una regulación provisional, una vez que finalice la actual regulación de Experiencia Piloto que finalizaba hasta 30 días después del Alzamiento del estado de Alarma (Es decir finaliza el día 21 de julio próximo. Por lo que, todo aquel compañero que se encuentre teletrabajando deberá incorporarse a la actividad laboral ordinaria este mismo día)
CC.OO. antes de la reunión, sobre el mismo documento-borrador inicial enviado por la Administración, remitió sus propuestas de modificación y/o inclusión a la Dirección General, a la vez, que en el mismo  email informo que del resultado de esta reunión habría que convocar Mesa Sectorial, para intentar negociar y consensuar un texto en legal forma. El resto de Sindicatos, han manifestado que enviarán su propuesta una vez que termine la Videoconferencia………
 Os adjuntamos la propuesta integra elaborada por la Administración y las modificaciones a la misma en color ROJO, elaboradas por CC.OO, que fueron enviadas con anterioridad y defendidas debidamente argumentadas en la reunión.


Tras diversas intervenciones de todas las partes allí presentes, la Administración volverá a remitir otro documento-borrador a la mayor brevedad posible, habiéndonos convocado verbalmente a Mesa Sectorial para el próximo martes 21-7-2020 a las 9:30 horas, y que en dicha Mesa quede definitivamente aprobado el texto que resulte, que será Resolución de la Dirección General.  De igual forma en dicha Mesa Sectorial, otro de los órdenes del día será la renovación del Plan de Actuación del Juzgado de Paz de Zuera (Centro Penitenciario)

                    OTROS TEMAS:

La Directora General nos anuncia e informa:

* Nos informa, que del total de compañeros (unos 260 compañeros) que inicialmente solicitaron de forma voluntaria teletrabajar en la actual experiencia piloto, 80 de ellos, se dieron de alta en VPN pero nunca han usado el teletrabajo, o que a los pocos días se dieron de baja.  Volviendo a manifestar la Directora, que da igual que se dieran de baja, porque el trabajo ya estaba realizado por AST y el pago abonado por las licencias unipersonales e intransferibles de VPN para todo el período de la experiencia piloto. Por lo que ruega, que en este Primera Fase que podría comenzar el 15-9-2020, los funcionarios que voluntariamente interesen Teletrabajar se comprometan a mantenerse en esta modalidad de trabajo durante el período que se publique.  Pues a la Administración le supone un coste en recursos humanos y económicos.

* Nos informa, que ya tiene elaborado el borrador de RPTs de la Oficina Fiscal, así como que en Septiembre, es su intención acceder a llevar a Mesa Sectorial el tan reivindicado tema de regulación de Provisión de Puestos de Trabajo.

            * Nos informa, que con relación a las Mascarillas, tras la publicación en el BOA  de 13 de julio   BOA--ORDEN SAN/585/2020, de 13 de julio  que el uso de la mascarilla es una obligación personal, por lo que es la persona, la que, desde el momento que sale de su domicilio, tienen la obligación de llevarla y para todo tipo de actividad diaria, hasta que regrese al mismo,  por lo que no se entregaran mascarillas con carácter general y de forma diaria en los Centros de Trabajo de Justicia en Aragon.  CC.OO. a pesar de lo expuesto, ha reiterado que la prevención del posible riesgo, el que sea, durante la actividad laboral, es obligación de la Empresa, y que por lo tanto deben de entregarse al menos una mascarilla diaria por funcionario que así la solicite. Cuestión distinta es, que antes y después de la actividad laboral es la persona quien tiene que proveerse de la misma por sus propios medios.

