La DGA aprueba los planes de actuación Covid-19 para la jurisdicción social y mercantil en Aragón que comenzarán en septiembre


22 jul 2020


En la Mesa Sectorial celebrada en el día de ayer la DGA trajo a la mesa el borrador del plan de actuación en el ámbito social y mercantil covid-19. Este plan de actuación es consecuencia de lo dispuesto en la disposición adicional decimonovena del Real Decreto ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, que establece que su aprobación tendrá lugar en un plazo máximo de 15 días tras la finalización del estado de alarma (con la finalidad de contribuir al objetivo de una rápida recuperación económica tras la superación de la crisis) y comprenderá las jurisdicciones social y contencioso-administrativa y el ámbito de actuación de los Juzgados de lo Mercantil.

Los planes de actuación vienen diseñados y aprobados por el Ministerio de Justicia, y por tanto lo que había que negociar es su transposición a Aragón. En Aragón los planes de actuación afectan a los Juzgados de lo Social de Zaragoza y Huesca, y a los Juzgados de lo Mercantil de Zaragoza. Adjuntamos enlace al desarrollo nacional de estos planes de actuación PLAN NACIONAL DE ACTUACION COVID-19. Los planes tienen dos fases: la primera, del 1 de septiembre al 31 de diciembre; la segunda, se iniciará el 1 de enero. 

La Directora General informó que es un Plan que viene cerrado desde Madrid, y manifiesta que fue negociado con las representaciones sindicales con el Ministerio de Justicia (se le ha contestado por varias representaciones sindicales, que no hubo negociación, solo traslado y publicación, sin margen de cambio alguno).

Resumidamente, la dotación del plan de actuación, mediante medidas de "autorefuerzo", sería , como máximo, en la jurisdicción social el/la titular del órgano judicial; el/la letrado/a de la administración de justicia, un gestor y un tramitador por órgano y un auxilio judicial por cada órgano. En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil podrán participar como máximo el LAJ del órgano, 2 GPA y 2 TPA. La participación en los planes es voluntaria, y si no hubiese voluntarios en un órgano judicial concreto, podrían solicitarlo el resto del personal de la misma jurisdicción en el partido judicial. 

En el ámbito de la jurisdicción social el objetivo a conseguir por las medidas de auto refuerzo consistirá en la resolución (mediante sentencia, auto o decreto) de, al menos, 145 procedimientos mensuales en tres tramos diferenciados:

Tramo 1: entre 145 y 154 procedimientos
Tramo 2: entre 155 y 164 procedimientos+
Tramo 3: más de 165 procedimientos. 

En el ámbito de los Juzgados de lo Mercantil, el objetivo será el impulso de la tramitación de procedimientos. El objetivo de las medidas de auto refuerzo consistirá en el proveído por cada funcionario participante fuera de su jornada ordinaria del siguiente número de escritos o demandas mensuales:

Tramo 1: 40 escritos o demandas
Tramo 2: 50 escritos o demandas
Tramo 3: 60 escritos o demandas. 

En cuanto a las retribuciones:

En los Juzgados de lo Social:GPA/TPA: con una cuantía equivalente a 16 puntos, 14 puntos o 12 puntos, según se hayan resuelto más de 165 procedimientos, de 155 o de 145, respectivamente. AJ: con una cuantía equivalente a 11 puntos, 10 puntos o 9 puntos, según se hayan resuelto más de 165 procedimientos, de 155 o de 145, respectivamente

En los Juzgados de lo Mercantil: GPA/TPA: con una cuantía equivalente a 16, 14 o 12 puntos, según hayan proveído más de 60, más de 50 o más de 40 escritos y demandas fuera de su jornada habitual, respectivamente.

Os recordamos que el valor del punto este año está en 28.62 €.

Para su desarrollo en Aragón, la DGA remitió borrador de propuesta a las organizaciones sindicales el pasado viernes, para su negociación en la mesa sectorial celebrada ayer. Adjuntamos las propuestas de CC.OO. al primer borrador remitido por la Administración. El texto que aparece en ROJO son las modificaciones y propuestas enviadas por CC.OO. al mismo. Propuesta DGA Plan de Actuación, y alegaciones CCOO.

La DGA sólo ha aceptado una de las modificaciones propuestas por CC.OO. Ante lo expuesto, CC.OO. ha solicitado que se recoja como anexo a esta Mesa las propuestas de modificación al Texto sobre los Planes de Actuación de Social y Mercantil, enviadas por este Sindicato el día 20-7, las que, prácticamente, tampoco han sido atendidas por la Administración.

El único cambio introducido al Texto insertado, a propuesta de CC.OO y que resulta fundamental, pues garantiza el cobro del plan pese a que los Jueces no hagan su trabajo conforme dicho plan, es el siguiente:

Los GPA, TPA y AJ percibirán las retribuciones establecidas, aunque no se hayan resuelto efectivamente los procedimientos previstos, cuando se hubieran realizado la totalidad de las actuaciones procesales debidas para la celebración efectiva de las vistas.”

Casualmente, este párrafo se le olvido a la Directora copiarlo para el texto en su ámbito competencial.

La Directora General informó que , con relación al Plan para los 7 Juzgados de lo Social y el Juzgado de lo Social de Huesca, sólo uno de los Magistrados de Zaragoza de lo Social parece que va a aceptar la realización del Plan de actuación. Por lo que éste Plan se podrá llevar a cabo sólo con uno de los órganos judiciales. O, en su caso, repetir el Refuerzo Transversal que terminó el pasado 30-6-2020 en 4 Juzgados de lo Social, con los mismos requisitos que los trasladados para la primera Fase del Covid-19.

Respecto al Plan de Actuación para los Mercantiles, está pendiente de que lo acepten los LAJ, no entran los Jueces ni los Auxilios porque no se celebran Vistas. Por objetivos, y el Ministerio decide que continúe mes a mes.

En la Fase 2, que comenzará el próximo 1-01-2021, ya no existirán los Planes de Actuación citados anteriormente, ni se prorrogarán los mismos. En esta Fase, podrían crearse unos Juzgados Covid-19, con competencias en Mercantil y Social sobre materias derivadas de la propia crisis Sanitaria.

Luego el Plan será solo para un Juzgado de lo Social + los 2 Juzgados Mercantiles, siempre que haya compañeros voluntarios.

CC.OO. manifestó, por un lado, que aun cuando el Plan viene reglado desde Madrid con unos objetivos, una plantilla para cumplir con los mismos y una retribución como contraprestación, eso no quiere decir, que cada Comunidad Autónoma con competencias transferidas para poder cumplir con los objetivos reglados y marcados, destine más personal que el que se cita en el Plan del Ministerio (como ha interesado CC.OO. en sus propuestas insertadas). Si el Plan de Actuación, no fuere negociable no estaría incluido en Mesa de Negociación. La Directora General, no sabe, no contesta.

El Plan para un Juzgado de lo Social de Zaragoza y para los 2 Juzgados de lo Mercantil, y a pesar nuevamente de la falta de negociación de nuestra Directora General, ha sido votado a favor por CC.OO. para no perjudicar a los posibles compañeros que puedan estar interesados en el mismo. Este Plan, saldrá adelante, si en los próximos días aparecen voluntarios para participar en el mismo. 

El contenido y requisitos de los Planes, objetivos, cuantías y personal que puede interesarlo se encuentra en el documento anteriormente insertado, excluyendo del mismo las propuestas en rojo elaboradas por CC.OO., de las cuales sólo una ha sido aceptada.
Imprimir artículo