El Juzgado de lo Contencioso Administrativo
Nº 2 de Zaragoza, en recurso contencioso administrativo planteado por un
compañero de la Administración de Justicia de Aragón, Delegado de CCOO, ha
dictado sentencia estimando su derecho a que le sean reintegradas por la Administración las retenciones practicadas en las nóminas de
septiembre de 2012 a enero de 2013 respecto de la paga
extraordinaria generada entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012. Es la primera sentencia que en el ámbito
de la Administración de Justicia de Aragón se ha dictado favorable a la
devolución de al menos una parte de la paga extra de diciembre de 2012 que fue
suprimida por el Gobierno de Aragón en aplicación del Real Decreto Ley 20/2012.
Queda pendiente de resolver, por
otra parte, en otro Juzgado de lo Contencioso de nuestra ciudad el recurso planteado
por otro funcionario de la Administración de Justicia de Aragón, igualmente delegado
de CCOO, reclamando la devolución de la integridad de las retenciones que se
realizaron como consecuencia de la supresión de la paga extra de Navidad.
Sin entrar a valorar en profundidad los
distintos aspectos de la sentencia, que es firme respecto de la situación personal
del compañero recurrente, su consecuencia quizás más inmediata es que todos
los compañeros de Justicia de Aragón, que nos hallamos en idéntica situación
jurídica, podremos instar la extensión de los efectos de la sentencia conforme
a lo previsto en el artículo 110 de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El plazo para solicitar esta extensión de efectos es de 1 año desde la
notificación de la sentencia.
No obstante, el Letrado de la Comunidad Autónoma todavía tiene la posibilidad de
recurrir la sentencia en interés de ley (artc. 100 y ss. LRJCA), si considera
que es lesiva para los intereses generales y con el objeto de evitar que los
efectos de la sentencia se extiendan a todos los funcionarios de Justicia de la
Comunidad. La Administración tiene un plazo de
tres meses para interponer este recurso y en este caso debería resolver la Sala de lo Contencioso del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón.
Con independencia de todo ello, lo
que sí plantearemos de inmediato a la Dirección General de Administración de Justicia es el
reconocimiento por parte de la Administración de los efectos de esta decisión judicial para todos los funcionarios de Justicia de Aragón, con el fin de
evitar una avalancha de reclamaciones de extensión de efectos en el Juzgado de
lo Contencioso Administrativo y porque consideramos que se trata de una
reclamación absolutamente justa y de un derecho que nunca debió verse
vulnerado.
En cualquier caso, desde CCOO os seguiremos
informando puntualmente de cuanto acontezca.
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