SERVICIOS MINIMOS HUELGA + ORDEN CONTROL SEGUIMIENTO + OPINION CC.OO.


16 abr 2023


NUNCA, en la Administración de Justicia en Aragón, se ha  convocado una Huelga Indefinida, hasta ahora no había sido necesario.  Pero Compañeros es que también, NUNCA, se había producido una situación como la que nos encontramos actualmente,  pues la AGRESIÓN A NUESTRAS ACTUALES CONDICIONES LABORALES, sumado a nuestra propia DIGNIDAD por el tema de los LAJs, es inaceptable. Muy resumidamente:

 

             1º) ECONÓMICAS.  No es preciso volver a citarlas, las conocemos todos.  Estamos en el mismo barco, todos en la misma dirección. Cuando el patrón del mismo realiza una subida, debe realizar el incremento a toda la  tripulación del barco, de forma proporcional a su rango. No sólo a una parte de los integrantes del barco,  pues sino el patrón, se arriesga a un claro amotinamiento del resto de la tripulación.


             2º) La L.O. EFICIENCIA PROCESAL.. que modifica la actual LOPJ

       Como sabéis, se encuentra en el Congreso SIN NEGOCIAR, y nos modifica, a peor, y sustancialmente nuestro marco jurídico y nuestros Derechos, de tal forma que:

            *Reduce Drásticamente nuestro Derecho a la Movilidad Voluntaria a través de los Concursos de Traslados, Ejemplo: Reduce en el Municipio de Zaragoza de 82 Centros de Destino orgánicos actuales a sólo 8 Centros de Destino. El ejemplo sirve para cualquier otra capital.

          *Nos impone la Movilidad Funcional Forzosa dentro del mismo Centro de Destino. Podremos ser removidos de nuestra Mesa y del Trabajo que estemos desempeñando simplemente con un informe motivado del LAJ responsable del Centro de Destino, ejemplo: cambiándonos de penal a civil; de contencioso a mercantil,  de menores a violencia, etc, y sin compensación alguna por esa disponibilidad absoluta. 

            * Cada vez tendremos + carga de trabajo en los Macro-Destinos, donde estaremos la mayor parte de la plantilla (Utram del Tribunal de Instancia o Servicio Común de Ejecución) Ejemplos:

           .-Cuando se produzca un pico de trabajo en cualquier área, no nombraran refuerzos, redistribuirán a los titulares del destino orgánico mediante informe motivado del LAJ. Menos Interinos

            .- Cuando se produzca una ausencia de un titular, I.L.T., o no la cubrirán o tardarán muchísimo tiempo, redistribuyendo su trabajo entre el resto de funcionarios del mismo área funcional. Menos Interinos.

            .- Cuando sea preciso nombrar un Magistrado o un Juez, esto no conllevará, como hasta ahora, el nombramiento  ni de un solo efectivo de personal al Servicio de la Administración de Justicia. El incremento de entrada de asuntos y el trabajo que genere el nuevo Magistrado a repartir entre los que corresponda. Mas trabajo a repartir

           * Se crearan mas de 50 servicios, al menos 1 por provincia (de Mediación, aunque no quieren llamarlo así, pues esta es extrajudicial) para la Resolución de Conflictos y Controversias, con la misma plantilla actual, sin ampliación alguna.  Ademas, en la Ley de Eficiencia Procesal..., que también esta en el Congreso, que es donde aparecen y se crean estos servicios, se regula que sera preciso acudir a estos servicios como requisito previo para poder interponer una demanda del orden civil o mercantil. Por lo que la Ciudadanía tampoco va a salir beneficiada, + tiempo y + dinero.

               * Se crea el puesto de trabajo COMPATIBLE que:

               A) Obligara a trabajar para  2 Centros de Destino orgánicos Distintos, sin compensación alguna. Ejemplo: compañeros destinados en las Agrupaciones de Paz actuales (futuras Oficinas de Justicia Municipal) si la RPT lo preve,  declararan su puesto compatible con la respectiva UTRAM del partido Judicial que corresponda o con un Servició Común Procesal, teniendo desde ese momento los compañeros un superior funcional que será el LAJ respectivo. Sin retribución adicional. Hay que exprimir a los limones

               B) Y peor aún, habrá compañeros, que si la RPT lo preve formaran parte de forma nominativa de 2 RPTs distintas, sin retribución adicional. Ejemplo quieren que el compañero que se encuentre por Ejemplo en la RPT del Registro Civil de Ejea, sea compatible para trabajar, y por tanto este también en la RPT de la UTRAM del futuro Tribunal de Instancia de Ejea y a estos últimos de forma reciproca que también puedan trabajar en la RPT  distinta del Registro Civil citado.  Ya no saben que inventar para NO incrementar plantillas y no pagar retribución adicional alguna.         

  

           * Se crea el puesto de trabajo DESLOCALIZADO, que permitirá trabajar  presencial o telematicamente al funcionario desde cualquier lugar que tenga acceso a su destino orgánico o no orgánico. Sin retribución adicional.

          * Se pretende reducir el numero de efectivos de los Cuerpos Generales que sean llamados, especialmente a las Guardias de 24 o 48 horas.  "se habla de un 40% de reducción de llamamientos"

          * Si no da tiempo a negociar las RPTs, implementan el modelo organizativo y las RPTs sin negociar, todos a puestos genéricos.