        * Nos informa, en relación a las MASCARAS FACIALES.  Que a petición del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, se ha procedido a comprar mascaras faciales HOMOLOGADAS (no las que nos han entregado hace unas semanas)  inicialmente solo para el personal del IMLA y para  el SACE, no para llevar a cabo diligencias unipersonales, sino más bien para Lanzamientos y/o Embargos (la propuesta de remisión de la mascará facial sin homologar a los Técnicos de Prevención, fue realizada por CC.OO en el seno del Comité Laboral, para que el Servicio de Prevención procediera a verificar si las máscaras entregadas estaban homologadas y en su caso, adoptará la decisión oportuna)

*Nos informa, que de los 37 compañeros que se eximieron durante el Estado de Alarma, por ser personal sensible al COVID-19,  9 de ellos han estado teletrabajando, y solo a 1 de los 37, se le ha reconocido por el Servicio de Prevención la sensibilidad al Covid-19 y permanece eximido con ILT por esta causa.  De igual forma que otros 5 compañeros han faltado a la verdad para poder eximirse por diversas causas durante el Estado de Alarma.

* Nos informa, que, con relación a la Declaración de Incapacidad de las Personas, su des judicialización se encuentra más cercana, por lo que sólo quedará en el seno de la Administración de Justicia el tema de las Curatelas y poco más, con la consiguiente necesidad de reordenar o reasignar los efectivos destinados en el Juzgado de Primera Instancia que lleva de forma exclusiva incapacidades.



* REGISTRO CIVIL-BIS. Nos informa, que por fin,  ha habido una Magistrada que se ha mostrado voluntaria para hacerse cargo de este Plan de Actuación (parece ser que será Dña. Victoria, Magistrada actual de uno de los Juzgados de Violencia de Genero)  Se está a la espera de que algún LAJ acceda voluntariamente a formar parte de este Plan de Actuación. Que se formará un Equipo,  compuesto por, además de Magistrado y LAJ,  por:

1 Gestor, 3 tramitadores y 1 Auxilio Judicial
En horario de 15:00 horas a 19:30 horas, con revelación de funciones.
Inicio del Plan del 15 de Agosto al 31 de diciembre de 2020.

La Dirección General difundirá entre todo el personal de la Ciudad de la Justicia para que puedan ofrecerse de forma voluntaria y elegirá entre éstos al personal más óptimo.  Sino hubiere voluntarios, inicialmente se designará de forma forzosa a los Interinos destinados en el Juzgado Decano de Zaragoza. Que según el Ministerio de Justicia, SACE, DECANATO y REGISTRO CIVIL pueden considerarse que son personal reasignable entre sí.   CC.OO. ha manifestado, por un lado, que son Centros de Destino distintos, y por el otro, que los 3 meses tras finalizar el Estado de Alarma que le permiten a la Administración  la asignación forzosa por el Covid-19 finalizan el próximo día 21 de septiembre, por lo que el personal debe de ser voluntario o bien prolongación de funciones.  Nuestra Directora General, ha contestado que es probable que en los próximos días se modifique el contenido del Real Decreto citado para prorrogar la posibilidad de reasignar forzosamente hasta el 31-12-2020. (Como veis no le gusta dar puntadas sin hilo)


     *Nos informa, que en relación a la Formación Continua de este año, las ediciones se realizaran entre los últimos 4 meses del año 2020 y los 2 primeros meses del año 2021.



     Terminando, cualquier sugerencia que tengáis, respecto de la inminente regulación de la Primera Fase del  Teletrabajo, podéis poneros en contacto con cualquiera de nuestros Delegados para su valoración, y en su caso,  defensa en la próxima Mesa Sectorial.
              Seguiremos informando,
              Un Saludo

              IMPLICAROS, MOTIVAROS, AFILIAROS si lo consideráis oportuno:  la acción sindical y la defensa de nuestros intereses colectivos, comienza de forma individual en nuestro respectivo puesto de trabajo realizando nuestras funciones, con profesionalidad y disciplina.  Somos, por lo menos,  tan importantes como los colectivos que tienen la competencia organizativa funcional y también como los que deciden el contenido de una resolución que pone fin a cualquier  tipo de proceso. Sin nuestra implicación diaria  por encima de las funciones que nos corresponden, la maquinaría de la Administración de Justicia  en este país estaría totalmente paralizada. Pero a nuestros responsables orgánicos y funcionales, parece que les cuesta mucho reconocerlo.
Local Sindical de CC.OO. sito en la primera planta del Edificio Fueros de Aragon de la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.  Tlfo 690055783 email:    ccoojusticia@aragon.es







Leer más...