El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer por unanimidad el proyecto de Ley de Registro Civil, que va a suponer un cambio sustancial respecto a la forma en que vienen trabajando y están organizados en la actualidad los Registros Civiles. Podéis tener acceso a la información suministrada sobre este Proyecto a través del siguiente link: reforma del Registro Civil.
Tiempo habrá de valorar las novedades que el proyecto presenta, así como sus lagunas (¿cómo se registran las defunciones ocurridas en residencias? ¿cómo se formulan solicitudes desde las poblaciones que cuenten Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción, olvidados en la ley? ¿quién califica los datos introducidos telemáticamente desde los hospitales?, etc), en lo que a los funcionarios nos atañe el Registro Civil único pasa a ser un órgano administrativo dependiente del Ministerio de Justicia, y no un órgano integrado en la Administración de Justicia; ya no habrá jueces a su cargo, sino que serán funcionarios del Grupo A1 o, a temblar, Secretarios Judiciales. El proyecto establece que los funcionarios que trabajan en los Registros Civiles podrán optar por incorporarse en las nuevas oficinas o continuar ejerciendo su actividad dentro del ámbito de la Administración de Justicia, pero éste desaparece como destino de la Administración de Justicia, con lo que de hecho una vez se ejerza dicha opción el Registro Civil quedará cerrado para los funcionarios de la Administración de Justicia, y quedará en manos de funcionarios probablemente de las Comunidades Autónomas.
Aun queda tiempo y posibilidad de cambiar esto último, y en ello podrá su empeño CCOO.