SECRETARIOS JUDICIALES, PROMOCION INTERNA, OEP 2009, ABONO POR EL CEJ DE INDEMNIZACIONES POR RESIDENCIA


21 sept 2011



Definitivamente el Centro de Estudios Judiciales ha comunicado a los Secretarios que accedieron a dicho cuerpo por el turno de promoción interna (OEP-2009) y que aún se encuentran realizando las prácticas en los órganos judiciales pero cuya fase teórica, la realizaron en dicho centro con sede en Madrid, que les ABONARÁ LA INDEMNIZACIÓN POR RAZÓN DE SERVICIO A TODOS LOS SECRETARIOS, independientemente de cuál fue su Administración de origen en el Cuerpo de Gestión.

El CEJ argumenta dicho abono en la Sentencia del TSJ de Logroño de 26 de julio de 2011 que cambia el criterio seguido hasta ahora en el abono de dichas indemnizaciones, pues en base a otras Sentencias anteriores pagaba la Administración -o el Centro de estudios correspondiente- de origen, aunque también existen Sentencias en el otro sentido.

De cualquier manera, este cambio de criterio -y que también afecta a las promociones internas a los Cuerpos Generales de Tramitación y Gestión como ya publicó el CEJ en una nota informativa de la que dimos cuenta en este blog- facilita las cosas, pues CCOO llevamos muchos meses exigiendo al Ministerio de Justicia una posición en este mismo sentido, es decir, abonar la indemnización por razón de servicio a TODOS los aprobados por promoción interna a Secretarios, independientemente del territorio donde se encontraban prestando servicios como funcionarios del Cuerpo de Gestión.
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