Hoy a las 14:20 horas se ha enviado por la Administración la resolución Provisional de ACOPLAMIENTO del partido judicial de Zaragoza:
CC.OO., a la vista del revuelo que se organizo con el tema dentro del plazo para poder participar en el Aplicativo de Acoplamiento: "de si había que poner la fecha de toma de posesión efectiva o la fecha de la resolución de tu actual Centro de Destino........",
y dado que en conversaciones verbales con la Administración manifestaba que se iba dar por válido la fecha que cada participante hubiera puesto en su solicitud, mediante escrito electrónico, en fecha 1-diciembre-2025, CC.OO. solicitó para mayor seguridad jurídica de todos los participantes que se procediera a revisar de Oficio por la Administración las fechas interesadas en el aplicativo.
Se adjunta enlace a la solicitud efectuada:
Solicitud CC.OO. revisión del "dato" de OFICIO, sin penalizar al Colectivo
A tal efecto, conforme a lo interesado por este Sindicato, la Administración en la Resolución que dictó de Huesca y Teruel y en la Provisional que ha dictado hoy de Zaragoza, ha procedido, DE OFICIO a la revisión de los datos interesados por CC.OO. e introducidos por todos los participantes, sin proceder a penalizar (conforme a lo previsto en la propia Resolución de Acoplamiento: reasignacion forzosa) a parte del colectivo que al rellenar su solicitud hubiere trasladado un "dato" distinto que no se interesaba en el aplicativo.
Con la propuesta de CC.OO., realizada por la Administración, y aunque es su obligación la revisión de oficio, pero que inicialmente no tenía previsto su revisión, se ha evitado que con la estimación de un solo recurso que se pudiere interponer por este motivo, hubiera que realizar legalmente la revisión de la resolución y dejar sin efecto múltiples cambios en cascada en asignaciones en la Resolución de Acoplamiento.
La Resolución Provisional de Acoplamiento hacia la NUMO en el partido judicial de Zaragoza, es la siguiente:
Resolución PROVISIONAL Acoplamiento NUMO partido judicial Zaragoza
ALEGACIONES 5 DÍAS siguientes a su publicación, plazo fina próximo día 6 de marzo de 2026
Desde nuestro email corporativo de la empresa, dirigido a acoplamiento@justicia.es.
en el Asunto: ALEGACIONES ACOPLAMIENTO ZARAGOZA
y en el cuerpo del email, deberá indicarse:
a) Nombre y apellidos del funcionario/a
b) Alegación o alegaciones que se formulen
* Las alegaciones presentadas en tiempo y forma serán comprobadas por la Administración, resolviéndose lo que proceda en derecho , y su resultado se verá reflejado en la resolución definitiva del acoplamiento, por lo que no será notificado personalmente a las partes interesadas.
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* La Administración nos informa, que se publicará un PDF en la Intranet para completar la información de las asignaciones realizadas, a los efectos de identificar respecto de éstos quienes se encuentran ya jubilados, cesados, etc
* CC.OO. ha intentado hasta el último momento que la fecha de efecto para seguir contabilizando los datos vivos del colectivo que han sido tenidos en cuenta por la Administración a la hora de dictar la Resolución, hubiere ido más allá del 31 de diciembre-2025 que obra en la resolución provisional, por ejemplo, si la Admón. hubiera considerado el 15 de enero de 2026, con ello nos hubiéramos evitado que en la resolución provisional dictada y la posterior definitiva sigamos viendo a compañeros que se jubilaron en los primero días del año 2026. Pero la Administración, aunque lo ha valorado, dado los recursos de los que dispone, y que implicaba volver a revisar en cascada la resolución que ya tenían avanzada, y retrasar todavía mas la resolución provisional, ha decidido no realizarlo.
Entendemos que se ha equivocado, pues esas plazas, las que se asignen sin efectos a compañeros ya jubilados, como algunas de las asignaciones que aparezcan de interinos cuya fecha de nombramiento es posterior a la de efecto citada en la resolución las va a tener que proveer nuevamente y sus respectivas condiciones puede producir algún quebradero de cabeza a la hora de asignarlas definitivamente, y que, como entendemos que esta previsto en la norma, no procedemos a describirlo en este post.
*Todos los errores que detectemos, a través de las alegaciones que realicemos, previa comprobación de la Administración, serán subsanados por ésta.
* Como ya ocurrió con el Acoplamiento de Huesca y Teruel, los afiliados a CC.OO. que hayan participado en el aplicativo y que consideren que se ha producido un error con su asignación provisional, podrán, si lo consideran oportuno, dirigir email a este sindicato para que procedamos a verificarlo conforme a la normativa aplicable
para ello los compañeros afiliados deberán:
escanear su solicitud de acoplamiento (así como, si somos titulares el Acta de Toma de Posesión, y si somos interinos el último contrato en vigor).
Recordamos, Plazo de Alegaciones fina el 6 de marzo de 2026
Seguiremos Informando,
Un Saludo,
ccoojusticia@aragon.es
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CONTACTA CON LAS DELEGACIONES TERRITORIALES DE CCOO DE JUSTICIA EN ESTOS TELÉFONOS
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Pza. Villa de París, s/n (Edificio del Tribunal
Supremo) Madrid
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