Ya tenemos publicada desde hoy el nuevo modelo elaborado por el actual Ejecutivo (con el apoyo del resto organizaciones sindicales) y aprobado por las Cortes Generales que modificara la estructura organizativa en el Servicio Público de la Administración de Justicia:
Disposición final trigésima octava. Entrada en vigor.
1. La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín oficial del Estado.
2. El título I; la disposición adicional primera; las disposiciones transitorias primera a octava, y la disposición final sexta de la presente ley entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3. La atribución de competencias en materia de violencia sexual a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, prevista en el apartado veintiocho del artículo 1, así como las modificaciones del artículo 14 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, del apartado uno del artículo veinte de la 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y de la letra h) del artículo 2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, entrarán en vigor a los nueve meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
CC.OO. seguirá trabajando, para que, en la medida de lo posible, procurar paliar los efectos negativos que la misma produce a las actuales condiciones laborales del personal al Servicio de la Administración de Justicia.
No repetimos, adjuntamos enlace al post que en su día elaboramos cuando el Congreso de los Diputados la aprobó el pasado día 19 de diciembre:
Un Saludo,
Seguiremos Informando,
ccoojusticia@aragon.es.