"Artículo 1. Incremento para el año 2016 de las pensiones de Clases Pasivas
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 40 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, las pensiones abonadas por Clases Pasivas se incrementarán en un 0,25 por ciento respecto de las cuantías que a las mismas hubieran correspondido a 31 de diciembre de 2015..."
"Artículo 3. Importe de la revalorización
1. Las pensiones comprendidas en el apartado 1 del artículo anterior, causadas con anterioridad al 1 de enero de 2016 y no concurrentes con otras, se revalorizarán el 0,25 por ciento..."
"Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses..."
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