               * Hay más , no seguimos........

 


    Os adjuntamos los Servicios Mínimos publicados en el BOA que han podido negociarse con el Gobierno Aragonés el pasado día 11-4-2023.

BOA SERVICIOS MÍNIMOS HUELGA JUSTICIA ARAGÓN

 

 

También os adjuntamos la  

 

INSTRUCCIÓN D.G.Justicia Control y Seguimiento Huelga

 

A la vista de esta última Instrucción, que no ha sido negociada, (que no ha podido ser leída hasta después de que se colgó en la WEB sobre las 14:00 horas del pasado viernes) porque la Administración no tiene obligación,  ni se ha enviado Borrador con carácter previo por si teníamos que decir algo. CC.OO. entiende que el doble control que se quiere ejercer para saber quien ejerce su derecho legitimo a la Huelga raya la ilegalidad.

La comunicación del respectivo responsable funcional diaria antes de las 11:30 de cada día a  remitir por email a la Administración es la que dará lugar al Descuento oportuno y al seguimiento y control efectivo  por parte de la Administración respecto de quien esta realizando la Huelga.

Esto no es una ausencia legal del puesto de trabajo,  que marchas fichas y justificas el motivo de la ausencia, Esto es un paro laboral de 3 horas, de 10:00 a 13:00 horas, como consecuencia de haberse convocado una HUELGA LEGITIMA publicada en tiempo y forma en los respectivos Boletines Oficiales.  

CC.OO. Entiende, que el trabajador:

                  no tiene porque abandonar el puesto de trabajo, ni mucho menos el centro de trabajo, solo tiene que COMUNICAR al responsable funcional que cesa en su actividad laboral ejerciendo su derecho de Huelga de 10:00 a 13:00 horas. Puede apagar el Ordenador, o no, puede quedarse o no, puede irse a la máquina de café o no y salir del Centro de Trabajo tantas veces como le de la gana  o NO, durante la franja de 3 horas  y que no cobrará por las mismas. Eso si tendrá que estar sentado en su puesto a las 13:00 horas, o justificar el motivo por el cual no ha podido retornar al mismo.

El trabajador que secunde la Huelga, como el que ejerza su derecho legítimo al Trabajo, tiene, según la normativa vigente actual,  que fichar una vez cuando entre,  y otra vez cuando salga, y las que resulte como consecuencia de alguna ausencia que tenga que justificar, pero NO TIENE QUE FICHAR porque este ejerciendo su derecho legitimo a la Huelga ni a las 10:00 ni a las 13: 00 horas.

Los motivos por los cuales la Administración ha introducido este doble control,  que consideramos ilegal, son otros distintos a los del control del seguimiento de la Huelga. (y que no vamos a describir en este post) 

Pero añadimos que, Las huelgas y hasta los piquetes informativos (ojo, piquetes pacíficos, informativos, sin el menor atisbo de coacción ni amenaza) están amparados por la Constitución española en su artículo 28 y la regulación que hay sobre ellos en el Código Penal debe garantizarlos y en Derecho Penal dice que no se puede prohibir aquellos derechos que estén garantizados constitucionalmente, el derecho a la libertad sindical y a la libertad de huelga son derechos constitucionales.

CC.OO. invita a los compañeros, a que si no quieren, que no salgan. Que si no quieren que no fichen ni a las 10 ni a las 13 horas.  Nada,  puede ocurrir, mas allá del descuento en la nómina, que no es poco.

Se dará traslado al Servicio Jurídico de CC.OO. para el estudio del posible recurso de la Instrucción de la D.G. que impone el doble control del paro citado.

CC.OO. convocará, a partir de la Manifestación en Madrid,  Reunión Informativa tantas veces como sea necesrio y mientras dure la Huelga, para conocer, las posibles incidencias que se estén produciendo.

 
NOS JUGAMOS MUCHO. 
Si su reforma sale, la vamos a sufrir durante muchos años.
 

ES EL MOMENTO DE HACERNOS OÍR.

 

COMIENZA la HUELGA INDEFINIDA EL 17-4-2023

Aquellos compañeros que  queráis acudir a la Manifestación en Madrid del día 19-4-2023, poneros en contacto al email ccoojusticia@aragon.es, para planificar la salida en Autobús "ultimas plazas"

 

NO VALE NI HABLAR, NI QUEJARSE

TAMPOCO SIRVE ESGRIMIR TRISTES EXCUSAS PARA NO SECUNDAR LA HUELGA.

EN NUESTRAS MANOS ESTA.

EL QUE ALGO QUIERE ALGO LE CUESTA 

(A los LAJs nada les han regalado)

 

Como sabéis el lema de CC.OO.-JUSTICIA, aquí en Aragón es

"SI PELEAS PUEDES PERDER, pero SI NO LO HACES, YA HAS PERDIDO"

Si realmente somos adultos e inteligentes, solo deberíamos llegar a una conclusión,
 

Y la Conclusión debería ser única:

¡A LA HUELGA! 

¡COMENZAMOS el PRÓXIMO 17-4-2023!
 
 

Seguiremos Informando,

Saludos,

ccoojusticia@aragon.es


Imprimir artículo