La DGA informa sobre los requisitos y condiciones para acceder al trabajo en la Administración de Justicia de Aragón. CCOO remitirá sus propuestas a la DGA, para su toma en consideración


24 abr 2020



En la mañana de hoy la Directora General de Justicia de Aragón ha mantenido una reunión con las organizaciones sindicales y personal de la DGA para tratar de la implantación del teletrabajo en el ámbito de la Administración de Justicia de Aragón. Pasamos a detallar la información que ha suministrado la DGA al respecto. 

La implantación del teletrabajo en la Administración de Justicia de Aragón va a ser con carácter piloto, es decir, sujeto desde el principio a constantes evaluaciones. El teletrabajo tiene en todo caso carácter voluntario y es reversible, tanto para el personal como para la propia Administración. Este primer piloto tendrá una duración aproximada de un mes. 

La opción de teletrabajar dispensará al funcionario de atender de forma presencial a la Oficina Judicial. Por ello, aunque en el futuro se pueda incrementar el número de personas que pueden acogerse a la modalidad de teletrabajo, no toda la plantilla podrá realizar al mismo tiempo teletrabajo, porque habrá que haber siempre alguien en la oficina. El horario de trabajo, según la DGA, será el mismo que en la oficina judicial. Al parecer, dependerá de cada LAJ la posibilidad de que el personal de cada Juzgado pueda teletrabajar (a lo que CCOO se va a oponer pues debe ofrecerse a todos y todas por igual, no dependiendo de los y las LAJ de turno). 

La DGA va a remitir un documento con todo lo relativo al teletrabajo, para que las organizaciones sindicales remitamos nuestras propuestas durante el fin de semana. CCOO ya tiene elaborado un documento al respecto, que va a remitir de forma inmediata a la DGA. 

La DGA tiene intención de que llegue al 50 % de las plantillas, con prioridad en los Juzgados de 1ª Instancia, Sociales, Contenciosos y Juzgados de lo Penal. Se ofrecerá igualmente a los Juzgados de lo Mercantil, y no se hará de momento en los Juzgados de Instrucción y Violencia sobre la Mujer, dado que por su tipo de actividad (declaraciones, testificales, documentación en papel) no resulta fácil realizar la tarea normal mediante teletrabajo. 

En principio podrán acceder 1 Gestor/a y 2 Tramitadores/as por Juzgado, sin que inicialmente esté previsto el acceso al teletrabajo para los funcionarios y funcionarias de Auxilio Judicial. Aquellas personas que se apunten al teletrabajo tendrán la misma carga de trabajo y la misma supervisión que tienen habitualmente en su Oficina Judicial; no obstante la DGA tiene intención de que el teletrabajo funcione de la forma “más homogénea posible”. 

En el ofrecimiento para poder teletrabajar se tendrá en especial consideración a las personas que están exentas de trabajar por patologías previas y a las que tienen deber inexcusable por cuidado de hijos menores o familiar mayor a cargo. La DGA no tiene claro si estas personas estarán obligadas a teletrabajar una vez se levante el estado de alarma. 

Se ha habilitado ya el acceso al teletrabajo a 63 personas, si bien son algo más de 200 personas las que lo han solicitado. Se va a remitir al efecto a estas personas un documento con los requisitos técnicos que deben tener sus ordenadores para poder teletrabajar, sin que sea posible habilitar para ello ordenadores obsoletos que se hayan podido retirar hace un tiempo de los Juzgados dado su sistema operativo. 

El acceso al teletrabajo es mediante acceso remoto al ordenador de cada funcionario o funcionaria en la Oficina. Una vez AST, la empresa que gestiona todo el tema informático en el Gobierno de Aragón les da de alta, se les remiten instrucciones para descargar un programa para poder acceder en remoto al ordenador de la oficina (para lo cual tiene que estar encendido) y los requisitos técnicos que tienen que tener sus ordenadores, y tras instalar el programa ya se puede trabajar desde sus domicilios con su ordenador como si se estuviera trabajando en la Oficina Judicial, con el mismo acceso a todas las aplicaciones judiciales y unidades de red que si se estuviera en la Oficina (de hecho, lo que se ve en la pantalla del ordenador de casa es lo mismo que en la pantalla del ordenador del Juzgado). 

El acceso remoto se hace mediante una tecnología que tiene varios niveles de seguridad para impedir que alguien a través del ordenador de nuestra casa, mediante malware, pueda acceder a las aplicaciones judiciales o al ordenador de nuestra oficina. No obstante, el ordenador de casa tiene que tener un antivirus por si acaso. Los requisitos técnicos del ordenador de casa con Window7, MAC 10.8 o Linux 2.4 o versiones superiores, 2 gigas de memoria RAM (aunque se recomienda 4 o más gigas), y banda ancha de Internet de al menos 10 megas (aunque puede funcionar con una banda ancha menor). 

Se ofrecerá formación on line sobre Avantius al personal que tras el concurso de traslados se haya incorporado procedente de otros ámbitos.

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