¿ QUE PASA CON LAS O.E.P. DE ESTABILIZACIÓN ? Ley 20/2021


16 oct 2024


Los miles de compañeros que estáis inmersos en estos procesos que dimanan de la aplicación de la Ley 20/2021,  que dio lugar a la convocatoria de procesos selectivos en todas las administraciones púbicas a través del Real Decreto 408/2022. Entre ellos los de la Administración de Justicia, conocéis que se suspendió el tramite de los procesos selectivos como medida cautelar por un Tribunal, como consecuencia de que en estas OEP (y otras de diferentes Administraciones Públicas) no se produjo la reserva de plazas de discapacidad.  CC.OO. lo recordó al Ministerio de Justicia en Mesa Sectorial, pero este hizo lo que considero oportuno.  Así nos va.

 

Tras dictarse varias sentencias, entre ellas Sentencia que reconoció la situación individualizada interesada por un recurrente en nuestro ámbito que podría haber optado por el Turno de Discapacidad pero no pudo, viene ahora la Ejecución de la Sentencia que tienen que realizar las diferentes Administraciones Públicas, entre ellas el Ministerio de Justicia, el que nos atañe.

 

Tras una reunión con Función Publica, Ministerio de Hacienda, Madrid, en la que se encontraba presente CC.OO. y en la que se expusieron las diferentes posturas y modos de ejecutar, Función Pública en uso de su exclusiva competencia dicto RESOLUCIÓN de fecha 4-10-2024, que es la siguiente:

 

 RESOLUCIÓN FUNCIÓN PUBLICA RESERVA TURNO DISCAPACIDAD

 

RESUMIENDO SU CONTENIDO:

 * Los procesos de Estabilización en Curso en la Administración de Justicia, se retomarán y seguirán su tramite normal, sin que se vea afectados los mismos en el numero de plazas ofertadas.  El Ministerio sigue diciendo que quiere tenerlo terminado antes del 31-12-2024...

* Se convocará, en el plazo máximo de UN MES, y en aplicación de la previsión del art. 70 del TREBEB una Convocatoria Extraordinaria equivalente al 7% de las plazas ofrecidas en las OEP de Estabilización exclusivamente por el Turno de Discapacidad.  Que en la Administración de Justicia son las siguientes plazas:

MÉDICOS FORENSES

3

FACULTATIVOS DEL INTCF

1

AYUDANTES DE LABORATORIO DEL INTCF

1

GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

49

TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA

141

AUXILIO JUDICIAL

148

TOTAL

343

 

* Pero OJO, para garantizar el principio de igualdad en la elección de las plazas, el último párrafo de la resolución insertada, dificulta a nuestro entender su posible aplicación en el ámbito de la Administración de Justicia, os pegamos el contenido del mismo:

 "4. Para garantizar el principio de igualdad en la elección de plazas para las personas aspirantes del cupo de reserva de discapacidad, una vez finalizados los procesos de las convocatorias extraordinarias, las personas aspirantes que los hayan superado podrán escoger entre todos los destinos que se ofertaron en los procesos del turno ordinario y que o bien quedaron desiertos, o bien fueron escogidos por personas con menor puntuación. En caso de que se escojan destinos ya adjudicados en los procesos del turno ordinario, la Dirección General de la Función Pública autorizará la creación de plazas con las mismas características. La creación de plazas deberá financiarse con amortización de plazas vacantes de forma que no se produzca incremento de gasto."

 

     

Sacad vuestras propias conclusiones, CC.OO. ya se ha dirigido al Ministerio de Justicia para proponer diferentes vías y para conocer COMO pretenden ejecutar, si fuere preciso ampliar o amortizar plantilla, en algún ámbito territorial con ocasión del párrafo en cuestión.

 

Seguiremos Informando,

Un Saludo,

ccoojusticia@aragon.es.

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