Festivos locales en Aragón en que el Personal de Justicia tendremos jornada reducida durante el año 2017. Este año los agraciados son…. Teruel y Ejea de nuevo. Fraga, ni un día.


5 abr 2017


Aparece colgada en el portal de la Dirección General de Justicia de Aragón una Nota Informativa por la que se establecen los criterios y periodos relativos a la jornada reducida durante las fiestas tradiciones del año 2017 de los funcionarios de Justicia de Aragón. Podéis tener acceso a dicha nota a través del siguiente link: Nota de festivos locales con jornada reducida 2017.

Durante las festividades tradicionales de cada localidad que establece dicha Nota se establece una jornada de trabajo reducida de 5 horas diarias, debiendo cumplirse el horario de nueve a catorce horas. La Resolución de Jornadas y Horarios establece un máximo de cinco días por localidad de fiestas tradicionales con jornada reducida, máximo que como luego se verá agota la Dirección general en pocos casos, pues hay muchos casos en que los festivos locales son cero, uno o dos días tan sólo. En Aragón esto tiene un nombre: rancio.

Las fechas de las festividades tradicionales en serán de aplicación dicha jornada reducida de trabajo son las siguientes (entre paréntesis se ponen los días reales laborales a que afecta dicha reducción):

Alcañiz: 8, 12 y 13 de Septiembre (3)
Barbastro: 4, 5, 6 y 7 de Septiembre (4)
Boltaña: 24 de Agosto (1)
Calamocha: 14 de agosto (1)
Calatayud: 6 y 7 de Septiembre (2)
Caspe: 14 de Agosto (1)
Daroca: 14 y 16 de junio (2)
Ejea de los Caballeros: 28, 29, 30 y 31 de agosto, 1 de septiembre (5)
Fraga: No se ha hecho constar ningún día (0)
Huesca: 9, 11 y 14 de Agosto (3)
Jaca: 26, 27 y 28 de Junio (3)
La Almunia de Doña Godina: 26, 27, 28 y 29 de Septiembre (4)
Monzón: 20 y 22 de Septiembre (2)
Tarazona: 29, 30 y 31 de Agosto y 1 de septiembre (4)
Teruel: 3, 4, 5, 6 y , 7 de Julio (5)
Zaragoza: 9, 10 y 11 de Octubre (3)

Durante las fechas en las que disfrute la jornada de trabajo reducida, la jornada a realizar es la comprendida entre las 09.00 y las 14.00 horas. 

En previsión de que por cualquier motivo fuese necesario permanecer en el puesto de trabajo fuera del intervalo previsto en el párrafo anterior, se computará todo el tiempo de trabajo que se realice entre las 8.30 y las 15.15 horas. 

En caso de flexibilidad horaria por hijos o personas dependientes deberá realizarse un mínimo de 4 hors entre las 9 y las 14 horas, completando el resto entre las 08.30 y las 15.15.

Un año más la Dirección General de Justicia actúa con auténtica discreccionalidad y trata de forma desigual a unas localidades y otras. Resulta incomprensible que Teruel y Ejea tengan 5 días de jornadas reducidas (casualmente poblaciones muy vinculadas a quienes ostentan la máxima responsabilidad de gobierno en Justicia en Aragón), Fraga ni una y numerosas localidades sólo 1 ó 2 días.


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