Los mutualistas y las mutualistas, cuando tramitan su alta en la Mutualidad General Judicial, pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las CCAA o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.
Asimismo, desde el 1 al 31 de enero de cada año pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria. Más información en el blog CCOO en Mugeju.
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