Primera sentencia favorable a la devolución de una parte de la paga extra de diciembre de 2012 a un funcionario de Justicia de Aragón


5 nov 2013


El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Zaragoza, en recurso contencioso administrativo planteado por un compañero de la Administración de Justicia de Aragón, Delegado de CCOO, ha dictado sentencia estimando su derecho a que le sean reintegradas por la Administración las retenciones practicadas en las nóminas de septiembre de 2012 a enero de 2013 respecto de la paga extraordinaria generada entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012. Es la primera sentencia que en el ámbito de la Administración de Justicia de Aragón se ha dictado favorable a la devolución de al menos una parte de la paga extra de diciembre de 2012 que fue suprimida por el Gobierno de Aragón en aplicación del Real Decreto Ley 20/2012.

Queda pendiente de resolver, por otra parte, en otro Juzgado de lo Contencioso de nuestra ciudad el recurso planteado por otro funcionario de la Administración de Justicia de Aragón, igualmente delegado de CCOO, reclamando la devolución de la integridad de las retenciones que se realizaron como consecuencia de la supresión de la paga extra de Navidad.

Sin entrar a valorar en profundidad los distintos aspectos de la sentencia, que es firme respecto de la situación personal del compañero recurrente, su consecuencia quizás más inmediata es que todos los compañeros de Justicia de Aragón, que nos hallamos en idéntica situación jurídica, podremos instar la extensión de los efectos de la sentencia conforme a lo previsto en el artículo 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.  El plazo para solicitar esta extensión de efectos es de 1 año desde la notificación de la sentencia.

No obstante, el Letrado de la Comunidad Autónoma todavía tiene la posibilidad de recurrir la sentencia en interés de ley (artc. 100 y ss. LRJCA), si considera que es lesiva para los intereses generales y con el objeto de evitar que los efectos de la sentencia se extiendan a todos los funcionarios de Justicia de la Comunidad.  La Administración tiene un plazo de tres meses para interponer este recurso y en este caso debería resolver la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Con independencia de todo ello, lo que sí plantearemos de inmediato a la Dirección General de Administración de Justicia es el reconocimiento  por parte de la Administración de los efectos de esta decisión judicial  para todos los funcionarios de Justicia de Aragón, con el fin de evitar una avalancha de reclamaciones de extensión de efectos en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo y porque consideramos que se trata de una reclamación absolutamente justa y de un derecho que nunca debió verse vulnerado.


En cualquier caso, desde CCOO os seguiremos informando puntualmente de cuanto acontezca.
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